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Ministerio de Justicia y Derechos Humanos




Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

OFICINA ANTICORRUPCION

Resolución 458/2001

Apruébase el Plan de Acción de la citada Oficina.

Bs. As., 30/5/2001

VISTO el expediente N° 129.623/01 del registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION creó la OFICINA ANTICORRUPCION en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS mediante la Ley N° 25.233, modificatoria de la Ley de Ministerios (t.o. 1992), con el cometido de elaborar y coordinar programas de lucha contra la corrupción y ejercer las competencias y atribuciones establecidas en los artículos 26, 45 y 50 de la Ley N° 24.946.

Que por su parte el Decreto N° 102 de fecha 23 de diciembre de 1999, determinó las competencias y funciones de la aludida OFICINA ANTICORRUPCION.

Que entre las obligaciones de esa Oficina, instituidas por la mencionada norma, consta la de elaborar y elevar el Plan de Acción para su aprobación.

Que, dicha norma dispone en forma específica que el aludido Plan de Acción contendrá los criterios de significación institucional — impacto sobre la credibilidad de las instituciones—, social —bienes sociales y población afectada— y económico —monto del supuesto perjuicio—, los que sirven como parámetros para regular el ejercicio de las competencias atribuidas a esa Oficina.

Que en cumplimiento de las mencionadas normas la OFICINA, ANTICORRUPCION, ha elevado el Plan de Acción.

Que el mencionado Plan establece una detallada descripción de las acciones, programas y actividades que la OFICINA ANTICORRUPCION lleva a cabo en cumplimiento de las normas que rigen su misión y funciones.

Que, asimismo, el Plan de Acción contiene una ajustada determinación del alcance de los criterios de significación institucional, social y económica, que se articula en forma razonable con los objetivos propuestos para esa dependencia.

Que en orden a lo expuesto, se considera que la propuesta de Plan de Acción es apropiada para la consecución de los objetivos y misiones de la OFICINA ANTICORRUPCION como parte de una política pública del ESTADO NACIONAL en las áreas de control de la corrupción y transparencia en la gestión.

Que ha tomado intervención el servicio de asesoramiento jurídico de este Ministerio.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 4°, inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios —t.o. 1992— y sus modificatorias y el Decreto N° 102/99.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:

Artículo 1°
— Aprobar el Plan de Acción de la OFICINA ANTICORRUPCION que como Anexo I forma parte integrante de la presente.

Art. 2°
— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge E. De La Rúa.

NOTA: Esta resolución se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Capital Federal).

Administracionius UNLP

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