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MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS




MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
SECRETARIA DE ENERGIA
Resolución Nº 1227/2004
Bs. As., 19/11/2004
VISTO, el Expediente Nº S01:0158429/2004 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que la SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES, dependiente de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, solicitó a la UNIDAD DE PREINVERSION de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION los fondos necesarios para financiar la ejecución del Estudio 1.EE.127 "Estudio para el diseño, dimensionamiento e impacto ambiental de los ramales provinciales que derivarán del Gasoducto del Noreste Argentino (GNEA)" en el marco del financiamiento del PROGRAMA MULTISECTORIAL DE PREINVERSION II (CONVENIO DE PRESTAMO BID 925/OC-AR).
Que conforme el Reglamento Operativo del PROGRAMA, el 29 de marzo de 2004 el COMITE TECNICO del referido PROGRAMA, aprobó los términos de referencia, el financiamiento solicitado y el cronograma para la ejecución del mencionado Estudio.
Que asimismo el 13 de abril de 2004 el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO prestó su no objeción a los términos de referencia y a la realización del Estudio.
Que la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION suscribió oportunamente el correspondiente CONVENIO SUBSIDIARIO DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS ENTRE EL PROGRAMA MULTISECTORIAL DE PREINVERSION II (CONVENIO DE PRESTAMO BID 925/OC-AR) y la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Que consecuentemente la financiación de las labores comprendidas en el Estudio serán financiadas parcialmente por el CONVENIO DE PRESTAMO ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (CONVENIO DE PRESTAMO BID 925/OC-AR) suscripto el día 10 de septiembre de 1996.
Que el proceso de selección y contratación previsto aplicar se encuentra exceptuado de lo mandado por la legislación nacional, según lo normado por el inciso c) del Artículo 5º del Decreto Nº 1023 de fecha 13 de agosto de 2001, Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional, según la sustitución efectuada por el Artículo 2º del Decreto Nº 666 de fecha 20 de marzo de 2003, concordante con el inciso d) del Artículo 3º del Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del ESTADO NACIONAL aprobado mediante el Decreto Nº 436 de fecha 30 de mayo de 2000.
Que en tal sentido será aplicable el proceso de selección y contratación establecido por el Anexo B del CONVENIO DE PRESTAMO ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (CONVENIO DE PRESTAMO BID 925/OC-AR), de conformidad con las NORMAS Y POLITICAS PARA LA ADQUISICION DE SERVICIOS DE CONSULTORIA (Febrero 2004) emitidas por el mencionado organismo de crédito.
Que a tales efectos corresponde el establecimiento del Comité de Selección, que estará compuesto por UN (1) Presidente y TRES (3) profesionales dependientes de esta Secretaría.
Que para la elección de los cocontratantes se prevé aplicar en lo sustancial, el procedimiento de Licitación Pública Nacional teniendo en cuenta criterios de idoneidad para la ejecución del Estudio, de conformidad con los Términos de Referencia del Estudio oportunamente no objetados por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO y las Políticas y Procedimientos para la Adquisición de Servicios de Consultoría vigentes en el mencionado organismo internacional de crédito.
Que los principios generales previstos para el Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional se encuentran plenamente contemplados y honrados en el proceso de selección y contratación que se prevé aplicar.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete, conforme lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Que la presente resolución se dicta de conformidad con las facultades otorgadas por el Decreto Nº 1023 de fecha 13 de agosto de 2001, y su reglamentación aprobada por el Decreto Nº 436 de fecha 30 de mayo de 2000, y por el Decreto Nº 27 de fecha 27 de mayo de 2003.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGIA
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Apruébase el proyecto de Pliego de Precalificación y Selección de Firmas Consultoras para la Ejecución del Estudio 1.EE.127, "Estudio para el diseño, dimensionamiento e impacto ambiental de los ramales provinciales que derivarán del "Gasoducto del Noreste Argentino (GNEA)" que se acompaña en fotocopia autenticada como Anexo I de la presente resolución.
ARTICULO 2º — Créase en el ámbito de esta repartición el Comité de Selección de Firmas Consultoras que ejecutarán los servicios profesionales previstos en el marco del Estudio al que se refiere el artículo 1º de la presente resolución.
El Comité de Selección será presidido por el señor Subsecretario de Combustibles, Licenciado Cristian Alberto FOLGAR (D.N.I. Nº 22.098.564) y estará compuesto por la señora Directora General de Cooperación y Asistencia Financiera Dra. Marta ZAGHINI (D.N.I. Nº 11.399.667) y por los asesores de la SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES, Ingeniero Carlos BUCCIERI (L.E. Nº 4.162.501) y Contadora Pública Nacional Ana Luisa REGGIARDO (D.N.I. Nº 12.990.998).
ARTICULO 3º — Apruébase el Reglamento de Actuación del Comité de Selección que se acompaña en fotocopia autenticada como Anexo II de la presente resolución.
ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. DANIEL CAMERON, Secretario de Energía.
–––––––––
NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar e. 26/11 Nº 465.389 v. 26/11/2004

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