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Resolución 1355/97 del 25/09/97





Comisión Nacional de Comunicaciones

SERVICIOS POSTALES

Resolución l355/97

Dispónese la baja de la empresa Mega Express Courier"s
S.R.L. de1 Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.


Bs. As., 25/9/97

B.O.: 03/10/97

VISTO el expediente N. 185 del Registro de la ex-COMISION NACIONAL
DE CORREOS Y TELEGRAFOS de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que la firma denominada MEGA WRESS COURIER"S S.R.L. fue inscripta
en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales en
fecha 17 de mayo de 1996, con el número CUATROCIENTOS SIETE
(407).

Que la entidad antes referida, en la actualidad no ha acreditado
el cumplimiento de los requisitos previstos en el Decreto Nº
1187/93 (t.o. 1997) para mantener su inscripción en el
Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

Que en consecuencia, procede disponer la inmediata baja del Registro
Nacional de Prestadores de Servicios Postales de la firma denominada
MEGA EXPRESS COURIER"S S.R.L.

Que la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias, en
su carácter de Servicio Jurídico Permanente de la
COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, se ha expedido a fojas 59
y manifiesta no tener objeciones de índole legal que formular.

Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades contenidas
en el artículo 6º inciso d") del Decreto Nº 1185/90
y normas concordantes y complementarias.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

Artículo 1º-Dispónese la baja de la
empresa MEGA EXPRESS COURIER"S S.R.L. del Registro Nacional de
Prestadores de Servicios Postales, a partir del 1 de junio de
1997. en razón de que la misma no ha acreditado el cumplimiento
de los requisitos previstos en el artículo 11 del Decreto
Nº 1187/93 (t.o. 1997) para mantener su inscripción.


Art. 2º-Regístrese, comuníquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial, publíquese
y archívase.- Roberto C. Catalán.- Roberto E. Uanini.-
Hugo Zothner.- Patricio Feune de Colombi. - Antonio S. Name. -
Alberto J. Gabrielli.- Federico N. A. Ludan de la Fuente.

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