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Resolución 3630/97 del 01/12/97




Secretaría de Comunicaciones



TELECOMUNICACIONES



Resolución 3630/97



Resérvase un bloque de numeración, para el servicio
no geográfico de valor agregado tipo audiotexto denominado
Servicio de Llamadas Masivas en la modalidad con cobro normal.




Bs. As., 1/12/1.997.



B. O.: 10/12/97.



VISTO lo dispuesto por el Decreto N° 1620/96, las Resoluciones
CNT N° 1083/95 y S.C. N° 2464/97, lo tramitado en el
Expediente N° EXPCNC E. 10613/97, y


CONSIDERANDO:


Que los servicios de valor agregado se encuentran reglamentados
en su aspecto general por la Resolución C.N.T. N°
1083/95 y en particular el Servicio de Llamadas Masivas por la
Res. S.C. N° 2464/97.


Que el Servicio de Llamadas Masivas ofrece al público la
posibilidad de participar y expresar su opinión respecto
de diversos temas de interés general.


Que el reglamento del servicio aludido establece que el mismo
debe prestarse con líneas de tasación y numeración
diferencial.


Que es facultad de esta Secretaría de Comunicaciones administrar
los Planes Técnicos Fundamentales.


Que mediante la Resolución S.C. N° 46/97 se aprobó
el Plan Fundamental de Numeración Nacional.


Que por tratarse de un servicio no geográfico de valor
agregado tipo audiotexto conviene reservar para el Servicio de
Llamadas Masivas un sub-rango de DIEZ MIL (10.000) números
dentro del rango de números no geográficos 601 a
609.


Que se ha tomado como criterio la asignación inicial de
CIEN (100) números para cada prestador del servicio, hasta
tanto se realice la expansión de la numeración a
DIEZ (10) dígitos.


Que la asignación tendrá en cuenta el pedido del
solicitante y la disponibilidad de números dentro del sub-rango
de numeración que se ha previsto.


Que tanto la Gerencia de Ingeniería de la COMISION NACIONAL
DE COMUNICACIONES como el Servicio Jurídico Permanente
de este organismo han tomado la intervención que les compete.



Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Anexo II del Decreto N° 1620/96.


Por ello,


EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES

RESUELVE:


Artículo 1°- Reservar para el servicio no geográfico
de valor agregado tipo audiotexto denominado Servicio de Llamadas
Masivas en la modalidad con cobro normal, el bloque de numeración
definido como 609 - 1 - MCDU.


Art. 2°- Asígnase, con carácter transitorio
-ya que el prestador deberá adecuarse a lo dispuesto por
el Plan Fundamental de Numeración Nacional- a TELETV S.A.
ARGENTINA, la numeración según se indica en el Anexo
I que forma parte de la presente.


Art. 3°- Asígnase, con carácter transitorio
-ya que el prestador deberá adecuarse a lo dispuesto por
el Plan Fundamental de Numeración Nacional- a TELINFOR
S.A., la numeración según se indica en el Anexo
I que forma parte de la presente.


Art. 4°- Regístrese, comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. - Germán Kammerath.


ANEXO I


1 - Numeración asignada a TELETV S.A. ARGENTINA para el
Servicio de Llamadas Masivas modalidad con cobro normal.






CANTIDAD DE NUMEROS
INDICATIVO DE SERVICIO
NUMERO DE CLIENTE
100609
1-99DU



2 - Numeración asignada ,a TELINFOR S.A. para el Servicio
de Llamadas Masivas modalidad con cobro normal.






CANTIDAD DE NUMEROS
INDICATIVO DE SERVICIO
NUMERO DE CLIENTE
100609
1-00DU




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