Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos
CARNES
Resolución 39/2003
Incorpórase, para la distribución de la Cuota Hilton a Productores, del período 2002/2003, la figura de Grupo de Aprendizaje, a los Proyectos Conjuntos entre Frigoríficos Exportadores y Asociaciones de Criaderos y/o Grupos de Productores de Razas Bovinas.
Bs. As., 9/1/2003
VISTO el Expediente N° S01:0296065/2002 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS y,
CONSIDERANDO:
Que atento a la cantidad extraordinaria de DIEZ MIL TONELADAS (10.000 tn) de Cuota Hilton otorgada por la UNION EUROPEA para el período 2002/2003 y al importante número de Proyectos Conjuntos entre Productores y Frigoríficos Exportadores presentados ante la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS para cubrir las vacantes existentes amerita extender los beneficios de distribución.
Que en ese sentido, resulta conveniente proceder a hacer una reserva de Cuota Hilton para permitir alguna excepción al régimen de adjudicación establecidos en la Resolución 158 de fecha 26 de Julio de 2002 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, para exportar a la UNION EUROPEA.
Que atento al desplazamiento de las zonas de producción ganadera, por el fortalecimiento de la agricultura, hacia las áreas históricamente marginales, es necesario adoptar ciertas medidas que permitan contemplar circunstancialmente la incidencia de dicha situación.
Que a los efectos de maximizar la inserción de la carne argentina en la UNION EUROPEA es procedente permitir la participación de aquellos Proyectos que se destaquen por sus canales de comercialización.
Que la DIRECCION DE LEGALES del AREA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA, ha tomado la intervención que le compete, en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION N° 7 de fecha 4 de febrero de 2002.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto en el Decreto N° 2284 de fecha 31 de octubre de 1991, modificado por su similar N° 2488 de fecha 26 de noviembre de 1991, ambos ratificados por Ley N° 24.307, por el artículo 3° de la Resolución N° 259 del 26 de febrero de 1992, modificada por la Resolución N° 103 del 24 de enero de 1994, ambas del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y por el Decreto N° 475 de fecha 8 de marzo de 2002.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Incorpórase, para la distribución de Cuota Hilton a Productores, del período 2002/2003, la figura de GRUPO DE APRENDIZAJE a los PROYECTOS CONJUNTOS ENTRE FRIGORIFICOS EXPORTADORES Y ASOCIACIONES DE CRIADORES y/o GRUPOS DE PRODUCTORES DE RAZAS BOVINAS, normado en la Resolución N° 158 del 26 de Julio de 2002 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS.
Art. 2° — La SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS se reserva para el período 2002/2003, la cantidad de CIENTO DIEZ TONELADAS (110 tn) para ser asignadas a los Grupos mencionados en el artículo anterior.
Art. 3° — Los Grupos mencionados en el Artículo 1° de la presente resolución serán seleccionados por el TRIBUNAL DE EVALUACION Y SELECCION DE LOS PROYECTOS CONJUNTOS ENTRE FRIGORlFlCOS EXPORTADORES Y ASOCIACIONES DE CRIADORES y/o GRUPOS DE PRODUCTORES DE RAZAS BOVINAS entre aquellos Proyectos que no hallan alcanzado a ingresar en los grupos activos, en función de potenciar la participación de los productores originarios de regiones que actualmente intervienen en forma minoritaria de la exportación de Cuota Hilton, promoviendo el desarrollo de éstos, como así también considerando la penetración y desarrollo de los canales de comercialización en los mercados de destino a efectos de consolidar la inserción de nuestras carnes.
Art. 4° — Los Grupos de Aprendizaje designados aceptan que su participación es al solo efecto de realizar un "aprendizaje" y que solamente acumularán experiencia y antecedentes exclusivamente para poder participar de próximas licitaciones, y que esta asignación no les da derecho a reclamo alguno en ulteriores distribuciones del cupo de Cuota Hilton para Productores.
Art. 5° — Los Proyectos adjudicatarios serán evaluados cuatrimestralmente por el TRIBUNAL DE EVALUACION Y SELECCION DE LOS PROYECTOS CONJUNTOS ENTRE FRIGORIFICOS EXPORTADORES Y ASOCIACIONES DE CRIADORES y/o GRUPOS DE PRODUCTORES DE RAZAS BOVINAS, conforme los criterios expresados en los Anexos II y III de la Resolución N° 158/2002.
Art. 6° — Prohíbese la transferencia de cupo entre Grupos y/o Empresas. Como excepción y previa autorización de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, será admisible la transferencia de cuota que hubiere sido adjudicada al cedente en virtud de razones de fuerza mayor debidamente justificada, y en tal circunstancia, el remanente será distribuido entre los Grupos Activos según lo normado en el Artículo 2°, inciso b) de la Resolución N° 158/2002
Art. 7° — La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial, y tendrá vigencia exclusivamente para el período 2002/2003.
Art. 8° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial archívese. — Haroldo A. Lebed.