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pregunta sobre definición


Hola gente! Alguien me podria explicar que es lege lata y lege ferenda?
Tengo esta definición, pero no me satisface... creo que significa mas que esto:

- De lege ferenda: De una ley a dictarse
- De lege lata: De una ley vigente

Gracias.

dexm29 Sin Definir Universidad

Respuestas
UNLP
zekiel89 Usuario VIP Creado: 29/10/07
LEGE FERENDA es el laticismo usado para indicar "cosas a legislar en el futuro" y de LEGE LATA, en tanto se refiere a una ley en vigencia; es decir aquella norma legal, que aun con imperfecciones, es la que hay que observar por encontrarse vigente. Se dirige a la ley tal como es.

saludos.

UNLP
tavos Usuario VIP Creado: 29/10/07
de lege data es lo que surge de la ley vigente, en cambio de lege ferenda es lo recomendable por ejemplo la doctrina dice que entre las excepciones al desapoderamiento en la quiebra tendria que estar o de lege ferenda excluida la vivienda en cambio de lege data no se la excluye salvo claro está que este afectada a bien de familia y antes del origen d elos creditos que motivaron la cesacion d epagos, saludos

Sólo hay dos cosas de las que el hombre puede arrepentirse, el no haberlo intentado o el no haber dado todo de sí.-

UNS
martinchitus Cursando Materias Creado: 29/10/07
hola!

Capaz que llego tarde con esta explicacion, pero nunca estan de más... creo....

Segun el Diccionario de cs. juridicas, politicas y sociales de Manuel Ossorio:
"DE LEGE FERENDA" significa: "Locucion latina. con motivo de proponer una ley. La locucion se usa por la doctrina para expresar la reforma o mejora aconsejable en una institucion a traves de la obra legislativa o parlamentaria".

"DE LEGE LATA": "Locucion latina. Segun la ley propuesta. Espresa la realidad legislativa, a la que hay qe atenerse, no obstante objeciones técnicas o deficiencias en la aplicacion, o bien por haber quedado anticuada. Se contrapone a de lege ferenda".

espero que sirva!!!

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