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¿ QUE HACER EN ESTE CASO??


Les cuento algo que le pasó a un amigo para ver si alguien me puede dar una mano y decirle que hacer:él trabaja desde hace casi un año en una fábrica metalúrgica, pero desde hace dos meses está sin poder ir a trabajar bajo certificado médico debido a un gran problema muscular(ocasionado por la mala postura en el lugar de empleo ya que el ingresó al mismo en perfecto estado de salud) que le ha implicado tratamiento médico.La cuestión es que hoy se presentó a la fábrica para cobrar el sueldo y le dijeron que tenía dos opciones a partir de mañana:1- iba al médico de la clínica que lo atiende y le pedía el alta médica o 2- seguía bajo certificado médico pero no cobra más sus haberes a partir del 31 de agosto aunque le reservan el puesto de trabajo.
Él realmente sigue dolorido pero tiene que volver porque necesita urgentemente el dinero para costear los medicamentos, pero que debe hacer???, volver ?? y si se le complica más su problema , le cubre la empresa su lesión????.
Desde ya muchas gracias a todos los que me puedan responder.
Saludos.
CARO.

\"Como la velocidad de la luz es mayor a la del sonido, ciertas personas parecen brillantes antes de que escuchemos las estupideces que dicen\"

caroeli UNLP

Respuestas
UNLP
Nicolas-UCR Usuario VIP Creado: 27/08/07
La verdad que más alla de lo qeu le digan en el laburo, existen leyes laborales y lo que le están diciendo en el laburo quiebra todo principio legal, yo lo que te recomendaría es que consulte a un abogado laboralista para que lo guie en este tema, más cuando nosotros sólo somos estudiantes y si bien podemos dar algún tipo de respuesta, no podemos asegurar que la misma sea el mejor camino para tomar.

saludos

Nicolás, Suárez Colman


http://www.diariopolitica.com

UNLP
caroeli Premium II Creado: 27/08/07
Muchas gracias Nico por la respuesta a mi post, le voy a buscar entonces un abogado especializado en el tema.
Saludos,
CARO.

\"Como la velocidad de la luz es mayor a la del sonido, ciertas personas parecen brillantes antes de que escuchemos las estupideces que dicen\"

Sin Definir Universidad
JoseSantiagoMarano Usuario VIP Creado: 27/08/07
Si sos de La Plata te puedo recomendar uno, mandame un mensaje personal si te interesa.

UNLP
caroeli Premium II Creado: 27/08/07
T e agradezco de verdad JoseSantiago, pero el tema es que vivo en Chascomús y este chico del caso también, pero no te hagas drama, supongo que acá alguno tiene que haber porque de verdad no conozco a nadie todavía, pero cualquier cosa te escribo.
Gracias de nuevo.
Saludos.
CARO.

\"Como la velocidad de la luz es mayor a la del sonido, ciertas personas parecen brillantes antes de que escuchemos las estupideces que dicen\"

UNC
RAB Usuario VIP Creado: 27/08/07
Busca un aboga que te asesore, pero guarda porque la empresa seguramente va a encarar la cosa por los arts. 208 y 211 de la LCT. (son 3 meses que puede durar la carpeta y cobrar sin trabajar de acuerdo a la antiguedad que decis). No es que me ponga del lado de la empresa porque ni se cual es especificamnte la dolencia, ni la causa, ni nada, pero si decis que trabajaba desde hace menos de un año, es muy dificil (al menos en la generalidad de los casos) que se manifiesten problemas musculares por mala postura en ese periodo, no digo que no sea asi, pero no es lo normal (menos si compañeros de trabajo que cumplen igual tarea no sufren esas dolencia.. por ahi lo va a encarar la empresa y)... habia que ver el preocupacional que dice, y si no se lo hicieron, mejor para tu amigo.
Resumiendo lo que dice la empresa esta dentro de la legalidad, y no quiebra principios legales para mi; al menos eso es lo que opino con los datos que pones, ya si el tipo por ejemplo tenia que cargar medias reces en un frigorifico capaz que sea como decis, pero si es un oficinista que tienen una silla coja no me parece que el problema muscular sea del trabajo, puse estos 2 ejemplos como extremos, osea que si esta en la gama intermedia va a ser un tema discutible, pero repito la empresa no esta haciendo un planteo de locos, creo que la va a encarar por el lado de accidentes y enfermedades inculpables (208 y 211), al menos eso es lo que deduzco de lo que te dijeron del pago y de que le conservan el puesto de trabajo.
Es solo mi opinion. Siempre consulta a un abogado especialista en el tema pero guarda que no te vendan espejitos de colores.
Saludos

UNLP
caroeli Premium II Creado: 28/08/07
Gracias Rab por tomarte un tiempo para responder, de verdad todos los aportes son muy útiles, yo ya le comenté esto y le dije que se busque algún abogado, pero a pesar de que es mi amigo quiero ser totalmente objetiva y coincidir con vos en un par de cositas como que en este caso creo que la empresa ya bastante le toleró esto y me parece que el que va con rumbo equivocado es él, ya que creo que le tomó el gustito a cobrar sin trabajar, algo que yo personalmente odio!!!!
Gracias de verdad por el post.
Saludos.
CARO.

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