Foro: Derecho Penal
21/10/09, 13:27:04
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Respuestas: 3
Visitas: 6.310 Re: Art. 119 Código penal
Breve aclaración: En materia penal en nuetro país, las personas son punibles (en sentido estricto) a partir de los 18 años de edad.-
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Foro: Derecho Penal
21/10/09, 11:37:15
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Respuestas: 4
Visitas: 5.003 |
Foro: Derecho Penal
20/10/09, 13:47:02
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Respuestas: 4
Visitas: 5.003 Re: delitos de daño y delitos de peligro
Someramente, la diferencia esta dada por la efectiva afectacion al bien juridico.
Mientras que los delitos de "resultado" son aquellos cuya estructura comprende una acciòn y un resultado material...
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Foro: Derecho Procesal
13/10/09, 13:56:01
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Respuestas: 6
Visitas: 3.039 Re: Juicio por jurados
Estimados: Este es un tema delicado, del que se ha hablado poco en la jurisprudencia, pero hay...
Varios autores como Edmundo Hendler han dedicado gran parte de sus investigaciones al tema del juicio...
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