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Mayorías


Tengo una duda que me acompaña desde mis primeros pasos en la carrera de abogacia en la UBA... ¿cuantas clases de mayorias hay y en que consiste cada? ¿Se aplican a todas las ramas del derecho o pueden tener particularidades en alguna rama en especial? Espero que sepan responderme. Saludos

pablisho Sin Definir Universidad

Respuestas
UNMDP
BJL Súper Moderador Creado: 27/12/08
Es muy abarcativo lo que preguntas; porque mayorías hay en practicamente todo el derecho: legislativas, jurisdiccionales, comunitarias (condominio, prop horizontal, prehorizontalidad, comunidad hereditaria, sociedades), electorales, etc.
A su vez hay que diferenciar mayorías de quorum, que hay veces se suelen confundir.
Por otra parte, la forma en que se computan, si sobre el total o sobre el total de los presentes.

Pero no existe una regla general sobre las mayorías que abarque TODO el derecho.

La clasficiación más habitual es en mayorias simples y mayorias especiales

Mayorías simples, son aquellas que se aprueban por, como su nombre lo indica, simple mayoria de votos. Es decir: si tenemos 3 propuestas y una adquiere el 40% de los votos, y las dos restantes 30% cada una. Se adopta la primera.

Mayorias especiales; habitualmente nos encontramos con dos formas:

- Mayoría absoluta; para que se adopte una moción, es requisito indipensable que esta obtenga la mayoría más uno de los votos.
Si votan 100 personas; la que resulte victoriosa deberá obtener 51 votos.

- Mayoría de los 2/3; es la otra que se usa habitualmente. En este caso si son 100 los votantes, se requerirán 75 votos como mínimo para que la moción resulte vencedora.

Sin Definir Universidad
pablisho Ingresante Creado: 27/12/08
Gracias bjl. aclaraste mi duda. Saludos

UMSA
EJA Moderador Creado: 27/12/08
Una buena y sucinta explicación acerca de las mayorías, cuestión que no suele suscitar problema alguno, a diferencia de la frecuente ausencia de los términos "total" o "presente", particularmente en los textos constitucionales, vocablos que determinan cuál valor debe tomarse para calcular tales mayorías, y ha sido objeto de extensos y arduos debates entre los doctrinarios a lo largo de la historia del constitucionalismo.

Sin embargo, creo, existe un pequeño error en la exposición BJL.

Si tomamos el valor 100 y queremos averiguar cuánto representa en números enteros la fracción 2/3, en primer lugar, debemos tener en cuenta que 3/3 es el total, o sea equivale a 100, con lo que tal valor está divivido en tres partes iguales. En este caso, queremos deducir dos partes de ese entero, por lo cual (teniendo en claro que la fracción es una división) debemos efectuar la siguiente operación:

2 / 3 = 0,^67 * 100 = 66,^67

De esta forma, siendo 100 los votantes y requriéndose una mayoría de 2/3, se necesitarían 67 votos para alcanzarla.

Saludos.

PD: El signo ^ representa la periodicidad del número, en este caso, del 6.

UNMDP
BJL Súper Moderador Creado: 27/12/08
jajajaja sisi me la mande con los numeros.... Es como señala EJA.

75 serían si la mayoría fuese de 3/4


Saludos

UMSA
EJA Moderador Creado: 27/12/08
Errores totalmente perdonables, no somos muy adeptos a las ciencias duras!

Saludos.

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