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Administración Federal de Ingresos Públicos




Administración Federal de Ingresos Públicos

IMPUESTOS

Resolución General 1607

Impuestos varios. Resolución General N° 58 y sus modificaciones. Agenda de días de vencimientos para el año 2004.

Bs. As., 2/12/2003

VISTO la Resolución General N° 58 y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la citada norma, se fijaron las fechas de vencimiento general respecto de determinadas obligaciones, en función de las terminaciones de la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).

Que se estima conveniente precisar las fechas de vencimientos previstas para el año calendario 2004.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación, de Programas y Normas de Recaudación, de Asesoría Legal y Técnica y de Gestión de Recaudación de los Recursos de la Seguridad Social.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618, de fecha 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:

Artículo 1° — Establécense para el año calendario 2004, las fechas de vencimiento general que, para cada una de las resoluciones generales que se indican seguidamente, se fijan en el Anexo de la presente:

a) Resolución General N° 3610 (DGI) y sus modificaciones, artículo 1°.

b) Resolución General N° 3834 (DGI), texto sustituido por la Resolución General N° 712, sus modificatorias y complementarias, artículo 15.

c) Resolución General N° 3847 (DGI), sus modificatorias y complementarias, artículo 9°.

d) Resolución General N° 4120 (DGI), sus modificatorias y complementarias, artículo 4°.

e) Resolución General N° 309, artículo 1°.

f) Resolución General N° 327, su modificatoria y complementarias, artículo 23.

g) Resolución General N° 597, artículo 8°.

h) Resolución General N° 619, sus modificatorias y complementarias, artículos 7°, 8° y 9°.

i) Resolución General N° 715 y sus complementarias, artículo 7°.

j) Resolución General N° 725, sus modificatorias y complementarias, artículo 7°.

k) Resolución General N° 738, sus modificatorias y complementarias, artículo 2°.

l) Resolución General N° 808 y sus complementarias, artículos 7° y 12.

m) Resolución General N° 841, artículo 8°.

n) Resolución General N° 975 y sus complementarias, artículo 7°.

ñ) Resolución General N° 992, sus modificatorias y complementarias, artículo 6°.

o) Resolución General N° 997 y su complementaria, artículo 7°.

p) Resolución General N° 1135, sus modificatorias y complementarias, artículo 11.

q) Resolución General N° 1497 y sus complementarias, artículo 5°.

Art. 2° — Apruébase el Anexo que forma parte de esta resolución general.

Art. 3° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto R. Abad.

ANEXO RESOLUCION GENERAL N° 1607

A - PRESENTACION DE LA DECLARACION JURADA Y PAGO DEL SALDO RESULTANTE

I - IMPUESTO A LAS GANANCIAS

a) Sociedades, empresas o explotaciones unipersonales que confeccionen balances comerciales. Resolución General N° 992, artículo 6°.

1. ENERO, FEBRERO, MARZO, ABRIL, JUNIO, JULIO, AGOSTO, SETIEMBRE, OCTUBRE Y DICIEMBRE/2004.









TERMINACION
C.U.I.T.

FECHA DE
VENCIMIENTO

0 ó 1
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

Hasta el día 6, inclusive
Hasta el día 7, inclusive
Hasta el día 8, inclusive
Hasta el día 9, inclusive
Hasta el día 10, inclusive




2. MAYO/2004









TERMINACION
C.U.I.T.

FECHA DE
VENCIMIENTO

0 ó 1
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

Hasta el día 10, inclusive
Hasta el día 11, inclusive
Hasta el día 12, inclusive
Hasta el día 13, inclusive
Hasta el día 14, inclusive




3. NOVIEMBRE/2004









TERMINACION
C.U.I.T.

FECHA DE
VENCIMIENTO

0 ó 1
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

Hasta el día 8, inclusive
Hasta el día 9, inclusive
Hasta el día 10, inclusive
Hasta el día 11, inclusive
Hasta el día 12, inclusive




b) Personas físicas y sucesiones indivisas. Resolución General N° 975, artículo 7°. (*)
1. ABRIL/2004









TERMINACION
C.U.I.T.

FECHA DE
VENCIMIENTO

0 ó 1
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

Hasta el día 19, inclusive
Hasta el día 20, inclusive
Hasta el día 21, inclusive
Hasta el día 22, inclusive
Hasta el día 23, inclusive




2. MAYO/2004









TERMINACION
C.U.I.T.

FECHA DE
VENCIMIENTO

0 ó 1
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

Hasta el día 17, inclusive
Hasta el día 18, inclusive
Hasta el día 19, inclusive
Hasta el día 20, inclusive
Hasta el día 21, inclusive




(*) El ingreso del saldo resultante deberá realizarse hasta el día hábil inmediato siguiente, inclusive, al de cada una de las fechas de vencimiento general que corresponda.

II - IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES

a) Responsables domiciliados en el país. Resolución General N° 808, artículo 7°. (*)

b) Responsables sustitutos y por deuda ajena. Resolución General N° 808, artículo 12. (*)

1. ABRIL/2004









TERMINACION
C.U.I.T.

FECHA DE
VENCIMIENTO

0 ó 1
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

Hasta el día 19, inclusive
Hasta el día 20, inclusive
Hasta el día 21, inclusive
Hasta el día 22, inclusive
Hasta el día 23, inclusive




2. MAYO/2004









TERMINACION
C.U.I.T.

FECHA DE
VENCIMIENTO

0 ó 1
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

Hasta el día 17, inclusive
Hasta el día 18, inclusive
Hasta el día 19, inclusive
Hasta el día 20, inclusive
Hasta el día 21, inclusive




c) Responsables comprendidos en la Resolución General N° 1497, artículo 5°. Acciones y participaciones societarias. (*)

MAYO/2004









TERMINACION
C.U.I.T.

FECHA DE
VENCIMIENTO

0 ó 1
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

Hasta el día 10, inclusive
Hasta el día 11, inclusive
Hasta el día 12, inclusive
Hasta el día 13, inclusive
Hasta el día 14, inclusive




(*) El ingreso del saldo resultante deberá realizarse hasta el día hábil inmediato siguiente, inclusive, al de cada una de las fechas de vencimiento general que corresponda.

III - GANANCIA MINIMA PRESUNTA. Resolución General N° 997, artículo 7°.

a) Sujetos de los incisos a) y b) del artículo 7°. (*)

MAYO/2004









TERMINACION
C.U.I.T.

FECHA DE
VENCIMIENTO

0 ó 1
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

Hasta el día 10, inclusive
Hasta el día 11, inclusive
Hasta el día 12, inclusive
Hasta el día 13, inclusive
Hasta el día 14, inclusive




b) Sujetos del inciso b) del artículo 7°. (*)

1. ENERO, FEBRERO, MARZO, ABRIL, JUNIO, JULIO, AGOSTO, SETIEMBRE, OCTUBRE Y DICIEMBRE/2004









TERMINACION
C.U.I.T.

FECHA DE
VENCIMIENTO

0 ó 1
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

Hasta el día 6, inclusive
Hasta el día 7, inclusive
Hasta el día 8, inclusive
Hasta el día 9, inclusive
Hasta el día 10, inclusive




2. NOVIEMBRE/2004









TERMINACION
C.U.I.T.

FECHA DE
VENCIMIENTO

0 ó 1
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

Hasta el día 8, inclusive
Hasta el día 9, inclusive
Hasta el día 10, inclusive
Hasta el día 11, inclusive
Hasta el día 12, inclusive




(*) El ingreso del saldo resultante deberá realizarse hasta el día hábil inmediato siguiente, inclusive, al de cada una de las fechas de vencimiento general que corresponda.

IV - FONDO PARA EDUCACION Y PROMOCION COOPERATIVA. Resolución General N° 3610 (DGI), artículo 1°.

ENERO A DICIEMBRE/2004









TERMINACION
C.U.I.T.

FECHA DE
VENCIMIENTO

0 ó 1
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

Hasta el día 10, inclusive
Hasta el día 11, inclusive
Hasta el día 12, inclusive
Hasta el día 13, inclusive
Hasta el día 14, inclusive




V - IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. Resoluciones Generales N° 715, artículo 7° y N° 597, artículo 8°.

1. ENERO A NOVIEMBRE/2004









TERMINACION
C.U.I.T.

FECHA DE
VENCIMIENTO

0 ó 1
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

Hasta el día 18, inclusive
Hasta el día 19, inclusive
Hasta el día 20, inclusive
Hasta el día 21, inclusive
Hasta el día 22, inclusive




2. DICIEMBRE/2004









TERMINACION
C.U.I.T.

FECHA DE
VENCIMIENTO

0 ó 1
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

Hasta el día 15, inclusive
Hasta el día 16, inclusive
Hasta el día 17, inclusive
Hasta el día 20, inclusive
Hasta el día 21, inclusive




VI - IMPUESTOS INTERNOS. Resolución General N° 725, artículo 7°.

1. ENERO, FEBRERO, ABRIL, MAYO, JUNIO, JULIO, AGOSTO, SETIEMBRE, OCTUBRE Y NOVIEMBRE/2004









TERMINACION
C.U.I.T.

FECHA DE
VENCIMIENTO

0 ó 1
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

Hasta el día 18, inclusive
Hasta el día 19, inclusive
Hasta el día 20, inclusive
Hasta el día 21, inclusive
Hasta el día 22, inclusive




2. MARZO/2004









TERMINACION
C.U.I.T.

FECHA DE
VENCIMIENTO

0 ó 1
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

Hasta el día 15, inclusive
Hasta el día 16, inclusive
Hasta el día 17, inclusive
Hasta el día 18, inclusive
Hasta el día 19, inclusive




3. DICIEMBRE/2004









TERMINACION
C.U.I.T.

FECHA DE
VENCIMIENTO

0 ó 1
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

Hasta el día 15, inclusive
Hasta el día 16, inclusive
Hasta el día 17, inclusive
Hasta el día 20, inclusive
Hasta el día 21, inclusive




VII - IMPUESTO SOBRE CREDITOS Y DEBITOS EN CUENTAS BANCARIAS Y OTRAS OPERATORIAS. Resolución General N° 1135, artículo 11.

1. ENERO Y MARZO A DICIEMBRE/2004









TERMINACION
C.U.I.T.

FECHA DE
VENCIMIENTO

0 ó 1
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

Hasta el día 26, inclusive
Hasta el día 27, inclusive
Hasta el día 28, inclusive
Hasta el día 29, inclusive
Hasta el día 30, inclusive




2. FEBRERO/2004









TERMINACION
C.U.I.T.

FECHA DE
VENCIMIENTO

0 ó 1
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

Hasta el día 23, inclusive
Hasta el día 24, inclusive
Hasta el día 25, inclusive
Hasta el día 26, inclusive
Hasta el día 27, inclusive




VIII - REGIMENES NACIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE OBRAS SOCIALES. CUOTAS CON DESTINO A LAS ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO. APORTES Y CONTRIBUCIONES RESPECTO DE DETERMINADAS PRESTACIONES DINERARIAS

a) Empleadores. Resolución General N° 3834 (DGI), texto sustituido por la Resolución General N° 712, artículo 15.

ENERO A DICIEMBRE/2004









TERMINACION
C.U.I.T.

FECHA DE
VENCIMIENTO

0 ó 1
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

Hasta el día 7, inclusive
Hasta el día 8, inclusive
Hasta el día 9, inclusive
Hasta el día 10, inclusive
Hasta el día 11, inclusive




b) Servicio doméstico - Dadores de Trabajo. Resolución General N° 841, artículo 8°, inciso a).

ENERO A DICIEMBRE/2004









TERMINACION
C.U.I.T.

FECHA DE
VENCIMIENTO

0 ó 1
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

Hasta el día 10, inclusive




c) Empleados del servicio doméstico. Aportes voluntarios. Resolución General N° 841, artículo 8°, inciso b).

ENERO A DICIEMBRE/2004









TERMINACION
C.U.I.T.

FECHA DE
VENCIMIENTO

0 ó 1
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

Hasta el día 15, inclusive




d) Trabajadores autónomos. Resolución General N° 3847 (DGI), artículo 9°.

ENERO A DICIEMBRE/2004









TERMINACION
C.U.I.T.

FECHA DE
VENCIMIENTO

0 ó 1
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

Hasta el día 3, inclusive
Hasta el día 4, inclusive
Hasta el día 5, inclusive
Hasta el día 6, inclusive
Hasta el día 7, inclusive




(*) Las citadas fechas deben ser también consideradas por los beneficiarios de prestaciones previsionales que ingresen, reingresen o continúen en actividad en calidad de trabajadores autónomos (Resolución General N° 3855 (DGI), artículo 4°).

B - ANTICIPOS

IMPUESTOS A LAS GANANCIAS, A LA GANANCIA MINIMA PRESUNTA, SOBRE LOS BIENES PERSONALES Y FONDO PARA EDUCACION Y PROMOCION COOPERATIVA. Resolución General N° 327, artículo 23.

ENERO A DICIEMBRE/2004









TERMINACION
C.U.I.T.

FECHA DE
VENCIMIENTO

0, 1, 2 ó 3
4, 5 ó 6
7, 8 ó 9

Hasta el día 13, inclusive
Hasta el día 14, inclusive
Hasta el día 15, inclusive




C - RETENCIONES Y/O PERCEPCIONES. SITRIB - SICORE

IMPUESTOS A LAS GANANCIAS, AL VALOR AGREGADO, A LA TRANSFERENCIA DE INMUEBLES DE PERSONAS FISICAS Y SUCESIONES INDIVISAS Y A LOS PREMIOS DE DETERMINADOS JUEGOS DE SORTEO Y CONCURSOS DEPORTIVOS

a) Ingreso de las retenciones practicadas desde el día 1 al 15, ambos inclusive. Resolución General N° 738, artículo 2°, inciso a).

ENERO A DICIEMBRE/2004









TERMINACION
C.U.I.T.

FECHA DE
VENCIMIENTO

0, 1, 2 ó 3
4, 5 ó 6
7, 8 ó 9

Hasta el día 21, inclusive
Hasta el día 22, inclusive
Hasta el día 23, inclusive




b) Información e ingreso del monto de las retenciones y/o percepciones practicadas. Resolución General N° 738, artículo 2°, inciso b).

ENERO A DICIEMBRE/2004









TERMINACION
C.U.I.T.

FECHA DE
VENCIMIENTO

0, 1, 2 ó 3
4, 5 ó 6
7, 8 ó 9

Hasta el día 10, inclusive
Hasta el día 11, inclusive
Hasta el día 12, inclusive




D - REGIMENES DE INFORMACION

a) Resolución General N° 4120 (DGI), artículo 4°.

JULIO/2004









TERMINACION
C.U.I.T.

FECHA DE
VENCIMIENTO

0 ó 1
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

Hasta el día 26, inclusive
Hasta el día 27, inclusive
Hasta el día 28, inclusive
Hasta el día 29, inclusive
Hasta el día 30, inclusive




E - REGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES (Monotributo).

a) Resolución General N° 619, artículos 7°, 8° y 9°, inciso a).

ENERO A DICIEMBRE/2004









TERMINACION
C.U.I.T.

FECHA DE
VENCIMIENTO

0 ó 1
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

Hasta el día 20, inclusive




b) Resolución General N° 619, artículo 9°, inciso b).

ENERO A DICIEMBRE/2004









TERMINACION
C.U.I.T.

FECHA DE
VENCIMIENTO

0 ó 1
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

Hasta el día 7, inclusive
Hasta el día 8, inclusive
Hasta el día 9, inclusive
Hasta el día 10, inclusive
Hasta el día 11, inclusive




c) Resolución General N° 309, artículo 1°.

ABRIL/2004









TERMINACION
C.U.I.T.

FECHA DE
VENCIMIENTO

0 ó 1
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

Hasta el día 19, inclusive
Hasta el día 20, inclusive
Hasta el día 21, inclusive
Hasta el día 22, inclusive
Hasta el día 23, inclusive



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