Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

Ley 24.695 del 4/09/96





MINERIA



Ley 24.695



Créase el Banco Nacional de Información

Minera sobre Equipamiento y Recursos Humanos. Dependencia
orgánica y funcional.


Objetivos.

Sancionada: Setiembre 4 de 1996.

Promulgada: Setiembre 25 de 1996



El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina
reunidos en Congreso. etc. sancionan con fuerza de Ley



ARTICULO 1º.-Créase el Banco Nacional de Información
Minera sobre Equipamiento y Recursos Humanos, el que funcionará
bajo dependencia orgánica y funcional de la Secretaria
de Minería de la Nación Se constituirá sobre
la base de la información existente en dicho sector y en
todo organismo dependiente de la administración pública
nacional, centralizada y descentralizada, universidades nacionales,
entes autárquicos u otros en los que el Estado Nacional
o sus entes descentralizados tengan participación total
o mayoritaria de capital o en la formación de las decisiones
societarias.

ARTICULO 2º-Son objetivos del Banco Nacional de Información
Minera sobre Equipamiento y Recursos Humanos



a) El relevar y procesar toda la información sobre el
equipamiento y recursos humanos del sector minero.

b} Estructurar una red de información pública que
permita al usuario un acceso ágil y eficiente a la base
de datos.



c) Editar al menos una vez cada tres años la información
contenida en el sistema

ARTICULO 3°-Los entes enunciados en el artículo
1° quedan obligados a suministrar periódicamente a
la base de datos toda la información sobre el tema objeto
de esta ley, actualizando la información al menos una vez
por año. Es optativo el suministro de dicha información
para las personas físicas o jurídicas del sector
privado.



ARTICULO 4°-Los gastos que demande el cumplimiento
de la presente ley se atenderán de los fondos que anualmente
fija la ley de Presupuesto Nacional para la Secretaria de Minería
de la Nación.



ARTICULO 5°-Invítase a las provincias y a
la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires a adherir a la presente
ley, las que podrán integrarse al Banco Nacional de Información
Minera sobre Equipamiento y Recursos Humanos con la información
generada en sus respectivas jurisdicciones. pudiendo en tal caso
optar por terminales de la base de datos cuando así lo
dispongan.



ARTICULO 6°-Comuníquese al Poder Ejecutivo.-ALBERTO
R. PIERRI-CARLOS R RUCKAUF. -Esther H. Pereyra Arandia de Pérez
Pardo.-Edgardo Piuzzi.



DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS
AIRES, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.



Decreto 1078/96



Bs. As., 25/9/96



POR TANTO:



Téngase por Ley de la Nación N° 24.695 cúmplase,
comuníquese. publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge
A. Rodriguez.- Roque B. Fernández.




Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a Ley 24.695 del 4/09/96