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Resolución 19/98 del 16/1/98




Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentación



Resolución 19/98



Autorízase la producción y comercialización
de la semilla y de los productos y subproductos, provenientes
de variedades e híbridos de maíz transgénico
con resistencia a Lepidópteros.



Bs. As., 16/1/98



B.O. 22/1/98



VISTO el Expediente Nº 0867/96 del Registro del ex-INSTITUTO
ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, actual SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, la Resolución Nº
458 del 2 de agosto de 1996 del Registro de la entonces SECRETARIA
DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION, y


CONSIDERANDO:


Que por el artículo 1º de la Resolución citada
en el visto se autorizó la liberación al medio de
la semilla de maíz transagénico resistente a Lepidopteros
derivado del evento de transformación 176, previa presentación
ante la COMISION NACIÓNAL ASESORA DE BlOTECNOLOGiA AGROPECUARIA
(CONABIA) de la documentación requerida por la citada norma.



Que en el artículo 2º del referido acto administrativo
se condicionaba la comercialización de la semilla de maíz
transgénico resistente a Lepidopteros, derivado del evento
de transformación 176 a la cumplimentación de los
requisitos para su uso alimentario, humano y animal.


Que el "barrenador del tallo de maíz" Diatraea
saccharalis es la plaga más generalizada del cultivo del
maís.


Que anualmente se produce una menea en el rendimiento de este
cultivo del DIEZ POR CIENTO ( 10%) al VEINTE POR CIENTO (20%).



Que no existe ningún híbrido ni variedad comercial
que presente resistencia al mismo.


Que el Comité Científico para Pesticidas de la Comisión
Europea se ha expedido favorablemente.


Que ha sido autorizada su comercialización y uso de productos
y subproductos en: CANADA, REPUBLICA ARABE DE EGIPTO, ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA, JAPON y la UNION EUROPEA.


Que la DIRECCION DE LEGALES del AREA de AGRICULTURA, GANADERIA,
PESCA Y ; ALIMENTACION de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado
la intervención que le compete.


Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en
virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 2773 del 29 de diciembre
de 1992 y sus modificatorios.


Por ello,


EL SECRETARIO

DE AGRICULTURA,

GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION

RESUELVE:


Artículo 1º- Autorízase la producción
y comercialización de la semilla y de los productos y subproductos
derivados de esta. provenientes de variedades e híbridos
de maíz transgénico con resistencia a Lepidópteros
derivados del evento de transformación 176, que provienen
de la línea CG 00256- 176.


Art. 2º- Cormuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Felipe
C. Sola.

Administracionius UNLP

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