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HOSPITAL NACIONAL “DR




HOSPITAL NACIONAL "DR. BALDOMERO SOMMER"

Decisión Administrativa 638/2004

Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional vigente, con la finalidad de incrementar los recursos asignados al mencionado Hospital Nacional, ampliación que expresa la mayor recaudación del mismo por servicios de prestaciones médicas a afiliados de distintas obras sociales.

Bs. As., 10/12/2004

VISTO el Expediente N° 1-2002-0183000416/04- 4 del registro del HOSPITAL NACIONAL "DR. BALDOMERO SOMMER" el Decreto N° 939 del 19 de octubre de 2000, y la Ley N° 25.827 de PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2004, distribuido por Decisión Administrativa N° 2 de fecha 14 de enero de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el VISTO el HOSPITAL NACIONAL "DR. BALDOMERO SOMMER", organismo descentralizado a cargo del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, informa que viene registrando un constante incremento en su recaudación por recursos provenientes de los pagos de las distintas obras sociales por prestaciones médicas realizadas a los afiliados que acuden a él, superando el cálculo de recursos originalmente previsto en el presupuesto vigente.

Que el artículo 12 de la Ley N° 25.827 establece la posibilidad de ampliar los créditos presupuestarios de la administración central, de los organismos descentralizados e instituciones de seguridad social, y su correspondiente distribución, financiados con incremento de los recursos con afectación específica, recursos propios o donaciones que perciban durante este ejercicio.

Que por el mismo artículo 12 de la Ley N° 25.827 citado quedan exceptuadas de la contribución del TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35 %) al TESORO NACIONAL las ampliaciones presupuestarias fundadas en incrementos de recursos provenientes, entre otros conceptos, de la venta de bienes y/o servicios, como en el caso que presenta el HOSPITAL NACIONAL "DR. BALDOMERO SOMMER" en las actuaciones citadas en el VISTO.

Que por el Decreto N° 939 del 19 de octubre de 2000 se crea el REGIMEN DE HOSPITALES PUBLICOS DE GESTION DESCENTRALIZADA, estableciéndose en su artículo 13 la distribución por conceptos sobre los ingresos que perciba cada HOSPITAL PUBLICO DE GESTION DESCENTRALIZADA en función de prestaciones facturadas a terceros pagadores.

Que resulta necesario modificar el presupuesto autorizado al MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, en la parte que corresponde al ORGANISMO DESCENTRALIZADO 903 - HOSPITAL NACIONAL "DR. BALDOMERO SOMMER" y a su ADMINISTRACION CENTRAL S.A.F. 310, con el fin de posibilitar la atención de gastos indispensables para su normal funcionamiento, fundado en la mayor capacidad de recaudación de recursos estimada por el HOSPITAL NACIONAL "DR. BALDOMERO SOMMER".

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 12 de la Ley N° 25.827.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL vigente, aprobado por la Ley N° 25.827 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 2 del 14 de enero de 2004 de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Roberto Lavagna. — Ginés M. González García.

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NOTA: Las planillas anexas no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar

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