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vía administrativa o amparo con medida de innovar?


como les va, les cuento tengo una cliente cuyo problema es que se anoto a hacer la residencia de psicología pero su facultad le tardo mas de lo que pensaba con la expedición de su titulo y (pese a que el mismo esta en tramite y posee el certificado de titulo en tramite pertinente) las autoridades de la residencia le exigen presentar el titulo en estos días y por ende están a punto de perder 4 años de trabajo solo por no tener a tiempo el titulo

hay manera de judicial o administrativamente cambiar esto?

la vía seria plantear un amparo junto con una medida cautelar de innovar?

o quizás una medida cautelar anticipada?

o el tema encuentra resolución dentro del derecho administrativo? del cual no tengo mucho conocimiento.
Diganme si me equivoco pero la expedición del titulo es un acto administrativo o no?

Y de lo que estoy en duda es sobre reclamar a la facultad por la tardanza en la expedición del titulo (cosa que me parece poco viable)

o reclamar ante la residencia a fin de que dejen de lado el formalismo de exigir el titulo en tal fecha estando el titulo en tramite y a punto de salir

Bueno, esa es mi duda

desde ya gracias! estoy abierto a cualquier corrección o consejo

mariosantos59 Sin Definir Universidad

Respuestas
UNMDP
BJL Súper Moderador Creado: 23/05/10
Me parece que lo primero sería plantear un pronto despacho en sede administrativa (si es que los plazos pertinentes estan vencidos); supongo que ante la urgencia manifiesta tambien seria viable el amparo.

UNLP
francomalizia Usuario VIP Creado: 25/05/10
La expedicion del titulo efectivamente es materia administrativa.
El titulo es un acto administrativo de alcance particular, y la no expedicion en tiempo razonable es falta grave al debido procedimiento administrativo (articulo 15 de constitucion de provincia).

Por el lado del titulo, planetaria el pronto despacho con jerarquico en subsidio ante la universidad.
Esto en cuanto a lo que se puede hacer desde el lado administrativo.

Ahora existiendo un grave peligro inminente en lo que respecta a la residencia, plantearia tambien por la via judicial el amparo (ordinario, no el amparo por mora) y la medida de no innovar.

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