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acuerdos transaccionales sobre regalias


Estimados:

queria consultar sobre lo siguiente. Suponiendo que la provincia "x" realiza con la empresa "y" un contrato para extraer petroleo de un area determinada por lo que la empresa debe pagar un porcentaje de regalias establecidas por ley provincial, las que debe recaudar la provincia "x". Ahora bien, ante la falta de pago, se genera una deuda y la empresa y la provincia quieren llegar a un acuerdo. La pregunta es: Puede el Poder ejecutivo (encargado de recaudar la renta por dichas regalias) realizar un acuerdo transaccional para llegar a un arreglo por la deuda? es competente para realizarlo? O necesita de la aprobacion de la legislatura? porque tengamos en cuenta que el porcentaje es fijado por ley.

muchas gracias!

lptomas Sin Definir Universidad

Respuestas
UNC
RAB Usuario VIP Creado: 11/09/08
Habria que ver la Constitución provincial de la provincia "X".
Por otro lado no conozco de transacciones hechas por el estado, el politico que las hagan sin el visto bueno de la legislatura, se puede hacer acreedor de un juicio politico y/o penal por ese motivo.
Recuerdo que en clases de tributario se hablo del caso de compensaciones de AFIP, osea de no compensaciones en realidad, porque los saldos a favor nunca te los compensan si no son por la misma causa (y ni eso a veces) , no es lo mismo que preguntas pero la logica de como trabaja el Estado es la misma.
El que tenga otro dato que lo aporte, porque es un tema interesante.
Saludos

Estamos como estamos porque somos como somos

Universidad Catolica Argentina
Jandi Cursando Ingreso Creado: 10/12/08
En mi experiencia, se negocia con el Poder Ejecutivo, pero vas a necesitar la homologación de la legislatura.

Distinto es el tema si lo que se discute no es el % de la regalía, sino la base de cálculo, que es lo que más se discute (por el WTI y el tipo de cambio de barril en el 2001), fijate que no sea eso.

Universidad Catolica Argentina
Jandi Cursando Ingreso Creado: 10/12/08
´Completo: La ley de hidrocarburos fija un minimo y maximo de regalias (5-12 %). Las provincias, en principio, respetan las concesiones otorgadas bajo el marco de esta ley. (recordar que despues de la ley corta, las provincias tienen la juridisccion). Pero lo que se da ultimamente, es que a traves de acuerdo con los gobiernos provinciales se fijan canones extraordinarios de un 2 o 3% que no son mas que aumentos encubiertos de regalias.

En lo técnico, la provincia puede fijarte la regalía diciendo que después de la ley corto tienen la facultad para hacer. En caso que la provincia pueda, deberá hacerlo conforme la consitución de la provincia (depende quien tiene la facultad para regular los tributos).

Si adoptas una postura mas "nacionalista" vas a decir que las provincias no pueden cambiar lo establecido en una ley nacional por el congreso. En este caso, vas a "safarle" a la ley, impuniendo un canon extraordinario encubriendo el aumento de regalias.


Saludos!!

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