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Secretaría de Hacienda ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL Resolución 64/2003 Autorízanse inscripciones en el Registro de Entidades creado por el artículo 5° del Decreto N° 691/2000




Secretaría de Hacienda

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Resolución 64/2003

Autorízanse inscripciones en el Registro de Entidades creado por el artículo 5° del Decreto N° 691/2000.

Bs. As., 26/8/2003

VISTO el Decreto N° 691 del 11 de agosto de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado Decreto se aprobó un régimen de deducción de haberes para el cumplimiento de obligaciones de dar sumas de dinero del personal de la Administración Pública Nacional, facultando a la SECRETARIA DE HACIENDA a dictar las normas interpretativas, aclaratorias y complementarias correspondientes.

Que en función de la facultad precedentemente referida la SECRETARIA DE HACIENDA dictó la Resolución N° 353 del 15 de setiembre de 2000 reglamentando el REGISTRO DE ENTIDADES y aclarando el contenido y alcance de la documentación a presentar, con el objeto de obtener su inscripción en el mismo, por parte de las entidades comprendidas.

Que la Resolución mencionada también estableció las formalidades que deben observar las entidades que requieran obtener el código de descuento correspondiente para poder operar en el marco del régimen ordenado por el Decreto N° 691/2000.

Que las Entidades ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL DEL INSTITUTO DE ESTADISTICAS Y CENSOS Y ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, ASOCIACION MUTUAL DE BALCARCE, ASOCIACION MUTUAL DE EMPLEADOS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR, INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DEL EJERCITO (IOSE), COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO, CONSUMO, SERVICIOS ASISTENCIALES, ENSEÑANZA Y TURISMO ARMULOI LIMITADA, COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO "ABRIL" LIMITADA, COOPERATIVA DE CREDITO Y VIVIENDA MANFI LIMITADA, COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO CREDITO SOLIDARIO, OBRA SOCIAL DE PETROLEROS; han formalizado su solicitud de inscripción en el REGISTRO DE ENTIDADES requiriendo el respectivo código de descuento para poder brindar los servicios para los que se encuentran habilitadas según la documentación oportunamente acreditada.

Que se ha constatado que las entidades solicitantes han presentado los requerimientos exigidos por el Decreto N° 691/2000 y la Resolución S. H. N° 353/2000, razón por la cual corresponde incorporarlas en el REGISTRO DE ENTIDADES y otorgarles el código de descuento.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas a la SECRETARIA DE HACIENDA por el artículo 5° del Decreto N° 691/2000.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVE:

Artículo 1° — Autorizar la inscripción en el REGISTRO DE ENTIDADES creado por el artículo 5° del Decreto N° 691 del 11 de agosto de 2000, a las entidades que se indican en el Anexo I a la presente, otorgando a las mismas el código de descuento que para cada una de ellas se detalla en el Anexo mencionado.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Mosse.

ANEXO I

































DENOMINACION DE LA ENTIDAD

CODIGO DE DESCUENTO

ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL DEL INSTITUTO DE ESTADISTICAS Y CENSOS Y ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

12111
12112
12113
12114
12115

ASOCIACION MUTUAL DE BALCARCE

12121
12122
12123
12124
12125

ASOCIACION MUTUAL DE EMPLEADOS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR

12131
12132
12133
12134
12135

INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DEL EJERCITO (IOSE)

80071
80072
80074

COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO, CONSUMO, SERVICIOS ASISTENCIALES, ENSEÑANZA Y TURISMO ARMULOI LIMITADA

50902
50903
50904
50905

COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO "ABRIL" LIMITADA

50911
50912
50913
50914
50915

COOPERATIVA DE CREDITO Y VIVIENDA MANFI LIMITADA

50921
50922

COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO CREDITO SOLIDARIO

50931
50932
50933
50934

OBRA SOCIAL DE PETROLEROS

70041
70043



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