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MINISTERIO DE SALUD




MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 24/2002

Apruébase la estructura organizativa del citado Departamento de Estado.

Bs. As., 25/4/2002

VISTO el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y lo propuesto por el MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el citado Decreto se aprobó el organigrama de aplicación en la Administración Pública Nacional centralizada y los objetivos de las Unidades Organizativas definidas en el mismo.

Que el artículo Nº 19 del Decreto aludido establece la obligación de presentar a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la propuesta de estructura de nivel operativo aplicando una importante reducción con relación a la vigente, con el objeto de contribuir con ahorros en la actual situación de emergencia.

Que el MINISTERIO DE SALUD ha dado cumplimiento a la reducción exigida por la norma mencionada en el párrafo precedente.

Que la nueva estructura organizativa propuesta por el señor Ministro del Area, la cual reemplaza a la aprobada por Decreto Nº 1106 del 27 de noviembre de 2000, establece un modelo de gestión apropiado para cumplir con las competencias que tiene asignadas el área y se encuentra adecuada y compatibilizada con las políticas que en materia de salud fueron fijadas para ese ámbito por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y el inciso 12 del artículo 16 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1º
— Apruébase la estructura organizativa del MINISTERIO DE SALUD de conformidad con los organigramas, responsabilidades primarias, acciones y planta permanente y transitoria que como Anexos Ia), Ib), Ic) y Id), II y III, forman parte integrante de la presente.

Art. 2º — El MINISTERIO DE SALUD deberá elaborar y aprobar las aperturas inferiores a las que se aprueban por la presente en concordancia con lo establecido por el Decreto Nº 1545 del 31 de agosto de 1994 y su reglamentación, facultándose al titular de la jurisdicción a recomponer en función de la departamentalización que se apruebe los cuadros de dotación detallados en el Anexo III de este acto a efectos de redistribuir los cargos establecidos conforme las necesidades emergentes de la misma. Hasta tanto se formalice la ratificación o designación de los titulares de las unidades que por la presente se establecen y de las aperturas inferiores que se aprueben, conservarán su vigencia los Suplementos por Función Ejecutiva y por Jefatura oportunamente asignados a los responsables de las unidades existentes a la fecha.

Art. 3º
— El gasto que demande la aplicación de la presente Decisión Administrativa se atenderá con las partidas presupuestarias asignadas en el presupuesto vigente para la jurisdicción 80 – MINISTERIO DE SALUD.

Art. 4º
— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Ginés M. González García.








ANEXO II

MINISTERIO DE SALUD

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

Responsabilidad Primaria:

Realizar todos los exámenes integrales e integrados de las actividades, procesos y resultados del MINISTERIO DE SALUD de manera de asegurar la continua optimización de los niveles de eficacia, eficiencia y economía de la gestión Ministerial.

Acciones:

1. Elaborar el planeamiento general de la auditoría interna de acuerdo con las Normas Generales de Control Interno y de Auditoría Interna, aplicando el modelo de control integral e integrado.

2. Informar fielmente y de inmediato a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION la falta de cumplimiento de cualquiera de las normas que rigen los sistemas de Control Interno y Administración Financiera.

3. Elaborar el Ciclo de Auditoría y el Plan Anual de Auditoría Interna y obtener la aprobación de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

4. Participar en la definición de normas y procedimientos a efectos de establecer el sistema de control interno y efectuar su seguimiento.

5. Verificar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos establecidos para la jurisdicción.

6. Producir informes sobre las actividades desarrolladas y en su caso, formular las observaciones y recomendaciones que correspondan y efectuar su seguimiento.

7. Revisar y evaluar la aplicación de los controles operativos, contables, de legalidad, informáticos y financieros; verificar si las erogaciones son efectuadas de acuerdo con las normas legales y de contabilidad aplicables y a los niveles presupuestarios correspondientes; determinar la confiabilidad de los datos que se utilicen en la elaboración de la información; determinar la precisión de las registraciones de los activos y las medidas de resguardo para protegerlos.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION DE DESPACHO

Responsabilidad Primaria:

Entender en la gestión de la documentación administrativa y atender el despacho del señor Ministro.

Acciones:

1. Controlar el cumplimiento de las normas que regulan los procedimientos administrativos.

2. Realizar el seguimiento de los expedientes y proyectos, controlando el cumplimiento de las normas relativas a documentación administrativa, como así también de los plazos de tramitaciones establecidos.

3. Atender la recepción, registro, redacción, tramitación, distribución y custodia de los proyectos de Leyes, Decretos y Resoluciones de la Jurisdicción Ministerial y controlar desde un punto de vista formal los mismos, formulando las observaciones pertinentes, con intervención de las áreas competentes en la materia.

4. Realizar el seguimiento de los expedientes y proyectos controlando el cumplimiento de los procedimientos administrativos relativos a los mismos.

5. Asegurar la recepción y salida de la documentación administrativa proveniente de otras jurisdicciones ministeriales o entes descentralizados o dirigida a los mismos; recibir y archivar la documentación administrativa; proporcionar las vistas, notificaciones y toda información para la correcta atención del usuario.

6. Numerar y expedir copia autenticada de todas las resoluciones y disposiciones dictadas por el señor Ministro y los señores Secretarios y Subsecretarios del área, archivando su original.

7. Entender en el cotejo y certificación de las firmas de los funcionarios de la Jurisdicción.

DIRECCION DE SUMARIOS

Responsabilidad Primaria

Entender y efectuar todo lo vinculado con la instrucción de sumarios administrativos e informaciones sumarias, que corresponda promover al personal de la jurisdicción ministerial. Sustanciar todos aquellos sumarios en cumplimiento de la legislación vigente en materia sanitaria, que no sean de específica competencia de los organismos descentralizados.

Acciones:

1. Efectuar las investigaciones de los hechos u omisiones que han dado lugar a la instrucción del sumario.

2. Adoptar las providencias el caso y dirigir los procedimientos conforme a lo estipulado en la normativa correspondiente y efectuar las informaciones sumarias que resulten procedentes.

3. Supervisar la recopilación de informes y de documentación, necesaria para determinar el perjuicio fiscal y la responsabilidad patrimonial y la emergente en materia sanitaria.

4. Realizar la instrucción de los sumarios administrativos en el ámbito del Ministerio y los derivados de la legislación vigente en materia sanitaria.

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

Responsabilidad Primaria:

Atender la gestión contable, económica, financiera, presupuestaria y patrimonial de la jurisdicción, la derivada del diseño e implementación de sistemas informáticos, el cumplimiento de las normas que regulan los procedimientos administrativos y la prestación de los servicios generales, de mantenimiento y seguridad. Dirigir el Plan anual de Adquisiciones y coordinar el apoyo administrativo a las Comisiones de Evaluación y de Recepción Definitiva. Entender en la administración de la política de recursos humanos, en la aplicación de las normas que regulan al personal en su carrera administrativa, su capacitación y desarrollo, en las relaciones laborales y en las acciones de planeamiento y diseño organizacional, procurando mejorar los niveles de productividad y satisfacción laboral y la calidad en la prestación de los servicios a cargo de la jurisdicción.

Acciones:

1. Programar y controlar los actos administrativos vinculados con la gestión económica, financiera, patrimonial y de contrataciones de la jurisdicción.

2. Gestionar y operar los ingresos y egresos de fondos y valores, pagos de gastos y recepción, custodia y provisión de especies valorizadas.

3. Realizar la gestión de bienes y servicios que requieran los distintos sectores de la jurisdicción.

4. Supervisar la prestación de los servicios generales y de mantenimiento.

5. Coordinar, planificar y supervisar la implementación y desarrollo de sistemas informáticos en cuanto a requerimientos de equipos como de programas y utilitarios.

6. Atender todo lo relacionado con la administración del personal de la Jurisdicción.

7. Coordinar y asistir técnicamente el proceso de búsqueda, selección e integración del personal y en el de capacitación de los recursos humanos.

8. Monitorear el estado de avance del personal en el régimen de carrera y proponer las políticas y medidas pertinentes.

9. Implementar las acciones de análisis, planeamiento y diseño organizacional así como las modificaciones de la estructura organizativa que correspondan en consecuencia.

10. Entender en la elaboración del presupuesto anual de la jurisdicción de acuerdo a los planes y políticas nacionales y la normativa vigente, coordinar los procesos de ejecución presupuestaria, analizar la evolución del presupuesto y evaluar su ejecución y proponer las modificaciones necesarias.

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

Responsabilidad Primaria:

Asesorar en todos los asuntos de carácter jurídico de competencia de la jurisdicción ministerial, con el fin de promover el perfeccionamiento de las disposiciones legales y reglamentarias, en el análisis de los anteproyectos de legislación y en la revisión y compatibilización de las medidas originadas en otros organismos. Asumir la representación patrocinio del Estado Nacional en los juicios correspondientes a la jurisdicción ministerial.

Acciones:

1. Intervenir en todos los proyectos de leyes y otros actos administrativos que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción.

2. Asesorar en forma permanente en los aspectos legales a las distintas áreas del Ministerio.

3. Representar al Estado Nacional en los juicios en que el Ministerio sea parte como actor o demandado y atender las actividades derivadas de la presentación de recursos y denuncias administrativas.

4. Atender, a través de sus profesionales letrados, el asesoramiento legal de las comisiones que se constituyan cuando así lo disponga la superioridad y los procedimientos preparatorios de todo contrato convenio a celebrar por las distintas dependencias de la jurisdicción.

5. Supervisar de acuerdo a las instrucciones que imparta la superioridad el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a los organismos descentralizados.

SECRETARIA DE PROGRAMAS SANITARIOS

SUBSECRETARIA DE PROGRAMAS DE PREVENCION Y PROMOCION

DIRECCION NACIONAL DE EMERGENCIAS SANITARIAS

Responsabilidad Primaria:

Diseñar e implementar un Sistema Nacional adecuado y eficiente para la atención de las emergencias y los desastres, que permita coordinar y colaborar, con las jurisdicciones municipales, provinciales y nacionales competentes, la prevención de riesgos y daños a la salud, normatizar y planificar la asistencia y coordinar la evacuación sanitaria, y articular operativos conjuntos en caso de emergencias y/ o desastres que requieran la intervención federal.

Acciones:

1. Normatizar y reglamentar la capacitación, certificación y acreditación del recurso humano propio y de otras jurisdicciones que participa en la respuesta ante situaciones de emergencias y desastres.

2. Categorizar y acreditar el recurso físico en todas las etapas de la atención de las emergencias y los desastres.

3. Diseñar e implementar el Registro Nacional de Emergencias.

4. Diseñar e implementar programas de prevención y control de lesiones con participación de jurisdicciones locales y nacionales.

5. Desarrollar programas de capacitación comunitaria para disminuir la vulnerabilidad de las personas en situaciones de trauma, emergencia y desastres.

6. Producir y comunicar información sobre la prevención de emergencias y desastres.

7. Normatizar y reglamentar la capacitación, certificación y acreditación del recurso humano en desastre.

8. Coordinar en forma directa y permanente con los organismos del estado municipal, provincial y nacional, organismos internacionales y entidades no gubernamentales, las actividades sanitarias de prevención, preparación, mitigación, atención y rehabilitación en sus respectivas competencias ante situaciones de emergencias y desastres.

9. Coordinar y participar en la prestación de apoyo oportuno y eficiente mediante móviles terrestres, aéreos y fluviales en operativos de evacuación, derivación y recepción de víctimas individuales o en masa, en situaciones de emergencias y desastres de origen natural, tecnológico u otro tipo de violencias.

10. Planificar y/o coordinar operativos y acciones específicas a desarrollar en cualquier lugar del país o fuera de él cuando se disponga.

11. Coordinar en sus aspectos técnicos y operativos el servicio de radiocomunicaciones del Ministerio en el ámbito nacional, asegurando una atención de carácter permanente que permita evaluar y asistir la demanda producida en situaciones de emergencia y desastres, así como el mantenimiento preventivo y la reparación de equipos e instalaciones específicos.

12. Coordinar el almacenamiento y distribución de los materiales necesarios para atender en forma inmediata la demanda de asistencia sanitaria generada por emergencias que afecten a la población.

13. Coordinar y evaluar los requerimientos de elementos y equipos destinados a la ejecución de operativos de emergencias y desastres.

DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMAS SANITARIOS

Responsabilidad Primaria:

Proponer y supervisar programas y acciones de protección de la salud y estilos de vida saludables, y vigilancia epidemiológica e intervención en brotes, y desarrollar campañas específicas de prevención de la enfermedad en función de las necesidades sanitarias.

Acciones:

1. Contribuir al diagnóstico del estado sanitario del país y de sus necesidades básicas, realizando el estudio de tendencias específicas de su responsabilidad.

2. Proponer y elaborar programas y proyectos sanitarios en función de las necesidades de salud detectadas en el área de su competencia.

3. Normatizar, ejecutar y evaluar las actividades tendientes al control de enfermedades no transmisibles y de aquellas patologías que se detectan como principales causas de morbimortalidad e incapacidad.

4. Normatizar, ejecutar y evaluar las actividades tendientes al control de enfermedades transmisibles, zoonosis, reservorios y patologías prevalantes que se detectan como causas principales de morbimortalidad e incapacidad.

5. Coordinar las áreas de su competencia y los programas específicos que indique la superioridad en relación con la situación sanitaria de la población.

6. Promover la elaboración de normas de prevención y asistencia a grupos de riesgo, patología y factores que la provocan, que requieran una programación y evaluación específica.

7. Recopilar datos epidemiológicos y la información sanitaria en el área de su competencia.

8. Promover la realización de programas integrales de salud y coordinar las acciones correspondientes.

9. Programar, dirigir y coordinar las campañas nacionales de promoción y protección para la salud.

10. Programar y dirigir los programas nacionales de vacunación y campañas de inmunizaciones específicas.

DIRECCION NACIONAL DE SALUD MATERNO INFANTIL

Responsabilidad Primaria:

Entender en los aspectos relacionados con la salud materno infantil y el adolescente.

Acciones:

1. Diseñar y ejecutar las acciones programáticas referentes a la prevención y el control de los riesgos para la salud de las madres, los niños y los adolescentes, definidos como un grupo de riesgo especial, priorizándolo en el marco de las políticas nacionales.

2. Brindar asistencia técnica a las jurisdicciones, en las áreas de su competencia.

3. Articular y coordinar la estructura y gestión del Programa Nacional de Salud Materno Infantil con el Programa Materno Infantil y Nutrición (PROMIN).

4. Formular programas y proyectos dirigidos a reducir la morbimortalidad materna e infantil, promoviendo el desarrollo infantil temprano, la salud en edad escolar y en la adolescencia, el control del embarazo, parto o puerperio y al niño desde su nacimiento hasta la adolescencia, en coincidencia con los derechos consagrados por la Convención Internacional de los Derechos del Niño y la Convención contra toda Forma de Discriminación contra la Mujer incorporadas a la Constitución Nacional.

5. Diseñar en conjunto con los gobiernos provinciales y municipales estrategias y acciones que sirvan de basamento para la formulación de políticas federales de salud de las madres, niños y jóvenes por parte de las autoridades sanitarias.

6. Promover el desarrollo con los gobiernos provinciales y municipales de programas y proyectos en el campo de la salud materno-infanto-juvenil, en articulación con las instituciones sectoriales de la seguridad social, las instituciones de salud del sector privado, las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones comunitarias.

7. Realizar la transferencia de las normas técnicas de atención materno-infanto-juvenil en nuevas orientaciones de organización de servicios, de programas y proyectos promoviendo acciones de capacitación y actualización permanente.

SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS

SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION

DIRECCION NACIONAL DE REGULACION Y FISCALIZACION

Responsabilidad Primaria:

Coordinar con las distintas jurisdicciones la actualización, armonización y articulación de los distintos marcos regulatorios del Sector Salud.

Acciones:

1. Realizar estudios e investigaciones para la actualización, armonización y articulación de los distintos marcos regulatorios del Sector Salud.

2. Proponer normas destinadas al mejor desarrollo de las funciones de regulación y fiscalización en materia sanitaria del gobierno nacional, articuladamente con las distintas jurisdicciones.

3. Coordinar la normatización y fiscalización de las acciones relacionadas con la sanidad en el área de fronteras y terminales de transporte.

4. Fiscalizar el cumplimiento en todo el territorio del país de las normas vinculadas con la Ley Nº 22.990 de sangre humana, la Ley Nº 23.798 de prevención y lucha contra el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida y la Ley Nº 24.151 de vacunación obligatoria contra la hepatitis B para los trabajadores de la salud.

5. Desarrollar e implementar los instrumentos necesarios para mantener y actualizar periódicamente registros consolidados de la información sanitaria de cada una de las jurisdicciones del territorio argentino, especialmente, pero no excluyentemente, la relativa a los profesionales de la salud, a los establecimientos asistenciales, a los Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada y a los donantes de sangre.

6. Entender en la normativa y mantener el registro de Hospitales de Gestión Descentralizada.

DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE RECURSOS HUMANOS EN SALUD

Responsabilidad Primaria:

Promover las acciones dirigidas al fortalecimiento tanto de los integrantes del equipo de salud, profesionales y no profesionales, como el del recurso básico del sistema sanitario, conforme a las necesidades del mismo.

Promover las acciones destinadas al desarrollo y evaluación de la calidad y gestión en los servicios y establecimientos de salud.

Acciones:

1. Determinar las necesidades del recurso humano específico para el sector salud tanto en cantidad como en sus perfiles profesionales y técnicos, y promover las acciones necesarias tendientes a lograr la adecuación a los requerimientos del sector.

2. Promover la formación de profesionales, técnicos y auxiliares del equipo de salud, conforme a las necesidades prioritarias del sector previamente detectadas.

3. Intervenir y reconocer los programas de formación del equipo de salud en sus diferentes modalidades, tanto de grado como de postgrado.

4. Promover estudios de investigación acerca de la utilización de los recursos humanos en salud, a fin de una mejor adecuación a las políticas nacionales de salud.

5. Intervenir en las adjudicaciones de becas nacionales en el área de la salud, recabar y evaluar los informes y resultados presentados por los becarios.

6. Entender en la formulación de procedimientos atinentes a la calidad de los procesos en servicios.

7. Entender en la formulación de parámetros para la evaluación de la calidad de servicios establecimientos y redes de salud.

8. Promover y desarrollar investigaciones vinculadas a Recursos Humanos y calidad de los servicios de salud.

9. Participar en programas de capacitación profesional y formación en administración y gerencia para el recurso humano en salud.

10. Asistir técnicamente a las jurisdicciones provinciales para la capacitación y el desarrollo de sus Recursos Humanos y de los procesos de calidad en los servicios de salud.

11. Participar y asistir a las reuniones de negociación multi o bilateral que la Argentina desarrolla vinculados a las prestaciones de salud.

12. Propender a la disminución de la morbi-mortalidad por factores de origen laboral, formulando políticas tendientes a promover y proteger la salud de los trabajadores en general y de la administración pública en particular, mediante la prevención y el control de enfermedades relacionadas con el trabajo, los accidentes de trabajo y la eliminación de los factores y condiciones que ponen en peligro la salud y la seguridad en el trabajo.

SUBSECRETARIA RELACIONES SANITARIAS E INVESTIGACION EN SALUD

DIRECCION DE RELACIONES SANITARIAS

Responsabilidad Primaria:

Entender en la coordinación de las actividades relacionadas con las relaciones sanitarias internacionales, federales e institucionales.

Acciones:

1. Intervenir en el seguimiento y evaluación técnica de los convenios sanitarios internacionales bilaterales y multilaterales.

2. Coordinar y establecer actividades de cooperación técnica internacional con organismos internacionales, organizaciones no gubernamentales y los entes gubernamentales de cooperación.

3. Coordinar con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, las actividades sanitarias en el marco de las relaciones internacionales.

4. Coordinar las actividades y acciones relacionadas con los grupos técnicos de trabajo del MERCOSUR.

5. Estudiar la legislación sanitaria de terceros países y la eventual compatibilización de la misma con la nacional.

6. Organizar, coordinar y supervisar el accionar de las Delegaciones Sanitarias Federales en los distritos provinciales del país.

7. Participar en las actividades de coordinación de la Red Sanitaria Nacional.

8. Entender en la organización y coordinación del CO.FE.SA.

9. Coordinar las acciones para el desarrollo de las relaciones institucionales con organismos dependientes de otros poderes del ámbito nacional, provincial y municipal, así como con instituciones del sector no gubernamental, de la seguridad social y privado.

DIRECCION DE ESTADISTICAS E INFORMACION DE SALUD

Acciones:

1. Promover el desarrollo de los programas nacionales y provinciales de estadística de salud.

2. Normatizar y elaborar procedimientos para captación y procesamiento de los datos producidos a nivel jurisdiccional y efectuar su consolidación a nivel nacional.

3. Procesar datos provenientes de registros permanentes, encuestas especiales y censos.

4. Mantener actualizados los datos estadísticos y el registro correspondiente.

5. Promover y capacitar al personal del área de estadísticas nacionales y provinciales en todos sus niveles.

6. Asesorar sobre el funcionamiento de los sistemas estadísticos a nivel central y jurisdiccional.

7. Difundir y publicar la información estadística actualizada de salud a nivel nacional e internacional.




 

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