Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

Subsecretaría de la Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros




Subsecretaría de la Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros
SISTEMAS DE INFORMACION
Resolución 92/2000
Apruébanse los ETAP, Estándares Tecnológicos para la Administración Pública Nacional, Versión Invierno 2000 (V 5.01), en materia informática y de comunicaciones asociadas.
Bs. As. 7/7/2000
VISTO los Decretos Nros. 856 del 22 de julio de 1998, 20 del 13 de diciembre de 1999, la Resolución Nº 17 del 22 de marzo de 1999 de la Secretaría de la Función Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 1º de Resolución Nº 17/99 de la Secretaría de la Función Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros estableció para la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, los Estándares Tecnológicos "ETAP 4" - Versión febrero de 1999, en materia de informática y comunicaciones asociadas, detallados en su Anexo l, los cuales reemplazaban a los establecidos por Resolución Nº 181/97 de la Secretaría de la Función Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Que dichos Estándares deben ser objeto de revisión periódica, de modo de garantizar que sus contenidos reflejen los últimos adelantos en la materia.
Que conforme a la normativa de aplicación, en particular los Decretos Nros. 856/98 y 20/99 compete a esta Subsecretaría dictar las normas reglamentarias en este punto, de modo de mantener permanentemente actualizada la información en cuanto a la tecnología disponible.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE LA GESTION PUBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
Artículo 1º — Apruénbase los ETAP, Estándares Tecnológicos para la Administración Pública Nacional, Versión Invierno 2000 (V 5.01), en materia informática y de comunicaciones asociadas que se detallan en el Anexo I y forman parte de la presente, los cuales reemplazan a los establecidos por la Resolución Nº 17/99 de la Secretaría de la Función Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Art. 2º — Los Estándares a que se refiere el artículo anterior serán de aplicación en toda la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, empresas de propiedad del Estado o en las que éste tenga mayoría accionaria, bancos oficiales, Fuerzas Armadas y de Seguridad, con la única salvedad de los organismos comprendidos en el Sistema Científico Nacional.
Art. 3º — A partir de la entrada en vigencia de la presente, los organismos comprendidos en su ámbito de aplicación deberán dar cumplimiento a las especificaciones técnicas que establecen los Estándares Tecnológicos aprobados en el artículo 1º, para todas las compras y contrataciones de carácter informático y de comunicaciones asociadas que se propongan celebrar debiendo, para ello, identificar cada uno de los referidos bienes exclusivamente con el código correspondiente definido por el ETAP.
Art. 4º — La Subsecretaría de la Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros, supervisará y fiscalizará el cumplimiento de la presente Resolución.
Art. 5º — Esta Resolución entrará en vigencia en forma inmediata a su publicación.
Art. 6º — Déjase sin efecto la Resolución Nº 17/99 de la Secretaría de la Función Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Art. 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.— Leandro I. Popik.
NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Capital Federal), o en la Subsecretaría de la Gestión Pública (Diagonal Presidente Roque Sáenz Peña Nº 511, Oficina 505, Capital Federal).
(Nota Infoleg: las modificaciones al Anexo que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")

Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a Subsecretaría de la Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros