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HONORABLE CONGRESO DE LA NACION




[b] HONORABLE CONGRESO DE LA NACION
Decreto 215/2006
Establécese la fecha y hora para la solemne apertura de las Sesiones Ordinarias del Honorable Congreso de la Nación correspondientes al año en curso.
Bs. As., 27/2/2006
En uso de las facultades conferidas por el artículo 99 inciso 8 de la Constitución Nacional.
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
[b] Artículo 1º — Señálanse las 11:00 horas del día 1º de marzo próximo para la solemne apertura de las Sesiones Ordinarias del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, correspondiente al año en curso.
[b] Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Aníbal D. Fernández.
([b]Nota Infoleg: por art. 1° del Decreto N° 1670/2006 B.O. 17/11/2006, se prorrogan las Sesiones Ordinarias del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION hasta el 29 de diciembre de 2006).

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