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Jefatura de Gabinete de Ministros SISTEMA NACIONAL DE MEDICION DE CONSUMOS CULTURALES Resolución 693/2004 Apruébanse el Convenio Marco de Ejecución y el Protocolo Adicional Nº 1 suscriptos entre la Secretaría de Medios de Comunicación y la Organizaci




Jefatura de Gabinete de Ministros
SISTEMA NACIONAL DE MEDICION DE CONSUMOS CULTURALES
Resolución 693/2004
Apruébanse el Convenio Marco de Ejecución y el Protocolo Adicional Nº 1 suscriptos entre la Secretaría de Medios de Comunicación y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura, de fecha 12 de agosto de 2004, relacionados con el trabajo de campo y el cronograma del Sistema Nacional de Medición de Consumos Culturales.
Bs. As., 29/10/2004
VISTO, la Resolución Conjunta Nº 392 JGM y Nº 416 MeyP de fecha 22 de junio de 2004, mediante la cual se aprobara el Plan Marco de Cooperación suscripto entre la Secretaría de Política Económica del Ministerio de Economía y Producción y la Secretaría de Medios de Comunicación de la Jefatura de Gabinete de Ministros, de fecha 5 de marzo de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que como consecuencia de ello, los responsables de ambas Secretarías, de la puesta en marcha e implementación de las actividades derivadas del citado Plan Marco de Cooperación, suscribieron el Acta Acuerdo de fecha 6 de agosto de 2004, conviniendo aprobar el esquema de ejecución de la 1º etapa del Sistema Nacional de Consumos Culturales y encomendar la ejecución del trabajo empírico de dicho estudio, a la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (O.E.I.)
Que en tal sentido, la Secretaría de Medios de Comunicación de la Jefatura de Gabinete de Ministros y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (O.E.I.), suscribieron ad-referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros un Convenio Marco de Ejecución y un Protocolo Adicional Nº 1, mediante el cual la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (O.E.I.) se compromete a efectuar las tareas empíricas (Trabajo de Campo) necesarias para cumplir con el proyecto y el Cronograma del Sistema Nacional de Medición de Consumos Culturales.
Que asimismo, en los citados instrumentos, se define el objeto de la contratación, las principales características metodológicas del estudio empírico, las tareas profesionales que incluye el estudio y los compromisos que asume la Secretaría de Medios de Comunicación de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Que compartiendo los términos del citado Convenio de Ejecución y del Protocolo Adicional Nº 1, procede disponer su aprobación.
Que el servicio jurídico permanente de la jurisdicción ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 977 de fecha 6 de julio de 1995.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
Artículo 1º — Apruébase el Convenio Marco de Ejecución y el Protocolo Adicional Nº 1, suscripto entre la Secretaría de Medios de Comunicación de la Jefatura de Gabinete de Ministros y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (O.E.I.), de fecha 12 de agosto de 2004.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Alberto A. Fernández.
CONVENIO MARCO DE EJECUCION ENTRE LA SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Y LA ORGANIZACION DE ESTADOS IBEROAMERICANOS PARA LA EDUCACION, LA CIENCIA Y LA CULTURA (OEI)
En cumplimiento del convenio celebrado entre la Secretaría de Medios de Comunicación de la Jefatura de Gabinete de Ministros y la Secretaría de Política Económica del Ministerio de Economía y Producción, de fecha 5 de marzo de 2004, y considerando:
Que la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI) es un organismo internacional de carácter gubernamental para la cooperación entre los países iberoamericanos en el campo de la educación, la ciencia, la tecnología y la cultura, en el contexto del desarrollo integral, la democracia y la integración regional.
Que la Argentina es un estado miembro de la OEI (Ley Nº 23.579 de julio de 1988).
Que la O.E.I. ofrece a sus estados miembros, en cumplimiento de los mandatos estatutarios que la rigen y a fin de satisfacer sus necesidades, poner a su disposición su infraestructura y las capacidades de gestión, operación y gerencia.
Que la suscripción de convenios entre entidades gubernamentales de los estados miembros y la OEI, se plasma en el inmediato soporte que reciben los gestores de los programas objeto del convenio, al ser respaldados por la experiencia, la infraestructura, la capacidad técnica, los adecuados procedimientos y controles, que agilizan y aseguran las acciones administrativas necesarias para hacer realidad esos programas y proyectos.
La Secretaría de Medios de Comunicación de la Jefatura de Gabinete de Ministros, representada en este acto por su titular, Dn. Enrique Albistur y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI) representada por el señor Oscar Antonio Bonavota, convienen en suscribir el presente Convenio Marco de Ejecución del Trabajo Empírico de Medición del Sistema Nacional de Consumos Culturales (SNCC), sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: La Secretaría de Medios de Comunicación de la Jefatura de Gabinete de Ministros conviene con la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI) la ejecución del Sistema Nacional de Medición de Consumos Culturales.
SEGUNDA: A fin de llevar a cabo la puesta en marcha e implementación de las actividades que se deriven del presente CONVENIO MARCO, la Secretaría de Medios de Comunicación de la Jefatura de Gabinete de Ministros firmará con la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI) protocolos Adicionales, en donde se especificarán las características, presupuesto y el cronograma del estudio empírico a llevar a cabo.
TERCERA: La Secretaría de Medios de Comunicación de la Jefatura de Gabinete de Ministros asume las siguientes responsabilidades:
a) Asignar los recursos necesarios a fin de llevar a cabo cada uno de los protocolos adicionales que se firmen en el marco del presente convenio.
b) Realizar el seguimiento, evaluación y supervisión de las actividades previstas en el marco del presente convenio y en los protocolos adicionales.
c) Aprobar los informes de los estudios, programas y proyectos presentados.
CUARTA: La Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI), por su parte, asume las siguientes responsabilidades:
a) Ejecutar las tareas empíricas (Trabajo de Campo) necesarias a fin de cumplir con el Proyecto y Cronograma del Sistema Nacional de Medición de Consumos Culturales (SNCC) según conste en el Protocolo Adicional correspondiente.
b) Realizar las contrataciones, adquisiciones y demás actividades de apoyo administrativo que sean necesarias para el desarrollo del proyecto.
c) Poner a disposición de la Secretaría de Medios de Comunicación de la Jefatura de Gabinete de Ministros toda la información y antecedentes relacionados con la ejecución del presente Convenio y que le permitan realizar las funciones de seguimiento, control y supervisión.
d) Publicar y difundir los resultados obtenidos, una vez aprobados por la Secretaría de Medios de Comunicación de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
QUINTA: Para todos los efectos emergentes del presente convenio, judicial y/o extrajudicialmente, las partes constituyen sus domicilios en la Capital Federal (La Secretaría de Medios de Comunicación de la Jefatura de Gabinete de Ministros en Balcarce 50 y la O.E.I. en la calle Paraguay 1510), sometiéndose a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Capital Federal de la República Argentina, con expresa renuncia a otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponder.
SEXTA: Toda especificación, agregado, modificación o prórroga que se efectúe a este convenio por mutuo acuerdo de partes, se formalizará mediante la suscripción de protocolos adicionales al convenio.
SEPTIMA: Las partes se comprometen a cumplir cabal y acabadamente con sus respectivas obligaciones. Sin perjuicio de ello, las partes podrán rescindir el presente convenio sin causa ni penalidad alguna debiendo notificar fehacientemente a la otra parte con una antelación no menor a 60 días en los domicilios denunciados ut-supra, en cuyo caso la OEI percibirá los pagos proporcionales a la parte y en proporción del trabajo realizado.
Toda información obtenida por los consultores durante la vigencia del contrato con la OEI, deberá ser tratada con la mayor discreción, cumpliendo con el deber de confidencialidad hasta dos (2) años posteriores a la culminación del contrato respectivo y respetado la ley de secreto estadístico.
OCTAVA: Los responsables de la puesta en marcha e implementación de los aspectos derivados de este CONVENIO MARCO son:
• Por la Secretaría de Medios de Comunicación de la Jefatura de Gabinete de Ministros, el Lic. Juan Gabriel Marioto.
• Por La Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI), el Profesor Dn. Oscar Antonio Bonavota.
NOVENA: El presente PLAN MARCO entrará en vigencia a partir de la aprobación del mismo por parte del Jefe de Gabinete de Ministros y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre del presente año, renovándose en forma automática por un año, salvo determinación en contrario por alguna de las partes intervinientes, lo que no afectará las acciones en curso de ejecución.
DECIMA: El presente convenio se firma ad - referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros.
De conformidad, se firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Buenos Aires, a los días del mes de agosto de 2004.

PROTOCOLO ADICIONAL Nro. 1
Este primer protocolo, cuyo propósito es la ejecución del convenio entre la Secretaría de Medios de Comunicación de la Jefatura de Gabinete de Ministros y la organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI), posee las siguientes características:
1. Objeto de la contratación.
El estudio a llevar a cabo tiene por principal propósito realizar un exhaustivo y profundo cuadro de situación de los consumos culturales en nuestro país.
Para lograr tal objetivo, la O.E.I. deberá implementar un trabajo de campo a fin de obtener los datos empíricos necesarios para la presentación de dichos consumos.
La planificación del año 2004, incluye tres olas de investigación:
a) Primera Ola: mes de agosto.
b) Segunda Ola: mes de setiembre.
c) Tercera Ola: mes de octubre.
En cada una de las olas investigativas, el trabajo de campo deberá ajustarse a los lineamientos metodológicos que a continuación se puntualizan.
2. Principales características metodológicas del estudio empírico.
• Tipo de Estudio: Panel de Encuestados.
• Características: Entrevistas en Hogares.
• Instrumento de Recolección de Datos: Cuestionario Estructurado.
• Tipo de Preguntas: abiertas, cerradas, alternativas fijas (simples y múltiples), escalas de opinión y diferenciales semánticos, diseñadas en función a los objetivos antes expuestos.
• Definición de la unidad de análisis: Ambos sexos, 15 a 65 años, de todo nivel socioeconómico y que resida en cada uno de los puntos muestrales seleccionados para este estudio.
• Características del Muestreo: Estratificado a nivel nacional.
• Diseño Muestral: Probabilístico Multietápico, con selección de localidades según ajuste a estratos poblacionales y elección de entrevistado definitivo por cuotas de ajuste a parámetro poblacional de sexo, edad y nivel socioeconómico.
• Tamaño de la muestra para cada ola de investigación: 3.000 casos efectivos, con un error de +/- 1.826% (95.5% de confiabilidad). Tres tomas en el año.
• Prueba Piloto para cada ola de investigación: 300 casos efectivos.
• Desarrollo de la estratificación muestral: garantizando dos tipos de aperturas demográficas posibles, ya sea por estrato poblacional, como por región del país.
DISEÑO MUESTRAL





































Estrato Nº

Región

Localidad

Tamaño Muestral

1

AMBA
(METROPOLITANA)

Ciudad de Buenos Aires
GBA - 1º Cinturón
GBA - 2º Cinturón

500 casos

2
(entre 300 mil y 1 millón de habitantes)

PAMPEANA
PAMPEANA
PAMPEANA
NOROESTE
CUYANA

Rosario
La Plata
Córdoba (Capital)
San Miguel de Tucumán
Mendoza (Capital)

500 casos

3
(entre 200 y 300 mil habitantes)

NOROESTE
CUYANA
NOROESTE
NORDESTE
PATAGONICA
PAMPEANA

Salta (Capital)
Gran San Juan
Santiago del Estero
San Fernando (Chaco Capital)
(Confluencia) Neuquén
Paraná

500 casos

4
(entre 100 y 200 mil habitantes)

NORDESTE
NOROESTE
PATAGONICA
PAMPEANA
NOROESTE

Formosa (Capital)
S. F. del Valle de Catamarca
Comodoro Rivadavia
Concordia
San Salvador de Jujuy

500 casos

5
(entre 50 y 100 mil habitantes)

CUYANA
PAMPEANA
PAMPEANA
NORDESTE
PATAGONICA
PATAGONICA
PAMPEANA
NOROESTE
PAMPEANA
NORDESTE

Luján (Mendoza)
Tandil (Buenos Aires)
San Francisco (Córdoba)
Goya (Corrientes)
Bariloche (Río Negro)
Puerto Madryn (Chubut)
Chivilcoy (Bs. As.)
Yerba Buena (Tucumán)
Villa María (Córdoba)
Oberá (Misiones)

500 casos

6
(menos de 50 mil habitantes)

PAMPEANA
CUYANA
PAMPEANA
PAMPEANA
NOROESTE
PATAGONICA
CUYANA

Gral. Pico (La Pampa)
Junín (Mendoza)
Juárez Celman (Córdoba)
Federación (Entre Ríos)
Río Hondo (Sgo. del Estero)
Viedma (Río Negro)
Gral. Alvear (Mendoza)

500 casos


1. Tareas profesionales que incluye el estudio.
La O.E.I. se compromete a la realización de las siguientes tareas:
a. Tareas de diseño metodológico:
• Diseño Muestral: control del diseño muestral y ajustes; selección de puntos muestrales (prueba piloto y muestra definitiva); determinación de pautas para la elección de individuos (entrevistado definitivo) y ruteo.
• Diseño Conceptual: diseño de cuestionario de acuerdo a pautas conceptuales y aspectos técnicos relacionados con la consistencia y coherencia; diseño del plan de cuadros (tabulaciones); diagramación y diseño del cuestionario en PC.
• Diseño Informático: desarrollo del programa de ingreso; controles de coherencias y consistencias.
• Capacitación: diseño de instructivos, incluyendo plan de clases de capacitación; selección y reclutamiento del personal de campo.
• Organización del relevamiento: diagramación de pautas operativas y control del trabajo de campo.
b. Relevamiento de los datos.
• Personal de coordinación del trabajo de campo: proceder a la contratación (para cada ola investigativa) de un coordinador general de campo; un sub-coordinador y un instructor de encuestadores.
• Incluir en el esquema del trabajo de campo, la supervisión, monitoreo y capacitación.
• Establecer los perfiles, capacitar y entrenar al personal que intervendrá en todas las etapas de la Encuesta.
c. Procesamiento de los datos.
• Ingreso de datos: proceder a realizar el data-entry del material obtenido.
• Procesar el conjunto de la información obtenida en cada una de las tomas de campo.
d. Analizar la información obtenida y redactar un Informe Final, listo para su publicación.
e. Incluir el pago de un incentivo a los efectos de que el hogar encuestado acepte ser entrevistado en posteriores ocasiones.
2. Compromisos de la Secretaría de Medios de Comunicación.
La Secretaría de Medios de Comunicación se compromete a:
a. Auditar y aprobar las distintas etapas de realización de cada estudio. A saber: cuestionario de prueba piloto; cuestionario definitivo; diseño muestral; plan de cuadros.
b. Definir los lineamientos del Informe Final.
c. Publicar (con sus propios fondos) los resultados obtenidos.
d. Financiar con cargo a su presupuesto, los gastos que demande la realización de cada uno de los estudios correspondientes (tres olas investigativas para el año 2004), hasta una suma de $ 214.000.- (por ola investigativa), a ejecutarse de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias.
e. Tal importe será abonado del siguiente modo: una primera cuota del 50% del importe total del monto correspondiente a la ejecución de este Protocolo Nro. 1, según los parciales arriba mencionados (o sea $ 321.000) dentro de los 30 días de aprobado el presente. El restante 50% será abonado en forma escalonada, al finalizar cada ola investigativa y contra presentación de comprobantes.
f. Los montos antes mencionados incluyen la totalidad de los gastos que se requieren para el mejor desenvolvimiento de las actividades motivo del presente convenio, incluyendo gastos de administración del proyecto.

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