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Puede existir falta de accion (Penal)


El caso es el siguiente: Una persona esta apuntando, a otra con un arma descargada, intuitivamente dispara, pero erra, la bala rebota y mata a otra persona.

Puede dar lugar a falta de accion debido a fuerza fisica irresistible, osea algo analogo al acto reflejo ? ya que fue algo intuitivo, y ante la duda, se aplica el principio pro homien.

Saludos gente ! y espero su respuesta !!

Juan089 UNLP

Respuestas
UNLP
juancisneros Usuario VIP Creado: 02/07/10
eh???

Como es que dispara con un arma descargada?

Las balas rebotan?

Que quiere decir disparar un arma "intuitivamente"?

Donde estaría la fuerza física irresistible?


Esto es un trabajo práctico o lo creaste vos?

UNLP
Juan089 Cursando Ingreso Creado: 02/07/10
perdon, me exprese mal, estaba descargada, pero habia quedado una bala en la vaina. Y le estaba apuntand a una persona e intuitivamente aprieta el gatillo, y no le pega a esa persona y la bala rebota y mata a otra persona.

Es un Examen...
Ademas Si partimos que Accion, es todo movimiento conforme a sentido que tiene como fin la produccion de un resultado en el mundo exterior.

Aca no habria sentido al ser intuitivo, ni finalidad, o no ?

UNLP
juancisneros Usuario VIP Creado: 02/07/10
Y el término "intuitivo" que significaría?

La acción solo es excluida por acto reflejo (osea totalmente carente de intención) y por la fuerza física irresistible, acá no veo ninguna de las dos fases negativas...

UNLP
Juan089 Cursando Ingreso Creado: 02/07/10
Claro, pero existen otros supuestos, aca zaffaroni tambien aplica el principio Pro homine ... es medio confuzo no :S, lo mas probable que lo tengo mal ja ! Saludos !

Sin Definir Universidad
radwolf- Ingresante Creado: 03/07/10
jaja yo no lo perdono, pero deberia releer penal II para encuadrarlo en algun tipo

Sin Definir Universidad
patriciacatalan Ingresante Creado: 03/07/10
me parece q no se dispara nunca un arma intuitivamente, si yo tengo alguien q me ataca y me defiendo con un arma, ahi si te la podria llegar a creer. en cuanto al ppio pro homine, este es una guia de interpretacion en casos dudosos, pero veo medio dificil poder aplicar este principio a alguien q dispara (aunque sea intuitivamente), puesto q no quiso defenderse, sino atacar.
(los casos practicos de parcial siempre son dificiles yo lo se)

UNLP
Juan089 Cursando Ingreso Creado: 03/07/10
Si, me .... la existencia intuitivamente ! asiq es un bajon, espero que aplique este principio conmigo el profe xq sino estoy al hornooo jajaja !! Saludooss Gente, y buen Finde !


Editado por EJA
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UNLP
Juan089 Cursando Ingreso Creado: 03/07/10
Recien Puse en el Word Intuitivamente y mire los sinonimos los cuales son: Inconcientemente, Automaticamente y maquilamente.

asi que no se je !

Sin Definir Universidad
patriciacatalan Ingresante Creado: 03/07/10
no mira, lo q yo creo es q si el atacante portaba y apuntaba el arma es imposible q la dispare intuitivamente
ahora, si el que se defendia la apuntaba, ahora es distinto, porq ahi por un instinto de defensa si podes disparar intuitivamente, capaz te confundiste en el autor del disparo, o capaz era una trampa como era un parcial (viste q a veces vienen asi)

UNLP
juancisneros Usuario VIP Creado: 03/07/10
No existe el disparo intuitivo, o mejor dicho, la "intuición" no entra en la faz negativa de la acción, solo la fuerza física irresistible y la acción refleja, sea quien sea el autor del disparo, por la tanto en este caso hay acción...

UNLP
Juan089 Cursando Ingreso Creado: 03/07/10
Si seguro lo puso para confundir, asiq ahora a esperar, Mil gracias a todos!!! desp les cuento que opino mi profe !

UNLP
Juan089 Cursando Ingreso Creado: 03/07/10
Disculpa, por el lenguaje utilizado, voy a tratar de no cometer, el mismo error.

UCASAL
juannabla Premium II Creado: 14/07/10
Vamos por partes: para que se dé la exclusión de la acción debería existir involuntabilidad o fuerza física irresistible. En el ejemplo (rebuscado) que citás no existe ninguna de las dos. La conducta descripta responde mas bien a un movimiento automático, que aunque no sea meditado (infiero esto a partir de llamarlo intuitivo) responde a una enervación derivada de actividad sicológica y por lo tanto no excluye la acción.
Ahora vamos al tipo:
Si creia que el arma estaba descargada y en realidad estaba cargada se podría considerar que la finalidad no era lesiva y por lo tanto habría actuado con error de tipo excluyendo así el dolo ( el dolo de homicidio, porque el de abuso de armas puede estar presente). En ese caso respondería por homicidio culposo.
Toda la construcción posterior parece estar destinada a hablar de aberratio ictus (error en el golpe) que al no haber dolo de homicidio, ni siquiera de lesiones, no resulta procedente en este caso.

Espero que te sirva de ayuda

Juan







Empezado por Juan089

"El caso es el siguiente: Una persona esta apuntando, a otra con un arma descargada, intuitivamente dispara, pero erra, la bala rebota y mata a otra persona.

Puede dar lugar a falta de accion debido a fuerza fisica irresistible, osea algo analogo al acto reflejo ? ya que fue algo intuitivo, y ante la duda, se aplica el principio pro homien.

Saludos gente ! y espero su respuesta !!
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UNLP
Juan089 Cursando Ingreso Creado: 14/07/10
Muy buena explicación Juannabla, como lo planteaste vos, lo penso mi profesor de penal 1, al momento de hacer el caso para el parcial lo dijo en la clase después del parcial. Pero tambien dijo que puede caber una falta de acción, ahora tengo que esperar la correcion para confirmalo, si lo tengo mal o bien.

Muchisimas Gracias, Saludos.

UCASAL
juannabla Premium II Creado: 14/07/10
Por nada Juan.

Contame si llegara a decir que no hay acción, porque me gustaría saber en que la fundamenta.

Exito !

Juan

Empezado por Juan089

"Muy buena explicación Juannabla, como lo planteaste vos, lo penso mi profesor de penal 1, al momento de hacer el caso para el parcial lo dijo en la clase después del parcial. Pero tambien dijo que puede caber una falta de acción, ahora tengo que esperar la correcion para confirmalo, si lo tengo mal o bien.

Muchisimas Gracias, Saludos.
"

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UNLP
Juan089 Cursando Ingreso Creado: 14/07/10
Dale, ni bien sepa yo te aviso. Un Abrazo !

UNLP
Juan089 Cursando Ingreso Creado: 09/08/10
Aca esta el caso completo:

Manuel decide, junto con Juan y Carlos ( sus hermanos), llevar adelante el robo de la verdulería de la esquina de su casa, a efectos de apoderarse de la recaudación existente en la caja. Sabe que si bien es cierto que aquel es un emprendimiento comercial pequeño, de una familia humilde de la zona de Los Hornos, sólo se retira el dinero una vez en la semana -los viernes, al mediodía- para depositarlo en el Banco, tal como Pedro -uno de los dueños del local- le contase en una de las tantas charlas que como vecino han tenido. Además pudo confiarle en el marco de confianza que los unía, que aquella recaudación ascendía, casi siempre, a los 5.000 pesos.
Entonces , Manuel con sus hermanos ponen en marcha la empresa criminal.
Para ello, en la mañana del viernes, alrededor de las 10 hs, se juntan en la cocina de su casa- distante del local unos veite metros- , y se reparten sendas de armas de fuego- una para cada uno de los tres-, que juan había obtenido en el mercado ilegal, y a las que había-previamente- descargado, para que el evento no fuera tan dañoso.

Así, encapuchados con gorros pasamontañas negros, por el techo de su casa-para no ser descubiertos por los vecinos- llegan hasta el local, donde ingresan por la claraboya del baño, y reducen a pedro por la fuerza ( entre juan y carlos), mientras manuel lo apunta a unos cinco metros de distancia, y le señala la caja, para que le de el dinero.

Pedro, en un arrojo de valentía, con un golpe del brazo se quita de encima a juan, y toma por el cuello a carlos, gritándole que no le iban a robar la comida de su familia. En esa situación, manuel jala instintivamente el gatillo de su revólver, que estaba apuntando en dirección al verdulero. Para asombro de aquel la bala sale disparada a través del cañon; roza la frente de pedro, pega en la pared, e hiere fatalmente a su hermano.
Ante la necesidad de llevarlo al Hospital - puesto que sangraba considerablemente-, manuel se quita el pasamontañas, y para sorpresa de pedro, le pide las llaves de la camioneta con que iba a buscar verdudas al mercado central todas las mañanas, para llevar a carlos al hospital. El propietario del vehículo accede.

Al arribar al nosocomio, Manuel es detenido por la guardia policial de aquel, que había sido alertada por un llamado al 911 efectuando por una vecina que había oído la detonacíon de un arma de fuego. Carlos, pese al esfuerzo de los médicos, fallece.



Analice el comportamiento de manuel y determine si aquel ha cometido delito.

y lo último fue: Fuerza fisica irresistible: es cuando una persona, por una fuerza se impide moverse a voluntad, es decir, la que reduce el cuerpo a una condicion mecanica, sea impulsado por fuerza externa o interna.
Aquí, pedro jala el gatillo instintinvamente, si a esta palabra la hacemejamos a un acto reflejo, se daria el supuesto de falta de accion,ya que el no la hizo voluntariamente, fue solo un instinto, como por ej: cuando te quemas, sacas las manos del fuego
como se ve, intuitivamente es un caso dudoso y por ende debe resolverse a favor del reo, o sea que será considerado como caso de involuntariedad como establece el principio pro homine. .. Esto fue el último parrafo que escribi en ese punto, pero ahi esta lo fundamental y me lo puso que estaba bien. Saludos!

UNLP
mpausantoro Premium II Creado: 13/08/10
tuve que leer hasta acá para poder descifrar que el tema no es que era intuitivo... pues por intuición nunca se actúa involuntariamente, sino de instinto...

UCASAL
juannabla Premium II Creado: 16/08/10
Juan, me alegro de que te lo haya aprobado, pero en un caso real va a tener que encontrar un fiscal muy crédulo que admita que el espasmo involuntario le produjo contracción solo en la falange de la cola del disparador. En un movimiento instintivo en el que se reproduce una pauta aprendida (disparar un arma de fuego) hay intervención de la siquis. A mi juicio es un movimiento automático (se asusto y gatillo) que no excluye la acción.

Saludos

Juan

UNLP
Juan089 Cursando Ingreso Creado: 16/08/10
Juannbla, tenes razón en la realidad debe ser dificil encontrar un fiscal que admita esta posibilidad, pero bueno si no se resuelve por falta de acción, se puede resolver por un error de tipo como lo habiamos dicho anteriormente.

Un Abrazo !

UNLP
niku Ingresante Creado: 17/08/10
en ese caso factico q planteas para mi se aplica el principio de "error in personam"...porque si apunto a una persona y le `pega a otra es totalmente responsable,sea que haya intencion a titulo de dolo,o sin intencion a titulo de culpa...

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