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PRESIDENCIA DE LA NACION

SECRETARIA DE TURISMO

ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES

Ley N° 22.351

Resolución APN N° 110/2005 del Honorable Directorio

Expediente N° 409/2000

Bs. As., 8/6/2005

LA ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES notifica: ARTICULO 1°.- Establécese que a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución en el BOLETIN OFICIAL DE LA NACION se constituirá en el Area Cataratas del Parque Nacional Iguazú un régimen especial de acceso para todos los vehículos de taxis, remises y transportes no regulares de pasajeros, perfectamente acreditados y con la pertinente habilitación para operar dentro del área de influencia binacional del Parque Nacional Iguazú, que se hallen realizando actividades comerciales específicas a su objeto (transporte punto a punto) y que fehacientemente no correspondan a excursiones turísticas, pudiendo tales vehículos ingresar al Area Cataratas durante un período máximo de VEINTE (20) minutos, sin estar obligados al pago previsto en el Capítulo VII, artículo 19.1, ítem 4, de la Resolución N° 297/2004 del Honorable Directorio. Firmado: Ing. Agr. Héctor Mario ESPINA, Presidente del Directorio; Gpque. Julio Alberto CIURCA, Vicepresidente del Directorio; D. Raúl Alberto CHIESA, Dra. Patricia Alejandra GANDINI y D. Bruno CARPINETTI, Vocales del Directorio.

La versión completa de la Resolución puede ser consultada por los interesados en la central de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, sita en la Avda. Santa Fe N° 690, Capital Federal.

e. 22/6 N° 483.250 v. 22/6/2005

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