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El Senado aprobo la regulación de las prepagas


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La Cámara de Senadores aprobó con modificaciones el proyecto que regula las empresas de medicina prepaga y remitió el texto a Diputados para que analice las modificaciones y convierta la norma en ley. La iniciativa fue votada en general por unanimidad de los 59 legisladores presentes, en tanto fueron cambiados tres artículos, por lo que la iniciativa regresa a la cámara baja.
Las modificaciones establecen que el órgano de aplicación sea el Ministerio de la Salud, en lugar de la Secretaría de Comercio; la exclusión de las mutuales y cooperativas, que ya están reguladas por otro régimen, y la eliminación del artículo 22 que inmovilizaba el 50 por ciento del capital de las empresas en concepto de "reserva técnica" para dedicarlo a instrumentos financieros.

La iniciativa fue defendida por el titular de la Comisión de Salud, José Cano, quien consideró que el proyecto es "un paso adelante" y consideró importante que el Estado regule un "servicio que tiene 4,5 millones de afiliados", al tiempo que recordó que al menos la mitad de ellos son trabajadores "provenientes de sindicatos" y destacó que la norma consagra "el derecho de los usuarios". Expusieron también la jujeña oficialista Liliana Fellner, quien alentó la aprobación del texto de Diputados y la justicialista salteña Sonia Escudero, quien pidió reformas para numerosos artículos de la legislación.
También la rionegrina María Bongiorno, el neuquino Horacio Lores y el ex gobernador Juan Carlos Romero, mientras el cordobés Luis Juez agradeció el trabajo realizado por los legisladores en las comisiones y aludió a circunstancias personales que le mostraron la importancia de lograr una regulación del sistema de las prepagas en beneficio de los usuarios.
El proyecto hace obligatorio a las empresas de medicina prepaga disponer de planes de cobertura médico-asistencial, el Programa Médico Obligatorio y el sistema con prestaciones básicas para personas con discapacidad. Establece además que los usuarios pueden rescindir los contratos en cualquier momento sin penalidad alguna en su contra y que no pueden incluir períodos de carencia o espera para las prestaciones.
Fija que la edad no puede ser tomada como criterio de rechazo de admisión, en tanto que a los mayores de 65 años con al menos diez años de antigüedad en la cobertura no se les puede aumentar el pago. El proyecto de ley había recibido media sanción de Diputados el 27 de agosto de 2008, y desde entonces el Senado nunca lo trató, por lo que si la iniciativa no se aprobaba antes del 30 de noviembre, cuando finaliza el período de deliberaciones ordinarias, hubiera perdido estado parlamentario y deberá reiniciar el debate en las dos cámaras.
El ministro de Salud, Juan Manzur, había objetado que la autoridad de aplicación de la norma sancionada por Diputados sea la Secretaría de Comercio y propuso que la administración del sistema recaiga sobre el ministerio que preside. La iniciativa fue cuestionada por la Cámara de Instituciones Médico Asistenciales (Cimara), cuyo vicepresidente, Claudio Belocopitt, advirtió que "atenta" contra el sistema de salud y "pone en riesgo" la existencia de las mismas.
En carta a los senadores, el empresario advirtió que, de aprobarse sin cambios la propuesta, se asistirá "en forma inmediata a la quiebra del sistema", que dejará sin cobertura 4.500.000 personas que hoy están en el sistema privado, porque el proyecto "impide aumentar la inversión en salud, sanatorios, tecnología, etc., y obliga a las empresa a desinvertir".

Fuente: DYN

BJL UNMDP

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