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Resolución 1457/97 del 23/12/97




Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos




PRESUPUESTO



Resolución 1457/97



Apruébase el Presupuesto del ejercicio 1998 de la Unidad
Especial Sistema de Transmisión Yacyretá.



Bs. As., 23/12/97



B.O., 30/12/97



VISTO el Expediente N° 750-003623/97 del Registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS en el que se tramita
la aprobación del Presupuesto del ejercicio 1998 formulado
por la UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISION YACYRETA, actuante
en el área del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS , y


CONSIDERANDO:


Que la Ley N° 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS
SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL contiene, en el
Título II, Capítulo III, el Régimen presupuestario
de las empresas y sociedades del Estado.


Que obra en el Expediente mencionado en el visto, el informe favorable
sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO.



Que el Artículo 49 de la mencionada Ley y el Decreto Reglamentario
N° 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el
Reglamento Parcial N° 3 de la Ley N° 24.156, determina
que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS la aprobación de la presente medida.


Por ello,


EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS RESUELVE:



Artículo 1°-Apruébase el Presupuesto
del ejercicio 1998 de la UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISION
YACYRETA de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II
a la presente Resolución, respectivamente.


Art. 2°-Estímase en la suma de PESOS CERO ($
0) los ingresos de operación y fíjase en la suma
de PESOS CERO ($ 0) los gastos de operación, y como consecuencia
de ello apruébase el Resultado Operativo estimado en PESOS
CERO ($ 0) de acuerdo con el detalle que figura en el Anexo II
a la presente Resolución.


Art. 3°-Estímase en la suma de PESOS CERO ($
0) los ingresos corrientes y fíjase en la suma de PESOS
CERO ($ 0) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello
apruébase el Resultado Económico estimado en PESOS
CERO ($ 0), de acuerdo con el detalle que figura en el Anexo II
a la presente Resolución.


Art. 4° -Estímase en la suma PESOS DOS MILLONES
QUINIENTOS CINCUENTA MIL ($ 2.550.000.-) los ingresos de capital
y fíjase en la suma de PESOS DOS MILLONES 9UINIENTOS CINCUENTA
MIL ($ 2.550.000.-) los gastos de capital, y como consecuencia
de ello en conjunción con el Resultado Económico
establecido en el Artículo 3° de la presente Resolución,
estímase el Resultado Financiero para el ejercicio 1998
en PESOS CERO ($ 0), de acuerdo con el detalle obrante en el Anexo
II a la presente Resolución.


Art. 5°-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
- Roque B. Fernández.


NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos. La
documentación no publicada puede ser consultada en la Sede
Central del Boletín Oficial (Suipacha 767, Capital
Federal).



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