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Uno mas.... ¿Y van?


Bueno, parece que una vez más van a intentar unificar los Códigos Civil y Comercial. Esto me llego hoy por mail, es la resolución del Ministerio de Justicia:

Resolución 1710/2008. Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos

CÓDIGO CIVIL

CÓDIGO DE COMERCIO

Comisión para la Elaboración del Proyecto de Ley de Reforma, Actualización y Unificación de los Códigos Civil y Comercial. Creación. Integración. Invitación.



del 27/06/2008; publ. 04/07/2008

VISTO el Expediente Nº 166.008/08 del registro de este Ministerio, la necesidad de proceder a actualizar la legislación nacional en materia de derecho privado, y CONSIDERANDO:

Que el CODIGO CIVIL, siendo una pieza jurídica de reconocido mérito, preveía un mecanismo para su propia actualización conforme los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 340, que mandaban requerir de los tribunales federales y provinciales informes anuales sobre las dudas y dificultades que su aplicación pudiera ofrecer en la práctica. Esta apertura del codificador muestra que, desde sus orígenes, se pensó en la necesidad de incorporar las reformas que los tiempos futuros demandaran. Durante muchos años, este proceso se realizó a través de numerosas leyes especiales que fueron actualizando diversos aspectos de los Códigos Civil y Comercial.

Que esta obra llevada a través de la legislación especial, afectó, con diversa intensidad, el ordenamiento lógico y la estructura de principios y reglas existentes en los Códigos referidos. Por esta razón es que se promovieron varios intentos de reforma integral del CODIGO CIVIL, a fin de superar aquellos obstáculos, procurando elaborar una obra que, sin sustituir la legislación especial, contenga una serie de principios generales que organicen el sistema.

Que en los últimos años se generalizó la idea de la unificación de los Códigos Civil y Comercial, porque la realidad misma fue imponiendo estos criterios y fue necesario afirmar la existencia de un derecho privado comprensivo de ambos sistemas.

Que el sistema de derecho privado, en su totalidad, fue afectado por grandes transformaciones culturales y legislativas de todo tipo, que modificaron también la concepción general para regular los nuevos desafíos que presenta la sociedad. En este sentido, ha sido importantísima la influencia de la reforma constitucional de 1994, así como los tratados de derechos humanos y la interpretación que la jurisprudencia hizo de todo ello.

Que finalmente, cabe tener en cuenta también los procesos de integración y las codificaciones de la región, puesto que sería deseable promover cierta armonización en los aspectos fundamentales.

A través del tiempo hubo numerosos proyectos de reformas, a saber:

1. El anteproyecto de 1926 preparado por el doctor Juan Antonio BIBILONI.

2. El proyecto de 1936 y el Anteproyecto de 1954, redactado bajo la dirección del doctor Jorge Joaquín LLAMBIAS.

3. El proyecto de Unificación de la Legislación Civil y Comercial (año 1987), que fue preparado por una Comisión Honoraria que integraron los doctores Héctor ALEGRIA, Atilio A. ALTERINI, Jorge H. ALTERINI, Miguel C. ARAYA, Francisco A. DE LA VEGA, Horacio P. FARGOSI, Sergio LE PERA y Ana I. PIAGGI; fue sometido en la HONORABLE CAMARA DE SENADORES DE LA NACION al análisis de una COMISION TECNICA JURIDICA, que presidió el doctor Luis MOISSET de ESPANES, a quien acompañaron los doctores José L. GARCIA CASTRILLON, Fernando J. LOPEZ de ZAVALIA, Luis NIEL PUIG, Juan C. PALMERO, Juan F. RAVIGNANI, José D. RAY, Adolfo M. RODRIGUEZ SAA, Mario C. RUSSOMANNO, Carlos SUAREZ ANZORENA, Ernesto C. WAYAR y Eduardo A. ZANNONI.

4. La denominada Comisión Federal de la HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION elaboró, a su vez, otro proyecto de unificación, que fue sancionado el 3 de noviembre de 1993, la Comisión Honoraria redactora fue integrada por los doctores Héctor ALEGRIA, Jorge H. ALTERINI, Miguel C. ARAYA, María ARTIEDA de DURE, Alberto M. AZPEITIA, Enrique C. BANCHIO, Alberto BUERES, Osvaldo CAMISAR, Marcos M. CORDOBA, Rafael MANOVIL, Luis MOISSET de ESPANES, Jorge MOSSET ITURRASPE, Juan C. PALMERO, Ana I. PIAGGI, Efraín H. RICHARD, Néstor E. SOLARI, Félix A. TRIGO REPRESAS y Ernesto C. WAYAR.

5. El PODER EJECUTIVO NACIONAL mediante una Comisión creada por Decreto Nº 468 de fecha 19 de marzo de 1992, redactó un proyecto cuyo texto fue remitido al SENADO DE LA NACION y publicado en el Diario de Asuntos Entrados del 13 de agosto de 1993; la Comisión Honoraria redactora estuvo compuesta por los doctores Augusto C. BELLUSCIO, Salvador Darío BERGEL, Aída R. KEMELMAJER de CARLUCCI, Sergio LE PERA, Julio C. RIVERA, Federico VIDELA ESCALADA y Eduardo A. ZANNONI. 6. Por Decreto Nº 685 de fecha 17 de mayo de 1995, el PODER EJECUTIVO NACIONAL creó una Comisión integrada por los doctores Augusto C. BELLUSCIO, Antonio BOGGIANO, Aída R. KEMELMAJER de CARLUCCI, Eduardo A. ZANNONI, Héctor ALEGRIA, Atilio A. ALTERINI, Jorge H. ALTERINI, Horacio ROITMAN, Julio RIVERA, María J. MENDEZ COSTA, que terminó redactando un CODIGO CIVIL que se presentó el 8 de julio de 1999.

Que la historia de los proyectos descriptos muestra una voluntad coincidente y reiterada a través del tiempo sobre la necesidad de reformar y actualizar los Códigos Civil y Comercial.

Que la circunstancia de que todos los proyectos ensayados durante varias décadas no obtuvieran sanción definitiva, obliga a identificar sus causas y a evitarlas, tratando de lograr una obra de efectiva concreción.

Que por la razón expuesta precedentemente es menester crear una Comisión capaz de buscar los consensos necesarios, de aprovechar el material de trabajo ya realizado, de efectuar consultas y dar participación a la comunidad académica.

Que también resulta necesario que participen integrantes del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, a fin de que se pueda hacer saber al cuerpo los avances para poder discutir, en el momento mismo de elaboración del proyecto, con la más amplia participación.

Que para ello resulta conveniente disponer la creación, en el ámbito de este Ministerio, de una Comisión con un número razonable de miembros que tendrá por objetivo específico, la elaboración de un proyecto de ley de reforma, actualización y unificación de los Códigos Civil y Comercial.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 4º, inciso b), apartado 9) y el artículo 22, inciso 11, de la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificatorias.

Por ello,

El Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos resuelve:

Art. 1. - Créase en el ámbito de este Ministerio la COMISION PARA LA ELABORACION DEL PROYECTO DE LEY DE REFORMA, ACTUALIZACION Y UNIFICACION DE LOS CODIGOS CIVIL Y COMERCIAL.

Art. 2. - La Comisión creada a través del artículo 1º de la presente tendrá a su cargo el estudio de reformas al CODIGO CIVIL y al CODIGO DE COMERCIO que considere necesarias, a fin de dar conclusión a un texto homogéneo en todo el referido cuerpo normativo.

Art. 3. - Invítase a integrar la mencionada Comisión a los señores Ministros de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION, doctores Ricardo Luis LORENZETTI y Elena HIGTHON de NOLASCO, como así también y en representación del ámbito académico a los doctores Eduardo A. ZANNONI, Héctor ALEGRIA y Roland ARAZI. Asimismo invítase a la HONORABLE CAMARA DE SENADORES DE LA NACION y a la HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION a designar DOS (2) representantes, respectivamente, y a la JUNTA FEDERAL DE CORTES Y SUPERIORES TRIBUNALES DE JUSTICIA DE LAS PROVINCIAS ARGENTINAS a designar UN (1) representante. Los integrantes de la Comisión desempeñarán su cometido "ad honorem".

Art. 4. - La Comisión será coordinada técnicamente por la titular de la SECRETARIA DE JUSTICIA.

Art. 5. - La Comisión deberá elevar un proyecto de ley de reforma, actualización y unificación del CODIGO CIVIL y del CODIGO DE COMERCIO en el plazo de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos, a partir de la fecha de su constitución, plazo que podrá ser ampliado por Resolución del suscripto Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos a requerimiento de la Comisión.

Art. 6. - La Comisión dictará su propio reglamento, se reunirá periódicamente, decidirá por mayoría y si no la hubiere, el presidente tendrá doble voto.

Art. 7. - Para el cumplimiento de su cometido, la Comisión podrá requerir el apoyo técnico y administrativo de la DIRECCION GENERAL DE ASISTENCIA TECNICA Y LEGISLATIVA, dependiente de la SECRETARIA DE JUSTICIA de este Ministerio.

Art. 8. - Facúltase a la señora Secretaria de Justicia para designar al Secretario de la Comisión creada por el artículo 1º de la presente, a cursar las comunicaciones y emitir los actos de implementación que resulten necesarios para el cumplimiento de la presente Resolución.

Art. 9. - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Aníbal D. Fernández.





A decir verdad respeto a los Doctrinarios invitados; pero creo que se ha dejado gente muy importante afuera, por ejemplo: Kemelmajer de Carlucci, Mosset Iturraspe, los dos Alterini, Trigo Represas, Lopez Mesa... Por citar algunos nombres y podría seguir nombrando.

En fin, no le veo buen destino a este nuevo intento.



Saludos

BJL UNMDP

Respuestas
UNC
RAB Usuario VIP Creado: 04/07/08
¿Como era el dicho? Mas vale malo conocido que.... ¿?¿...¿que voy a hacer con unos CC comentado que estoy comprando?.
Como empece la facu en los 90 tuve que estudiar el proyecto 92, luego el 98, y la verdad este tema mas alla del comentario ironico de inicio, ya me tiene medio cansado y como dice BJL faltan nombres claves...habra que esperar.
Saludos

Estamos como estamos porque somos como somos

UNCUYO
gustius Premium II Creado: 04/07/08
el problema me parece que no son los nombres claves que faltan por que aunque, esten presentes en la comisión, este proyecto tiene el destino que todos conocemos, se prepara, se aprueba, se discute, desaparece o se pierde, pasan unos 4 años se prepara uno nuevo. etc, etc.

igual es verdad que ya me canse de estudiar proyectos de unificacion y reforma, ni hablar de tener que comprar codigos nuevos!!

El abogado es un caballero que salva vuestros bienes de vuestros enemigos y se los queda para él.



Lord Brougham



[b][i]

UMSA
EJA Moderador Creado: 04/07/08
Lo que dice Gustius es lo que ha de ocurrir fatalmente, o sea, como todo en nuestro país. También estoy cansando de estudiar los proyectos de reforma que algunos carecen de apego a la realidad y se quedan en divulgaciones de rigor científico poco útiles para lo que debería implicar el "gran cambio".

Lo que señala BJL en cuanto a las personalidades ausentes es de suma importancia. Muchos de los proyectos anteriores fueron redactados por un grupo selectivo de la doctrina, y luego fueron pasibles de una lluvia de críticas por parte de la doctrina no participante en los mismos. Y lo más preocupante es que las críticas eran válidas y tenían un sustento importante, lo cual dejaba a la luz las falencias de los proyectos redactados.

Y por último, me quedo con la inconclusa frase de RAB de "más vale malo conocido que......"

Saludos.

Sin Definir Universidad
Josegon Cursando Materias Creado: 06/07/08
¿¿¿Otra vez??? Bueno, es cuestion de esperar, vamos a ver si esta vez el proyecto prospera, aunque no se... mucha fe no le tengo sinceramente, en este pais siempre se hacen las cosas a medias

Sin Definir Universidad
drcorrea Cursando Materias Creado: 12/07/08
Miren... les voy a hacer una pregunta! no es de ignorante ni nada... pero yo empece con la carrera el año pasado y recien este año se podria decir que estoy mas cerca del "Derecho", y la verdad que no conozco que sucedio exactamente con todos esos proyectos que quedaron en nada... alguien puede hacerme una pequeña reseña de todos esos proyectos? (tanto juridicamente, como por que quedaron en nada) porque la verdad que me intriga!
Saludos
Leandro

UNMDP
BJL Súper Moderador Creado: 12/07/08
Responder a tu consulta llevaria horas y horas de debate y opiniones personales, respecto de si cada uno estuvo bien o mal....

Como reseña se me viene a la mente los de reforma de 1936, el de Bibiloni y el de 1956.
Proyectos de Unificación, el de 1987. El de Diputados de 1993 y el del Poder Ejecutivo del mismo año, y el más reciente el de 1998, del cual aca te dejo los links:

Proyecto de Codigo Civil y Comercial Unificado de 1998, con sus fundamentos

y Proyecto de 1998 sancionado por diputados.


En cuanto a material doctrinario, de cada intento de reforma se han escritos miles y miles de kilometros de tinta....

Si queres algo escueto y que te quede más o menos en claro de que trato cada uno: Rivera, Julio Cesar - Instituciones de Derecho Civil Tomo I - Páginas 257 y siguientes.


Saludos!

UCASAL
marinaschifrin Cursando Materias Creado: 12/07/08
Sería bueno que se hiciera de una buena vez, estoy terminando la carrera y los dos códigos están muy complicados, tienen enmienda sobre enmienda y se pierde el sentido, dan lugar a equívocos y supongo que a confusiones y a que algunos obtengan ventajas por las confusiones. Pero no se si se logrará, siempre amagan y no lo hacen, mientras tanto, dan de comer a las editoriales y a los autores, que publican libros comentando los proyectos de reforma.Ya al final de la carrera, salteo los comentarios sobre proyectos de reforma que hay en los libros.
Saludos
Marina

UNLP
Nadia Moderador Creado: 12/07/08
yo extrañaria mi codigo civil... mas que cualquier cosa...

al contrario de ustedes a mi nunca jamas me pidieron que estudie el proyecto de reForma de 1998 ... si me lo pidieron no lo hice.. no tiene vida jurdica..

por mas que los autores sean brillante o falten personalidades ilustres... si ay algun interes economico no se aprueba... (y asi se que paso con el del 98).

si considero que es necesaria una reforma... pero seria medio caotico el cambio..

supongo que como dice marinas habra algun negociado atras
y bueno por las dudas mentalicence... que una vez que te recibis tenes que seguir estudiando.

saludos (perdonen la falta de acentos pero esta pc no me los marca)...

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Sin Definir Universidad
drcorrea Cursando Materias Creado: 12/07/08
Eso me llamo la atencion, que hayan estudiado ese sinfin de soluciones que señalan algunos autores de los proyectos de reforma integral.
Lo que me intrigo, es saber qué fue lo que hubo detras de cada rechazo (si es que se puede saber... aunque ahora que pienso lo dudo sea posible) de esos proyectos.
Sería muy caótica la reforma integral del código? por que?

UNMDP
BJL Súper Moderador Creado: 12/07/08
Marina, eso si no te agarra un profesor medio loco como el que tuve yo en Civil I que en los parciales te hace comentar la regulación del Dolo como vicio de la voluntad en el Codigo actual y en el Proyecto de 1998 (esa me acuerdo pero tuvimos en los parciales alguna otra comparacion mas); pero actualmente hago lo mismo, salteo todo lo alusivo a los temas en los proyectos de reforma.

drcorrea; los motivos de los rechazos fueron en parte políticos en parte doctirnarios. Por ejemplo el de 1987, llego en 1991 al Poder Ejecutivo y lo rechazo integro so pretexto de que no era momento para una reforma integral.

Hacer una Reforma integral de un Código, en cuanto a la tarea del trabajo en sí, con la calidad de doctrinarios que tenemos, no resultaría tan dificil. Solo es menester dejar los egos de lado.

Es paradójico que la única reforma grande que se ha hecho (la ley 17.711), emane de una sola persona (Dr. Guillermo Borda) y durante un gobierno de facto.
Pareciera que los Argentinos en algunos temas somos hijos del rigor y para que las cosas se hagan nos las tienen que imponer.
Y como dije en post anterior, dicha Reforma es excelente, si hay algo que le critico a Borda es nada más en materia doctrinaria, que con el paso de los años en sus libros no haya hecho una crítica de algunos deslizes o contradicciones que puede habe generado dicha ley en el esquema el Código.

Pero por su momento, por su objeto y por sus resultados, la 17.711 es excelente.

En fin, veremos que pasa con esta resolución del Ministerio de Justicia, aunque dudo que llegue a buen puerto.


Saludos!

UNLP
Nadia Moderador Creado: 12/07/08
Lamentablemente las grandes leyes y más importantes..... se hicieron en gobiernos de facto...


he ahí la paradoja...


en democracia tenemos que debatir y no lo hacemos...

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