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INSTITUTO NACIONAL CONTRA




INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO

Decreto 1500/2002

Inclúyese dentro de las previsiones del Decreto Nº 1840/86 y sus modificatorios, con carácter de excepción, al Vicepresidente del mencionado Instituto, dependiente de la Secretaría de Asuntos Políticos del Ministerio del Interior.

Bs. As., 16/8/2002

VISTO el Expediente Nº 4100/2002 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, el Decreto Nº 1840 del 10 de octubre de 1986 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por tales normas se prevé, entre otras medidas, un régimen especial de compensación de los mayores gastos en que incurran los funcionarios convocados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL para cumplir funciones políticas, cuando su residencia permanente se encuentre a una distancia superior a los CIEN KILOMETROS (100 Km.) de la sede de los respectivos organismos en que revistan.

Que por Decreto Nº 685 del 26 de abril de 2002 se designó al Dr. D. Esteban Miguel LLAMOSAS (D.N.I. Nº 6.653.561), en el cargo de Vicepresidente del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (I.NA.DI.), dependiente de la SECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que el mencionado funcionario tiene su residencia permanente en la Ciudad de Río Cuarto, PROVINCIA DE CORDOBA, conforme lo ha acreditado con la documentación pertinente, y si bien su situación de revista no es de las previstas por el Decreto Nº 1840/86, sus modificatorios y concordantes, dada la naturaleza de las funciones que presta, procede incluirlo, con carácter de excepción, en sus previsiones.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se fundamenta en el artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL, inciso 1.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º
— Inclúyese dentro de las previsiones del Decreto Nº 1840 del 10 de octubre de 1986 y sus modificatorios, con carácter de excepción y mientras su residencia permanente se encuentre a una distancia superior a los CIEN KILOMETROS (100 Km.) de la CAPITAL FEDERAL, al señor de Vicepresidente del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (I.NA.DI.), dependiente de la SECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR, Dr. D. Esteban Miguel LLAMOSAS (D.N.I. Nº 6.653.561).

Art. 2º
— El gasto que origine el cumplimiento del presente Decreto deberá ser imputado a las partidas presupuestarias con que cuenta la Jurisdicción 30 – MINISTERIO DEL INTERIOR.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — DUHALDE. — Jorge R. Matzkin.

Administracionius UNLP

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