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PRESUPUESTO




PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 89/2000

Modificación de la Decisión Administrativa Nº 1/2000, en la parte correspondiente al Ministerio de Salud.

Bs. As., 12/7/2000

VISTO el expediente Nº 200-23903/003 del registro del MINISTERIO DE SALUD, la Ley Nº 25.237 de Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2000 y la Decisión Administrativa Nº 1 del 12 de enero de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que en la Planilla Anexa al artículo 3º de la Decisión Administrativa citada en el Visto obra el detalle de las sentencias judiciales correspondientes al MINISTERIO DE SALUD, S.A.F. 310, con su asignación de monto para el Ejercicio 2000.

Que la DIRECCION DE ASUNTOS JUDICIALES, dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de esa Cartera de Estado, da cuenta de que al confeccionar la Programación de Sentencias Judiciales, como parte integrante del Anteproyecto de Presupuesto para el Ejercicio 2000, consignó una serie de causas que debían ser imputadas a dicho Ejercicio.

Que el área técnica devolvió los formularios, alegando que resultaba imperioso reducir el monto total al que se arribaba.

Que, como consecuencia, se remitieron DOS (2) anteproyectos, conteniendo uno de ellos las causas que indefectiblemente debían ser abonadas y agregando un segundo en el que, si bien los vencimientos de pago operaban en el Ejercicio 2000, se analizaría en cada caso la estrategia procesal para dilatar su imputación presupuestaria.

Que, en la Planilla Anexa al artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 1/00, han sido omitidas diversas causas judiciales cuyos montos fueron estimados por la antes mencionada DIRECCION DE ASUNTOS JUDICIALES, consignando las agregadas al anteproyecto y a su complementario, indiscriminadamente.

Que, por ello, existen obligaciones de pago por sentencias firmes no especificadas en la Decisión Administrativa Nº 1/00, cuyas ejecuciones ordenó el Juzgado interviniente, por lo que corresponde su inclusión en la Planilla Anexa referida precedentemente.

Que, de no presupuestarse dichas causas para su pertinente dación de pago, podría causarse serios perjuicios al erario e, incluso, incurrir en el delito de desobediencia.

Que el MINISTERIO DE SALUD propone sustituir el Detalle aprobado para el mismo, en función del grado de avance de las distintas causas judiciales.

Que las modificaciones que se propone introducir no alteran el monto total destinado a estos fines dentro del Presupuesto Nacional autorizado.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se halla amparada por las disposiciones de los artículos 20 y 45 de la Ley Nº 25.237 y en las atribuciones previstas en el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1º
— Sustitúyese la Planilla Anexa al artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 1 del 12 de enero de 2000, en la parte que corresponde al MINISTERIO DE SALUD, S.A.F. 310, de acuerdo a las Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º
— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.— Federico T. M. Storani. — Héctor J. Lombardo. — José L. Machinea.

NOTA: Las planillas Anexas no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 Capital Federal).

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