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Resolución Nº 120/99 del 5/2/99




MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Resolución Nº 120/99

Bs. As., 5/02/99

B.O: 15/02/99

VISTO el Expediente Nº 561-000433/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, el Decreto Nº 1 del 6 de enero de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 1 de fecha 6 de enero de 1999, dispuso que la construcción, mejora, reparación, conservación, ampliación, remodelación, mantenimiento, administración y explotación de la RED DE ACCESOS A LA CIUDAD DE MENDOZA sean otorgados bajo el régimen de Concesión de Obra Pública por Cobro de Tarifas o Peaje en el marco de la Ley Nº 17.520, modificada por su similar Nº 23.696, reglamentada por el Decreto Nº 1105 de fecha 20 de octubre de 1989.

Que el mencionado Decreto Nº 1/99 establece, en su artículo 3º, que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS será la Autoridad de Aplicación, y que en virtud de tal condición se encuentra facultado a aprobar la documentación licitatoria, efectuar el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional, aprobar y suscribir, "ad referéndum" del PODER EJECUTIVO NACIONAL, el Contrato de Concesión, como así también a delegar en la Provincia de MENDOZA, total o parcialmente, la gestión de los trámites licitatorios.

Que asimismo dicha norma, mediante su artículo 4º, autoriza a la Autoridad de Aplicación a delegar en la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS las facultades mencionadas precedentemente.

Que debido a que la Provincia de MENDOZA necesita contar con esta obra en el plazo más breve posible, y que la documentación licitatoria debe ser aprobada en distintas y sucesivas etapas, resulta conveniente agilizar el proceso de la licitación mencionado, haciendo uso de la autorización a que hace referencia el considerando anterior.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 3º y 4º del Decreto Nº 1 de fecha 6 de enero de 1999.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Deléganse en la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, las facultades de aprobar la documentación licitatoria, efectuar el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional y aprobar y suscribir, "ad referéndum" del PODER EJECUTIVO NACIONAL, el Contrato de Concesión.

ARTICULO 2º.- Delégase en la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la facultad de delegar en la Provincia de MENDOZA, total o parcialmente, la gestión de los trámites licitatorios.

ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Dr. ROQUE BENJAMIN FERNANDEZ, Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos.

e. 15/2 Nº 265.928 v. 15/02/99

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