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Resolución 19/99 del 20/1/99




Secretaría de Industria Comercio y Minería

INDUSTRIA AUTOMOTRIZ

Resolución 19/99

Apruébase un plan de intercambio compensado presentado por la firma International Motor Sociedad Anónima.

Bs.As., 20/1/99

B.O: 25/1/99

VISTO el expediente N° 060-006380/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el referido expediente la firma INTERNATIONAL MOTOR SOCIEDAD ANONIMA presenta un plan de intercambio compensado que abarca el periodo comprendido por el sexto bimestre del año 1998 y el año 1999.

Que por el Decreto N° 100 de fecha 26 de enero de 1998 la citada firma fue autorizada a operar como empresa terminal de acuerdo con el régimen que para la industria automotriz establecen la Ley 21.932 y sus normas reglamentarias.

Que la presentación del mencionado plan la efectúa la firma INTERNATIONAL MOTOR SOCIEDAD ANONIMA conforme con lo previsto en el articulo 9° del Decreto N° 2677 de fecha 20 de diciembre de 1991, modificado por el artículo 4° del Decreto N° 683 de fecha 6 de mayo de 1994.

Que de la correspondiente evaluación de dicho plan se ha concluído que el mismo cumple con lo establecido en el citado régimen a ese respecto.

Que, en razón de ello, se ha considerado pertinente la aprobación del plan presentado por INTERNATIONAL MOTOR SOCIEDAD ANONIMA mediante el dictado de la medida correspondiente.

Que la DIRECCION DE LEGALES DEL AREA DE INDUSTRIA COMERCIO Y MINERIA dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 26 del Decreto N° 2677/91.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase el plan de intercambio compensado presentado por la firma INTERNATIONAL MOTOR SOCIEDAD ANONIMA, cuyo detalle obra en UNA (1) planilla que, como Anexo I, forma parte de la presente resolución.

Art. 2°.- Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente resolución se regirán por lo establecido por el artículo 9° del Decreto N° 2677/91, modificado por el articulo 4° del Decreto N° 683/94 como así también por los compromisos asumidos por la beneficiaria en el expediente citado en el VISTO.

Art. 3°.
- Notifíquese a la interesada.

Art. 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

RESOLUCION S.I.C. y M. N° 19

 
ANEXO I a la Resolución S.I.C. y M. N° 19
INTERNATIONAL MOTOR S.A.
Plan de Intercambio 6° Bimestre 1998, año 1999
(en miles de dólares)

 
 
















































EXPORTACIONES

Partes a Intrazona

1.360

Partes a Extrazona

772

Vehículos a Intrazona

34.000

Vehículos a Extrazona

6.000

Total Exportaciones

42.132

Incremento 20%

8.426

Inversiones

4.400

TOTAL

54.958

IMPORTACIONES

Partes de Intrazona

0

Partes de Extrazona

12.907

Vehículos Intrazona

0

Vehículos Extrazona

41.632

TOTAL

54.539

SALDO

419




 

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