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Resolución 1447/98 del 30/07/98




Ministerio del Interior


MIGRACIONES


Resolución 1447/98


Establécese una norma que permite ingresar al país
a los nacionales de Australia para realizar negocios, inversiones
o estudios de mercado, sin visación consular argentina.



Bs. As., 30/7/98


B.O: 05/08/98


VISTO lo actuado en el Expediente Nº 212.2930/97 del registro
de la Dirección Nacional de Migraciones, y

CONSIDERANDO:

Que para obtener admisión como residente transitorio los
extranjeros deberán presentar pasaporte valido con visación
consular argentina, conforme lo prevé el artículo
47 del Reglamento de Migraciones, aprobado por Decreto Nº
1023 del 29 de junio de 1994, salvo cuando convenios o acuerdos
internacionales establezcan otros requisitos o eximan de visación.


Que el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional
y Culto propicia la conveniencia de dictar una norma que permita
a los nacionales de Australia ingresar a la República Argentina
para realizar negocios, inversiones o estudios de mercado.

Que por lo expuesto y habiendo tomado intervención la Dirección
General de Asuntos Jurídicos, se estima oportuno acceder
a lo peticionado.

Que la presente medida se dicta de acuerdo a las atribuciones
conferidas por el artículo 4º del Decreto Nº
1023/94.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR

RESUELVE:

Artículo 1º- Los nacionales de Australia, titulares
de pasaporte ordinario vigente, podrán ser admitidos en
el país en carácter de "Transitorio - negocios
- inversiones - estudios de mercado", sin visación
consular argentina.

Art. 2°- La presente resolución comenzará
a regir a partir de su publicación.

Art. 3°- Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Carlos
V. Corach.

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