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FORESTACION




Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos
FORESTACION
Resolución 619/2005
Amplíanse los plazos establecidos para la presentación de los proyectos forestales del año 2005 y de los certificados de obra para plantación y actividades silvícolas realizadas en proyectos presentados en el año 2003 y hasta octubre de 2005.
Bs. As., 12/08/2005
VISTO el Expediente Nº S01:0241522/2005 del Registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley Nº 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados, el Decreto Nº 133 de fecha 18 de febrero de 1999, las Resoluciones Nros. 22 de fecha 27 de marzo de 2001 de la ex-SECRETARIA DE LA PRODUCCION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA, 1.052 de fecha 18 de diciembre de 2001 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA y 45 de fecha 9 de febrero de 2005, de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto por la Ley Nº 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados, el Decreto Nº 133 de fecha 18 de febrero de 1999 y sus resoluciones complementarias se implementó el Régimen de Promoción de Inversiones para Bosques Cultivados.
Que según se establece en el Artículo 4º de la Resolución Nº 22 de fecha 27 de marzo de 2001 de la ex-SECRETARIA DE LA PRODUCCION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA, sustituido por el Artículo 3º de la Resolución Nº 45 de fecha 9 de febrero de 2005 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA y PRODUCCION, el vencimiento para la presentación de los planes correspondientes al año 2005, se produce el día 31 de julio de 2005.
Que conforme lo dispuesto por el Artículo 18 de la Ley Nº 25.080 el pago del apoyo económico no reintegrable debe efectivizarse entre los DOCE (12) y DIECIOCHO (18) meses de realizada la plantación, a cuyo fin es necesario que previamente sea presentada por los productores la certificación de las tareas realizadas.
Que teniendo en cuenta la gran cantidad de peticiones presentadas por distintos productores ante esta Autoridad de Aplicación solicitando un mayor plazo tanto para la presentación del Anexo III de la Resolución Nº 22 de fecha 27 de marzo de 2001, como para el cumplimiento de lo antedicho en el Artículo 18 de la Ley Nº 25.080, se hace necesario excepcionalmente y a fin de solucionar tal situación, extender el vencimiento de los plazos establecidos en la normativa mencionada.
Que en consecuencia el plazo de vencimiento establecido en el Artículo 4º de la Resolución Nº 22 de fecha 27 de marzo de 2001, sustituido por el Artículo 3º de la Resolución 45 de fecha 9 de febrero de 2005 para la presentación de los proyectos forestales del año 2005 deberá ampliarse, hasta el último día hábil del mes de septiembre del año 2005.
Que el plazo fijado por el Artículo 18 de la Ley Nº 25.080, debe ser extendido hasta el último día hábil del mes de octubre del año 2005.
Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en virtud de lo establecido en el Artículo 23 de la Ley Nº 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados y en el Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003, modificado por su similar Nº 1.359 de fecha 5 de octubre de 2004.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Amplíese el plazo de vencimiento establecido en el Artículo 4º de la Resolución Nº 22 de fecha 27 de marzo de 2001 de la ex-SECRETARIA DE LA PRODUCCION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA, sustituido por el Artículo 3º de la Resolución Nº 45 de fecha 9 de febrero de 2005 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION para la presentación de los proyectos forestales del año 2005, hasta el último día hábil del mes de septiembre del año 2005.
Art. 2º — Amplíese el plazo para la presentación de los certificados de obra para plantación y actividades silvícolas realizadas en los proyectos presentados en el año 2003, hasta el último día hábil del mes de octubre del año 2005.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Miguel S. Campos.

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