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SESIONES EXTRAORDINARIAS




SESIONES EXTRAORDINARIAS

Decreto 1200/2000

Amplíase el temario a tratar por el Honorable Congreso de la Nación.

Bs. As., 21/12/2000

En uso de las facultades que le otorgan los artículos 63 y 99 inciso 9 de la Constitución Nacional.

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1°
— Inclúyese en el temario a tratar por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, durante el actual período de Sesiones Extraordinarias, la consideración del siguiente asunto: "Proyecto de Ley de Fomento del Libro y la Lectura".

Art. 2°
— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DE LA RUA. — Chrystian G. Colombo. — Federico T. M. Storani.

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