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Secretaría de Cultura INSTITUTO DE ECONOMIA CULTURAL Resolución 3337/2004 Créase el mencionado Instituto, que dependerá de la Unidad Secretario y tendrá por finalidad la formación de especialistas y/o investigadores en el área de la economía cultural




Secretaría de Cultura

INSTITUTO DE ECONOMIA CULTURAL

Resolución 3337/2004

Créase el mencionado Instituto, que dependerá de la Unidad Secretario y tendrá por finalidad la formación de especialistas y/o investigadores en el área de la economía cultural.

Bs. As., 12/10/2004

VISTO los Decretos Nº 101/85 y Nº 392/86, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario contar con un INSTITUTO DE ECONOMIA CULTURAL (IEC), en el ámbito de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que el IEC tendrá como misión la formación de especialistas y/o investigadores en el área de economía cultural.

Que, como consecuencia de ello, será de su competencia la elaboración de estudios económicos relacionados con el ámbito de la cultura; los relativos a la participación económica de la misma en las Cuentas Nacionales y a la creación, en forma conjunta con el Ministerio de Economía y Producción de la Nación, de una cuenta satélite del Producto Bruto Cultural.

Que ha tomado intervención la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 101/85 y Nº 392/86, inc. e).

Por ello,

El SECRETARIO DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:

Artículo 1º — Créase el INSTITUTO DE ECONOMIA CULTURAL de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 2º — El INSTITUTO DE ECONOMIA CULTURAL dependerá de la Unidad Secretario de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3º — El INSTITUTO DE ECONOMIA CULTURAL tendrá por finalidad la formación de especialistas y/o investigadores en el área de economía cultural; y como consecuencia de ello, la elaboración de estudios económicos relacionados con el ámbito de la cultura; los relativos a la participación económica de la misma en las Cuentas Nacionales y a la creación, en forma conjunta con el Ministerio de Economía y Producción de la Nación, de una cuenta satélite del Producto Bruto Cultural.

Art. 4º — Desígnase Presidente del INSTITUTO DE ECONOMIA CULTURAL, con carácter adhonorem, al Licenciado IGNACIO LUIS SMITH, L.E. Nº 4.534.615.

Art. 5º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Torcuato S. Di Tella.

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