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Resolución 774/97 del 02/07/97





Secretaría General

ADHESIONES OFICIALES

Resolución 774/97

Declárase de interés nacional al "Curso
de Atención Médica Primaria del Nordeste Argentino".


Bs. As., 2/7/97

B.O: 8/7/97

VISTO el Expediente Nº 2002-4464-97-6 del Registro del Ministerio
de Salud y Acción Social por medio del cual tramita la
solicitud de declarar de interés nacional al "Curso
de Atención Medica Primaria del Nordeste Argentino",
y

CONSIDERANDO:

Que este importante emprendimiento es organizado por la Secretaría
de Cultura y Asuntos Universitarios de la Federación Médica
del Chaco.

Que el mismo tiene como propósito capacitar a los médicos
de la Provincia del Chaco para brindar servicios profesionales
en sistemas de atención médica integral, promoviendo
el conocimiento y la difusión de la atención medica
primaria del adulto como estrategia para mejorar la salud de la
comunidad.

Que, en el área asistencial, se busca capacitar en la resolución
de los problemas de salud de la población asistida en los
distintos niveles de atención del área clínica,
de un modo responsable, comprensivo, accesible, continuo y coordinado,
con alta calidad y eficiencia en el servicio brindado.

Que atento a la importancia del tema propuesto y los meritorios
antecedentes de la entidad y profesionales involucrados se estima
conveniente acceder a lo solicitado.

Que el MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL ha tomado la intervención
correspondiente dictaminando favorablemente.

Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas
por el artículo 2º, inciso J del Decreto 101/85 y
sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

RESUELVE:

Artículo 1º-Declárase de interés
nacional al "Curso de Atención Médica Primaria
del Nordeste Argentino", a desarrollarse en la Provincia
del Chaco, durante los años 1997 a 1999.

Art 2º-La declaración otorgada por el artículo
1º del presente acto administrativo no generará ninguna
erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001
- SECRETARIA GENERAL PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3º-Regístrese, publíquese, comuníquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese.-Alberto A. Kohan.

Administracionius UNLP

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