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MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE ECONOMIA Y PRODUCCION




MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE ECONOMIA Y PRODUCCION

Resolución Conjunta Nos 1/2004 y 14/2004

Bs. As., 6/1/2004

VISTO el Expediente N° 011503/2003 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, el Decreto N° 669 del 18 de mayo del 2001, la Resolución Conjunta N° 19 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR y N° 171 del registro del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA de fecha 4 de junio de 2001, la Resolución Conjunta N° 3 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR y N° 102 del registro del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA del 21 de febrero de 2002 y la Resolución Conjunta N° 6 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR y N° 126 del registro del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA del 25 de junio de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Conjunta N° 19 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR y N° 171 del registro del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA del 4 de junio del 2001, se conformó la Comisión de Recepción prevista en el Anexo I, punto A, de la Resolución N° 03 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA del 2 de enero del 2001, a los fines previstos en la mencionada norma y lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto N° 669/2001 por el que se declaró la rescisión del contrato suscripto entre el ESTADO NACIONAL y la Empresa SIEMENS IT Services S.A. para la provisión de un Sistema Integral de Identificación de la Personas, Control Migratorio e Información Eleccionaria.

Que el funcionamiento de la mencionada Comisión fue sucesivamente prorrogado hasta el 21 de octubre del 2002; mediante Resolución Conjunta N° 3 del MINISTERIO DEL INTERIOR y N° 102 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA del 21 de febrero de 2002 y la Resolución Conjunta N° 6 del MINISTERIO DEL INTERIOR y N° 126 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA del 25 de junio de 2002.

Que resulta necesario que la Comisión culmine las tareas encomendadas, circunstancia que aconseja disponer una nueva prórroga.

Que por otra parte, atento el cambio de autoridades producido el 25 de mayo de 2003 se torna necesario modificar la integración de la citada Comisión de Recepción.

Que han tomado intervención los Servicios Jurídicos Permanentes de los MINISTERIOS DEL INTERIOR y DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que la presente medida se dicta de acuerdo a lo establecido por el artículo 2° del Decreto 669 del 18 de mayo del 2001, la Resolución N° 3 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA del 2 de enero de 2001.

Por ello,

LOS MINISTROS DEL INTERIOR
Y
DE ECONOMIA Y PRODUCCION RESUELVEN:

ARTICULO 1° — Dase por prorrogado hasta el 31 de mayo de 2004 el plazo para el cumplimiento del cometido de la Comisión de Recepción prevista en el Anexo I, punto A, de la Resolución N° 3 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA del 2 de enero de 2001, a los fines previstos en la mencionada norma y lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto N° 669 del 18 de mayo de 2001.

ARTICULO 2° — Modifícase la integración de la Comisión de Recepción mencionada en el artículo anterior, siendo sus integrantes los funcionarios que a continuación se detallan:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION:

— Doctor D. Bernardo Isidoro GALKIN (D.N.I. 4.389.405)

— Ingeniero D. Edgardo Abel COHEN (D.N.I. 4.265.311)

MINISTERIO DEL INTERIOR

— Contador D. José Lucas GAINCERAIN (D.N.I. 11.678.035) Subsecretario de Coordinación

— Doctor D. Eduardo Efraín DESCALZO (D.N.I. 12.164.485) Director Nacional del Registro Nacional de las Personas

— D. Eduardo Alberto THILL (D.N.I. 17.189.064) Director General de Gestión Informática

ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Cdor. ANIBAL D. FERNANDEZ, Ministro del Interior. — ROBERTO LAVAGNA, Ministro de Economía y Producción.

e. 22/7 N° 453.756 v. 22/7/2004

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