Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

Secretaría de Comercio




Secretaría de Comercio

NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR

Resolución 145/2001

Otórgase a diversas mercaderías comprendidas en determinadas posiciones arancelarias, el beneficio previsto en el Artículo 1º de la Resolución Nº 19/99 ex MEYOSP y su modificatoria Nº 255/2000-ME.

Bs. As., 4/7/2001

VISTO el Expediente Nº 061-006380/2001 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 1º de la Resolución ex-MINISTERIO DE ECONOMIA y OBRAS y SERVICIOS PUBLICOS Nº 19 de fecha 20 de enero de 1999, modificado por el Artículo 1º de la Resolución MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 255 de fecha 3 de abril de 2000, estableció un Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.) del TRES POR CIENTO (3%) para las mercaderías nuevas y sin uso, no producidas en el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) que integran los universos de bienes de capital e informática y telecomunicaciones, correspondientes tanto a bienes finales como a partes, consignadas en los Anexos VI y VII, respectivamente, del Decreto Nº 998 del 28 de diciembre de 1995.

Que la Resolución MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 8 de fecha 23 de marzo de 2001, derogó la Resolución ex-MINISTERIO DE ECONOMIA y OBRAS y SERVICIOS PUBLICOS Nº 19/99 y la Resolución MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 255/2000.

Que no obstante ello, el Artículo 9º de la Resolución MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 8/2001, modificado por el Artículo 9º de la Resolución MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 27 de fecha 6 de abril de 2001, dispuso que las solicitudes registradas con anterioridad a la entrada en vigencia de la medida, realizadas en el marco de las resoluciones mencionadas en el primer Considerando, continuarán su tramitación al amparo de dicha normativa, siempre que a dichas solicitudes se les haya extendido el Comprobante de Trámite previsto en el Artículo 4º de la Resolución ex-SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA Nº 177 de fecha 14 de abril de 2000 y en la medida que este documento haya sido utilizado para el despacho a plaza de los bienes involucrados.

Que en consecuencia en los casos indicados, para la obtención del beneficio oportunamente solicitado, corresponde continuar sus tramitaciones al amparo de lo establecido en la Resolución ex MINISTERIO DE ECONOMIA y OBRAS y SERVICIOS PUBLICOS Nº 19/99, su modificatoria la Resolución MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 255/2000 y su norma reglamentaria Resolución ex-SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA Nº 177/2000.
Que por lo tanto corresponde, de acuerdo al estado de avance de las tramitaciones involucradas en la medida, aprobar mediante un acto administrativo las solicitudes que se encuentren en las condiciones enunciadas en el tercer Considerando.

Que las mercaderías que se consideran en la presente medida cuentan con los correspondientes dictámenes clasificatorios, consultas públicas sobre las modificaciones arancelarias solicitadas y las respectivas conformidades de las áreas técnicas de la ex-SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO.

Que el Artículo 10 de la Resolución ex-SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA Nº 177 de fecha 14 de abril de 2000 dispone que se procederá a comunicar a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA sobre el establecimiento de las normas que brindan el beneficio instituido por la Resolución ex-MINISTERIO DE ECONOMIA y OBRAS y SERVICIOS PUBLICOS Nº 19/99 y su modificatoria la Resolución MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 255/2000.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 12 de la Resolución ex-MINISTERIO DE ECONOMIA y OBRAS y SERVICIOS PUBLICOS Nº 19/99, modificada por la Resolución MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 255/2000.

Por ello,

LA SECRETARIA DE COMERCIO
RESUELVE:

Artículo 1º
— Otórgase el beneficio previsto en el Artículo 1º de la Resolución ex-MINISTERIO DE ECONOMIA y OBRAS y SERVICIOS PUBLICOS Nº 19/99 y su modificatoria la Resolución MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 255/2000, según el caso, a las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) que se consignan en las QUINCE (15) planillas, que como Anexo, forman parte integrante de la presente resolución.

Art. 2º
— Comunícase a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS que deberá proceder a la liberación de las garantías constituidas en las importaciones definitivas para consumo de las mercaderías detalladas en el Anexo de la presente resolución y que se efectuaron a través de los comprobantes de trámite indicados en cada caso.

Art. 3º
— La presente resolución comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 4º
— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Débora Giorgi.

ANEXO A LA RESOLUCION S.C. Nº 145

 




















Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a Secretaría de Comercio