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Resoluci¢n 259/98 del 25/02/98




Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos




PRESUPUESTO



Resolución 259/98



Apruébase el Presupuesto del ejercicio 1998 de Astilleros
y Fábricas Navales del Estado Argentino S.A. (en liquidación).




Bs. As., 25/2/98



B.O.: 03/03/98



VISTO el Expediente Nº 090.000175/98 del Registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS en el que se tramita
la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto del
ejercicio 1998, formulado por ASTILLEROS Y FABRICAS NAVALES DEL
ESTADO ARGENTINO S.A. (en liquidación), actuante en el
área del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
y la Decisión Administrativa Nº 55 de fecha 22 de
enero de 1998, y


CONSIDERANDO:


Que la Ley Nº 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERAY DE LOS
SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL contiene en el
Título II, Capítulo III, el Régimen presupuestario
de las empresas y sociedades del Estado.


Que el artículo 60 de la Ley Nº 24.938 faculta al
Jefe de Gabinete de Ministros a establecer prórrogas al
plazo referido en el artículo 64 de la Ley Nº 11.672,
Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 1996, modificado
por el artículo 25 de la Ley Nº 24.764.


Que en virtud de ello, la Decisión Administrativa Nº
55 de fecha 22 de enero de 1998 prorrogó la liquidación
definitiva de distintos entes en liquidación enunciados
en las planillas que como ANEXO I, ANEXO II y ANEXO III forman
parte integrante de dicho dispositivo, entre los cuales se encuentra
ASTILLEROS Y FABRICAS NAVALES DEL ESTADO ARGENTINO S.A. (en liquidación).



Que en consecuencia, es necesario proveer lo conducente al desenvolvimiento
operativo de dicho ente en liquidación para el ejercicio
1998, conforme lo establecido por la mencionada Decisión
Administrativa.


Que obra en el expediente visto, el informe favorable sobre la
medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la
SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO, dependiente de la SECRETARIA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.



Que el Artículo Nº 49 de la Ley Nº 24.156 y Decreto
Reglamentario Nº 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual
se aprueba el Reglamento Parcial Nº 3 de la Ley Nº 24.156,
determina que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS la aprobación de la presente medida.



Por ello,


EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:


Artículo 1º-Apruébase el Presupuesto
del ejercicio 1998 de ASTILLEROS Y FABRICAS NAVALES DEL ESTADO
ARGENTINO S.A. (en liquidación), de acuerdo con el detalle
que figura en los Anexos I y II a la presente Resolución,
respectivamente.


Art. 2º-Estímase en la suma de PESOS CERO ($
0) los ingresos de operación y fíjase en la suma
de PESOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA ($ 1.890) los gastos de operación,
y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo
(PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA
($ 1.890), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas
del Anexo II a la presente Resolución.


Art. 3º-Estímase en la suma de PESOS CERO ($
0) los ingresos corrientes y fíjase en la suma de PESOS
MIL OCHOCIENTOS NOVENTA ($ 1.890) los gastos corrientes, y como
consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico
(DESAHORRO) estimado en PESOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA ($ 1.890)
de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo
II a la presente Resolución.


Art. 4º-Estímase en la suma de PESOS CERO ($
0) los ingresos de capital y fíjase en la suma de PESOS
CERO ($ 0) los gastos de capital, y como consecuencia de ello,
en conjunción con el Resultado Económico establecido
en el Artículo 3º de la presente Resolución,
estímase el Resultado Financiero (DEFICIT) para el ejercicio
1998 en PESOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA ($ 1.890), de acuerdo con
el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente
Resolución.


Art. 5º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívase.-
Roque B. Fernández.


NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos. La
documentación no publicada puede ser consultada en la Sede
Central del Boletín Oficial (Suipacha 767, Capital
Federal).

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