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MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE Decreto 1666/2004 Modifícanse el Decreto Nº 357/2002 y sus modificatorios, en la parte correspondiente al Ministerio de Salud y Ambiente, a fin de establecer un nueva conformación administrativa de sus niveles políticos




MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE

Decreto 1666/2004

Modifícanse el Decreto Nº 357/2002 y sus modificatorios, en la parte correspondiente al Ministerio de Salud y Ambiente, a fin de establecer un nueva conformación administrativa de sus niveles políticos.

Bs. As., 25/11/2004

VISTO el Expediente N° 2002-12308/04-5 del registro del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, la Ley de Ministerios (texto Ordenado por Decreto N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992, sus modificatorios y complementarios), la Ley N° 11672 - Complementaria Permanente de Presupuesto - (texto ordenado por Decreto N° 689/99), el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 y modificatorios y el Decreto N° 141 del 4 de junio de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley de Ministerios y sus modificatorios, se establecieron los ministerios que conforman la organización de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL y sus competencias.

Que el artículo 35 de la Ley N° 11672 - Complementaria Permanente de Presupuesto - (texto ordenado por Decreto N° 689/99), estableció que el ESTADO NACIONAL continuará administrando el HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO A. POSADAS".

Que esta Administración ha recaído, por dependencia funcional, en cabeza del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, a través de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION, según reza el ANEXO III, del Decreto N° 357/02.

Que por el citado Decreto N° 357/02 y modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los objetivos de las Unidades Organizativas determinadas en dicho organigrama.

Que a través del Decreto N° 141 del 4 de junio de 2003 se ampliaron las competencias del entonces MINISTERIO DE SALUD.

Que resulta necesario reordenar las responsabilidades de las distintas áreas del MINISTERIO DE SALUD y AMBIENTE, en función de las nuevas competencias asignadas.

Que las reformas propuestas se encuentran fundamentadas en un pormenorizado análisis y evaluación de responsabilidades y competencias, en función de la necesidad del reordenamiento mencionado.

Que este reordenamiento requiere una nueva conformación organizativa de los niveles políticos del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, con el objeto de cumplir con los criterios de eficacia y eficiencia necesarios para el logro de los objetivos estratégicos propuestos.

Que la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION ha asumido una tarea sustantiva en el PLAN FEDERAL DE SALUD en lo atinente a la generación de las políticas específicas para la recuperación y afianzamiento del rol rector en las áreas de Regulación y Fiscalización Sanitaria.

Que, además, la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION se ha dispuesto como objetivo estratégico el de armonizar y colaborar con las distintas jurisdicciones en la optimización de los instrumentos de registro propios para el desarrollo de las tareas de fiscalización, ello a través de la creación y puesta en marcha de los Registros Federales y Nacionales de las materias que le son propias.

Que para el logro de los objetivos estratégicos propuestos se hace necesario transferir de la órbita de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION al HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS", organismo administrado y financiado en forma parcial por el ESTADO NACIONAL, a través del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE.

Que la SECRETARIA DE PROGRAMAS SANITARIOS tiene entre su misión y funciones la formulación, ejecución y control de los programas nacionales prioritarios y la aplicación de las políticas sustantivas que hacen a la atención de la salud de la población, comprendiendo la promoción y la protección de la salud, la prevención de enfermedades, la asistencia, recuperación y rehabilitación de la salud.

Que las funciones enumeradas en el considerando anterior son de absoluta aplicación en el HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS", por lo que su dependencia funcional quedaría plenamente justificada en el ámbito de la SECRETARIA DE PROGRAMAS SANITARIOS.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Sustitúyese del ANEXO III al Artículo 3° del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, —AMBITOS JURISDICCIONALES —, el Apartado XXI correspondiente al MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la planilla que como ANEXO I forma parte integrante del presente.

Art. 2° — La modificación de la dependencia funcional aprobada por el artículo 1° del presente Decreto mantendrá la vigencia de las aperturas estructurales existentes a la fecha del dictado del presente Decreto.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Ginés M. González García.

ANEXO I

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1°

XXI – MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE

- Superintendencia de Servicios de Salud.

- Administración de Programas Especiales.

- Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.

SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS

- Instituto Nacional Central Unico Coordinador de Ablación e Implante.

- Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica.

- Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud "Dr. Carlos Malbrán".

SECRETARIA DE PROGRAMAS SANITARIOS

- Hospital Nacional "Profesor Alejandro A. Posadas".

- Hospital Nacional "Baldomero Sommer".

- Colonia Nacional "Dr. Manuel Montes de Oca".

-Servicio Nacional de Rehabilitación y Promoción de la Persona con Discapacidad.

SUBSECRETARIA DE PROGRAMAS DE PREVENCION Y PROMOCION

- Centro Nacional de Reeducación Social.

- Instituto Nacional de Rehabilitación Psicofísica del Sur.

Administracionius UNLP

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