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MINISTERIO DE LA PRODUCCION




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MINISTERIO DE LA PRODUCCION
Resolución 29/2002
Autorización para efectuar misiones en el exterior de quienes, no revistiendo el carácter de personal de la Administración Pública Nacional ni el de consultores, desempeñen tareas de asesoramiento en el Ministerio
Bs. As., 7/3/2002
VlSTO el Expediente Nº S01:0150396/2002 del Registro del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, el Decreto Nº 280 del 23 de febrero de 1995, relacionado con el cumplimiento de misiones, comisiones oficiales y becas de carácter transitorio en el exterior del país del personal de la Administración Pública Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario adecuar las disposiciones del mencionado Decreto Nº 280 en el ámbito del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, a efectos de regular la autorización para efectuar misiones en el exterior de quienes, no revistiendo el carácter de personal de la Administración Pública Nacional ni el de consultores, desempeñen tareas de asesoramiento en el área de este Ministerio.
Que de conformidad con las facultades otorgadas por el Decreto Nº 280 del 23 de febrero de 1995 y por la Ley de Ministerios (T.O. 1992) modificada por el Decreto Nº 355 del 21 de febrero de 2002, corresponde actuar en consecuencia.
Por ello,
EL MINISTRO DE LA PRODUCCION
RESUELVE:
Artículo 1º — Los viajes al exterior de cualquier persona que, no siendo agente de la Administración Pública Nacional ni revistiendo el carácter de consultor contratado en el área de la Jurisdicción, desempeñe tareas de asesoramiento en este Ministerio, deberán ser autorizados por el señor Ministro de la Producción, con sujeción a lo establecido en el Decreto Nº 280 del 23 de febrero de 1995.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICLAL y archívese. — José I. de Mendiguren.

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