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Rresolución 1100/97 del 23/09/97





Secretaría General

ADHESIONES OFICIALES

Resolución 1100/97

Declárase de interés nacional el "II Encuentro
Latinoamericano de Extensión Universitaria" y "I
Congreso Nacional de Extensión de la Educación Superior"
a realizarse en la ciudad de Mendoza.


Bs. As., 23/9/97

B.O: 30/9/97

VISTO el Expediente Nº 4154/97 del Registro del Ministerio
de Cultura y Educación por medio del cual tramita la iniciativa
de declarar de interés nacional el "II Encuentro Latinoamericano
de Extensión Universitaria" y "I Congreso Nacional
de Extensión de la Educación Superior", y

CONSIDERANDO:

Que con la organización local de la Dirección Nacional
de Programación y Coordinación Institucional del
Ministerio de Cultura y Educación y la Universidad Nacional
de Cuyo, se propone como objetivo intercambiar experiencias relativas
a las actividades de extensión desarrolladas en el ámbito
académico de las universidades latinoamericanas.

Que por medio de estos encuentros se impulsan criterios de desarrollo
de procesos de evaluación de las actividades de extensión,
profundizando los alcances de la extensión universitaria
en la región, facilitando la reflexión de sus fines
y proyecciones a partir de las prácticas vigentes en ella.

Que la Organización de las Naciones Unidas para la Educación,
la Ciencia y la Cultura-UNESCO-auspicia la realización
del evento.

Que los MINISTERIOS DE CULTURA Y EDUCACION y de RELACIONES EXTERIORES,
COMERCIO INTERNACIÓNAL Y CULTO han tomado la intervención
correspondiente dictaminando favorablemente.

Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas
por el artículo 2º, inciso J del Decreto 101/85 y
sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

RESUELVE:

Artículo 1º-Declárase de Interés
nacional el "II Encuentro Latinoamericano de Extensión
Universitaria" y "I Congreso Nacional de Extensión
de la Educación Superior", a desarrollarse del 18
al 21 de noviembre de 1997, en la ciudad de Mendoza.

Art. 2º-La declaración otorgada por el artículo
1º del presente acto administrativo no generará ninguna
erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001
- SECRETARIA GENERAL PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3º-Regístrese, publíquese, comuníquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese.-Alberto A. Kohan.

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