Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

Resolución Nº 1539/2010




MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL



SECRETARIA DE TRABAJO



Resolución Nº 1539/2010



Registro Nº 1515/2010



Bs. As., 12/10/2010



VISTO el Expediente Nº 1.395.619/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 y sus modificatorias, y



CONSIDERANDO:



Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre la empresa L’EQUIPE MONTEUR SOCIEDAD ANONIMA y la UNION OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS, el que luce agregado a fojas 21/22 de autos, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).



Que el precitado acuerdo se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 419/05, el que fuera suscripto entre la UNION OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS y la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA PLASTICA.



Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.



Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.



Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.



Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).



Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos mentado acuerdo.



Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.



Que por último una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitirán estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el proyecto de Base promedio y Tope indemnizatorio, conforme lo dispuesto en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.



Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.



Por ello,


LA SECRETARIA DE TRABAJO


RESUELVE:



ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la empresa L’EQUIPE MONTEUR SOCIEDAD ANONIMA y la UNION OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS, el que luce agregado a fojas 21/22 del Expediente Nº 1.395.619/10, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).



ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo, obrante a fojas 21/22 del Expediente Nº 1.395.619/10.



ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.



ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de elaborar el pertinente proyecto de base promedio y tope indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.



ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).



ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.



Expediente Nº 1.395.619/10



Buenos Aires, 15 de octubre de 2010



De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1539/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 21/22 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1515/10. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.



Expediente Nº 1.395.619/10



En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los quince del mes de julio del año dos mil diez, siendo las 15.30 horas, comparecen en forma espontánea ante el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo. Ante mí, Roque Roque Francisco VILLEGAS, Secretario de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nro. 2 -Dirección de Negociación Colectiva, lo hacen por el UNION OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS, comparece el señor Gerardo LEGUIZAMON (MI 07.894.853), conjuntamente con la delegada señorita Laura Eugenia RAMIREZ (MI 29.489.638) y el señor José Bruno APICELLA (Ml 31.825.967), por una parte y, por la Empresa L EQUIPE MONTEUR S.A., comparece el señor Fernando Enrique PEREYRA (MI 16.110.210), en calidad de apoderado de la empresa, adjuntando copia de poder y copia de Estatuto Social, exhibiendo los originales.



Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, éste procede a conceder el uso de la palabra a ambas partes quienes manifiestan: Que han llegado al siguiente acuerdo:



Para sus plantas de Buenos Aires y Córdoba



1) La empresa abonará durante los meses de abril y mayo 2010 una suma fija, mensual, no remunerativa, por única vez de $ 300, como anticipo a cuenta de lo que corresponda abonar a partir de las nuevas paritarias conforme el acuerdo al cual arriben el Sindicato Plástico y la Cámara Argentina del Plástico, los cuales se abonarán bajo el concepto "Anticipo a cuenta de futuros aumentos".



Para su planta de Buenos Aires



2) Se abonará a partir del 1/10/2009 un importe de $ 10 por cada día, a cada trabajador jornalizado en relación de dependencia en concepto de viáticos, almuerzo y/o contribución alimentaria. Este importe no sufrirá descuento de ninguna índole y será considerado de carácter no remunerativo.



3) El importe mencionado en el punto anterior se abonará siempre y cuando concurra a la empresa ya sea en días normales y también en los días que asista a realizar horas extras.



4) En caso de ausencia por cualquier motivo que fuere, el importe establecido no será abonado al trabajador.



5) El valor del presentismo actualmente fijado en $ 241, será elevado a $ 300 a partir de del 1/10/2009.



El presente acuerdo abarca a UN TOTAL DE 340 trabajadores, de los cuales 191 trabajadores pertenecen a la planta de Buenos Aires y 149 a la de Córdoba, los mismos están amparados en el Convenio Colectivo de Trabajo Nro. 419/05, solicitando su correspondiente homologación.



Siendo las 15.45 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes de conformidad, previa lectura y ratificación, ante mí, funcionario que CERTIFICO.

Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a Resolución Nº 1539/2010