Estoy en: Foro > Material Jurídico > Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

Aportes?


Hola !!!!necesito una orientacion , si me pueden ayudar, les agradeceria mucho ..Resulta que mi mamá comenzo a trabajar a partir del año 1981 ,en ese momento tenia 18 años ,hasta el dia de hoy que tiene 44 años , lleva 26 años aportados .

Ella dentro de 4 años tendra los 30 años de aportes , pero no va a tener la edad , ya que tendra 48 años .¿que se hace en estos casos? sigue trabajando hasta tener 60 años?o no .

Por otro lado , hasta el años 2003 ,ella estaba en el regimen de reparto (estado).y luego se paso a una afjp,hace 5 años que esta ahi .Ahora con esta nueva legislacion, me gustaria saber si a ella le conviene pasarme al sistema de reparto(estado) o quedarse donde esta , es decir en la afjp.

les agradeceria si me pudieran contestar estas 2 dudas que tenemos , muchas gracias!!!!!!!!!

claudiamorales20 Sin Definir Universidad

Respuestas
Sin Definir Universidad
Creado: 01/04/07
Claudia, te comento que tu mamá va a tener que esperar la edad exigida por ley para poder jubilarse, pese a tener más años de servicios que los requeridos.
En cuanto a la FJP, te paso a decir que eso tiene que ver con la remuneración de tu mamá. Cada caso es particular. En principio a quienes tienes remuneraciones bajas les conviene el sistema de reparto, y a quienes tienes altos aportes las afjp.
Quizás alguien que sepa más del tema te pueda aconsejar mejor.
Hasta aquí es hasta donde te puedo ayudar.
También te recomiendo que entres en la página de la anses que está todo muy bien explicado.
Saludos

Sin Definir Universidad
Mariano Cursando Materias Creado: 01/04/07
Miren tengo entendido que lo requisitos para jubilarse son en la mujer 60 o 30 años de aporte y en el hombre 65 o 30 años de aporte, en caso de que falten años de aporte cuando ya cumplimos la edad minima, el Estado se hara cargo de cobrarle todos los meses al beneficiario una parte de lo que cobre como compensacion de los aportes que tendria que haber hecho la persona y no realizo.... espero haber sido claro! saludos!

UNLP
Nicolas-UCR Usuario VIP Creado: 01/04/07
Lancelot tiene razón en lo que está diciendo, va a tener qeu esperar hasta tener la edad requerida para jubilarse, sin importar la cantidad de años aportados. Igualmente es recomendable ver la cantidad que aporta mensualmente, ya que si es un buen aporte le va convenir quedarse en la AFJP.

saludos

Nicolás, Suárez Colman


http://www.diariopolitica.com

Sin Definir Universidad
claudiamorales20 Ingresante Creado: 08/04/07
Empezado por Nicolas-UCR

"Lancelot tiene razón en lo que está diciendo, va a tener qeu esperar hasta tener la edad requerida para jubilarse, sin importar la cantidad de años aportados. Igualmente es recomendable ver la cantidad que aporta mensualmente, ya que si es un buen aporte le va convenir quedarse en la AFJP.

saludos
"

+Ver post citado
NICOLAS: pero solo hace 5 años que esta en la afjp , la mayor parte pertenecio al estado , le conviene igual quedarse en la afjp?

UNLP
Nicolas-UCR Usuario VIP Creado: 08/04/07
Es que en este caso lo importante es el monto del aporte, que a posteriori te va a establecer el monto de la jubilación, es decir que como dice Lancelot a mayor aporte es conveniente la AFJP y a menor aporte conviene el sitema de reparto del Estado.
En fin lo que estamos tratando de hacer con el resto de los usuarios de planeta ius es ofrecerte los caminos a seguir, ya que la decisión la sigue tomando esta persona.

saludos.

Nicolás, Suárez Colman


http://www.diariopolitica.com

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a Aportes?