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Ley 24063 del 19/12/91





Ley 24.063


Créase el Parque Nacional Pre-Delta, ubicado en el departamento
Diamante, provincia de Entre Ríos, bajo el régimen
de la Ley 12.103.


Sancionada: Diciembre 19 de 1991.

Promulgada de Hecho: Enero 13 de 1992.


El senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:


ARTICULO 1°- Créase bajo el régimen
de la ley 12.103 el Parque Nacional Pre-Delta, ubicado en el departamento
Diamante, provincia de Entre Ríos, cuyos límites
son los siguientes: al norte: barrancas que lo separan del ejido
de Diamante; al este: arroyo de los Negros hasta su barra con
el arroyo del Ceibo, luego el arroyo del Ceibo hasta su barra
con el arroyo de la Manga, desde esta unión el arroyo de
la Manga hasta la unión con los zanjones del Barillal hasta
su barra con el arroyo Saca Calzones; al oeste: canal del río
Paraná; al sur: arroyo Saca Calzones.


ARTICULO 2°- A los fines dispuestos en el artículo
anterior, se acepta la donación realizada por el Honorable
Concejo Deliberante de la Municipalidad de Diamante, por ordenanza
14/87, sancionada el 7 de mayo de 1987, y referida a una superficie
compuesta de dos mil cuatrocientas cincuenta y ocho hectáreas,
sesenta y dos áreas y setenta y cuatro centiáreas
(2458 ha 62 a y 74 ca), sita en el departamento Diamante, zona
de islas y anegadizos, según plano de mensura 12.265 inscrito
en la Dirección General de Catastro de la provincia de
Entre Ríos, con cargo de destinar la superficie aludida
a la creación del Parque Nacional incorporado al sistema
de la ley 22.351.


En el marco de la ley nacional 22.351 y lo dispuesto por la ley
provincial 8491 (B.O. Pcia. de Entre Ríos 14/8/91), la
provincia de Entre Ríos y la Municipalidad de Diamante,
participan en el manejo del Parque Nacional a través de
acciones coordinadas y conjuntas con la Administración
de Parques Nacionales.


ARTICULO 3° - Comuníquese al Poder Ejecutivo
Nacional. - ALBERTO PIERRI. - MENEM.- Juan Estrada. - Edgardo
Piuzzi.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS
AIRES, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO
MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.

Administracionius UNLP

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