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ley 17094


Hola.. solo queria expresar mi especie de reclamo o pedido..
quise buscar la ley 17094 en la seccion leyes y no esta.. opte por buscar ese material en esta pagina, ya que estoy suscripto y me parecio que seria mas comodo, si alguien la puede subir, seria de mucha utilidad para muchos creo.. saludos!!!

PablitoSfe Sin Definir Universidad

Respuestas
UNLP
zekiel89 Usuario VIP Creado: 15/02/08
si de comodidad se trataba, en vez de gastar tiempo haciendo el post, tipeabas dos palabras en el google y listo. Y es mas te quedaba tiempo para subiela a la pagina. No te parece??

B.O. 29/12/66 LEY 17094 MAR TERRITORIAL


En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto de la Revolución Argentina, El Presidente de la Nación Argentina, sanciona y promulga con fuerza de ley:

1. La soberanía de la Nación Argentina se extiende al mar adyacente a su territorio hasta una distancia de doscientas millas marinas, medidas desde la línea de las más bajas mareas, salvo en los casos de los golfos San Matías, Nuevo y San Jorge, en que se medirán desde la línea que une los cabos que forman su boca.

2. La soberanía de la Nación Argentina se extiende asimismo al lecho del mar y al subsuelo de las zonas submarinas adyacentes a su territorio hasta un profundidad de doscientos metros o más allá de este límite, hasta donde la profundidad de las aguas suprayacentes permita la explotación de los recursos naturales de dichas zonas.

3. La libertad de navegación y aeronavegación no queda afectada por las disposiciones de la presente ley.

4. El Poder Ejecutivo Nacional dictará, dentro de los noventa días de la fecha de promulgación de la presente ley, una reglamentación que determinará las formas y condiciones en que podrán desarrollarse las actividades de exploración y explotación de los recursos naturales del mar por parte de buques extranjeros, dentro de la zona de doscientas millas marinas a que se refiere esta ley.

5. Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Sanción y promulgación: 29/XII/966


saludos.

UNMDP
BJL Súper Moderador Creado: 15/02/08
Siempre se recomienda, en cuanto a leyes, la busqueda en http://infoleg.mecon.gov.ar por una cuestion de orden y disponibilidad, ya que alli estan no solo las leyes sino los decretos, reglamentos, etc. etc. tarea que resultaria ademas de tediosa, practicamente imposible de realizar por parte de los administradores de la pagina.

Ademas, se le da mayormente prioridad a la parte de jurisprudencia (ver la nueva seccion que esta realmente increible) porque el acceso a la misma es mucho mas escueto en lo que hace a recursos gratuitos.

Saludos

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