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MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Resolución N° 290/2004




MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

Resolución N° 290/2004

Bs. As., 26/10/2004

VISTO el Expediente N° S01:0131681/2003 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION está realizando un importante esfuerzo para informatizar la gestión de los trámites que las empresas y particulares realizan ante ella.

Que la informatización prevista demandará efectuar el mantenimiento de los sistemas que existen y de los que se incorporen en el futuro.

Que resulta económicamente conveniente encarar algunos desarrollos con capacidad técnica propia y simultáneamente propender al desarrollo de la mencionada capacidad técnica.

Que en el ámbito de esta Secretaría existe un grupo técnico que realiza habitualmente tareas de desarrollo y mantenimiento de sistemas.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que el dictado de la presente medida no implica erogación alguna para el ESTADO NACIONAL.

Que la presente resolución, se dicta en ejercicio de las facultades otorgadas por el Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo de 2003.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Confórmase la UNIDAD DE ADMINISTRACION, DESARROLLO Y MANTENIMIENTO DE SISTEMAS, la cual dependerá de la Unidad de Control de Gestión y Mejora Normativa dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

ARTICULO 2° — Que el dictado de la presente medida no implica erogación alguna para el ESTADO NACIONAL.

ARTICULO 3° — Se faculta para incorporar en la Unidad que se crea en Artículo 1° de la presente medida, a los agentes que actualmente realizan desarrollo y/o mantenimiento de sistemas en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA y de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL ambas dependientes de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, de acuerdo con las modalidades y cronogramas que determine la Unidad de Control de Gestión y Mejora Normativa de esta Secretaría.

ARTICULO 4° — Asígnase la función de Coordinador de la UNIDAD DE ADMINISTRACION, DESARROLLO Y MANTENIMIENTO DE SISTEMAS al señor Programador de Sistemas y Arquitecto Don Luis Gabriel DI PAOLO (M.I. N° 16.558.143).

ARTICULO 5° — Apruébase el Anexo que, con UNA (1) hoja establece las funciones de la UNIDAD DE ADMINISTRACION, DESARROLLO Y MANTENIMIENTO DE SISTEMAS, el que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. ALBERTO JUAN DUMONT, Secretario de Industria, Comercio y de la PyME.

ANEXO

FUNCIONES DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACION,

DESARROLLO Y MANTENIMIENTO DE SISTEMAS.

1. — Proveer el mantenimiento de los sistemas específicos de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

2. — Desarrollar los sistemas que se le soliciten y administrar sus respectivas bases de datos, cumpliendo con las normativas de desarrollo dictadas por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION dependiente de la SUBSECRETARIA DE GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

3. — Determinar los planes de contingencia frente a fallas o roturas de equipos y/o sistemas.

4. — Ejecutar los planes de contingencia cuando corresponda.

5. — Coordinar con las autoridades técnicas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION los mecanismos de resguardo para los sistemas y la información.

6. — Colaborar con la Unidad de Control de Gestión y Mejora Normativa en la determinación de las necesidades en materia de sistemas y/o insumos relacionados con la informática.

7. — Colaborar con la Unidad de Control de Gestión y Mejora Normativa en el diseño del plan de sistemas.

8. — Desarrollar sitios web para la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA y de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL, ambas dependientes de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.

e. 28/10 N° 462.717 v. 28/10/2004

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