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ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD




ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución ENRE N° 558/2003

ACTA N° 676

Expediente ENRE N° 2811/96

Bs. As., 22/10/2003

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Aprobar la "GUIA GENERAL DE DISEÑO Y NORMAS DE ESTACIONES TRANSFORMADORAS" que como anexo 1 forma parte de la presente Resolución, e incorporarla al REGLAMENTO DE DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION. La guía mencionada sustituye a tales efectos, en todo cuanto sea aplicable, a las normas indicadas en el apéndice A) del REGLAMENTO DE DISEÑO Y CALIDAD DEL SISTEMA DE TRANSPORTE que con carácter provisorio fueran aprobadas por el artículo 2° de la Resolución SE N° 137/92; 2.- Aprobar la "GUIA DE DISEÑO Y NORMAS DE EDIFICIOS DE ESTACIONES TRANSFORMADORAS" que como anexo 2 forma parte de la presente Resolución, e incorporarla al REGLAMENTO DE DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION. La guía mencionada sustituye a tales efectos, en todo cuanto sea aplicable, a las normas indicadas en el apéndice A) del REGLAMENTO DE DISEÑO Y CALIDAD DEL SISTEMA DE TRANSPORTE que con carácter provisorio fueran aprobadas por el artículo 2° de la Resolución SE N° 137/92; 3.- Aprobar la "GUIA DE DISEÑO Y NORMAS DEL SISTEMA DE SERVICIOS AUXILIARES" que como anexo 3 forma parte de la presente Resolución, e incorporada al REGLAMENTO DE DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION. La guía mencionada sustituye a tales efectos, en todo cuanto sea aplicable, a las normas indicadas en el apéndice A) del REGLAMENTO DE DISEÑO Y CALIDAD DEL SISTEMA DE TRANSPORTE que con carácter provisorio fueran aprobadas por el artículo 2° de la Resolución SE N° 137/92; 4.- Aprobar la "GUIA DE DISEÑO Y NORMAS PARA PUESTA A TIERRA DE ESTACIONES TRANSFORMADORAS" que como anexo 4 forma parte de la presente Resolución, e incorporarla al REGLAMENTO DE DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION. La guía mencionada sustituye a tales efectos, en todo cuanto sea aplicable, a las normas indicadas en el apéndice A) del REGLAMENTO DE DISEÑO Y CALIDAD DEL SISTEMA DE TRANSPORTE que con carácter provisorio fueran aprobadas por el artículo 2° de la Resolución SE N° 137/92; 5.- Aprobar la "GUIA DE DISEÑO Y NORMAS DE PROTECCIONES" que como anexo 5 forma parte de la presente Resolución, e incorporarla al REGLAMENTO DE DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION. La guía mencionada sustituye a tales efectos, en todo cuanto sea aplicable, a las normas indicadas en el apéndice A) del REGLAMENTO DE DISEÑO Y CALIDAD DEL SISTEMA DE TRANSPORTE que con carácter provisorio fueran aprobadas por el artículo 2° de la Resolución SE N° 137/92; 6. Aprobar la "GUIA DE DISEÑO Y NORMAS DE SISTEMA DE TELEPROTECCION" que como anexo 6 forma parte de la presente Resolución, e incorporarla al REGLAMENTO DE DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION. La guía mencionada sustituye a tales efectos, en todo cuanto sea aplicable, a las normas indicadas en el apéndice A) del REGLAMENTO DE DISEÑO Y CALIDAD DEL SISTEMA DE TRANSPORTE que con carácter provisorio fueran aprobadas por el artículo 2° de la Resolución SE N° 137/92; 7.- Aprobar la "GUIA DE DISEÑO Y NORMAS PARA SISTEMAS DE CONTROL" que como anexo 7 forma parte de la presente Resolución, e incorporarla al REGLAMENTO DE DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION. La guía mencionada sustituye a tales efectos, en todo cuanto sea aplicable, a las normas indicadas en el apéndice A) del REGLAMENTO DE DISEÑO Y CALIDAD DEL SISTEMA DE TRANSPORTE que con carácter provisorio fueran aprobadas por el artículo 2° de la Resolución SE N° 137/92; 8.- Aprobar la "GUIA DE DISEÑO Y NORMAS DEL SISTEMA DE COMUNICACIONES POR ONDA PORTADORA" que como anexo 8 forma parte de la presente Resolución, e incorporarla al REGLAMENTO DE DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION. La guía mencionada sustituye a tales efectos, en todo cuanto sea aplicable, a las normas indicadas en el apéndice A) del REGLAMENTO DE DISEÑO Y CALIDAD DEL SISTEMA DE TRANSPORTE que con carácter provisorio fueran aprobadas por el artículo 2° de la Resolución SE N° 137/92; 9.- Aprobar la "GUIA DE DISEÑO Y NORMAS DEL SISTEMA DE COMUNICACIONES POR FIBRA OPTICA" que como anexo 9 forma parte de la presente Resolución, e incorporarla al REGLAMENTO DE DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION. La guía mencionada sustituye a tales efectos, en todo cuanto sea aplicable, a las normas indicadas en el apéndice A) del REGLAMENTO DE DISEÑO Y CALIDAD DEL SISTEMA DE TRANSPORTE que con carácter provisorio fueran aprobadas por el artículo 2° de la Resolución SE N° 137/92; 10.- El REGLAMENTO DE DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION es de cumplimiento obligatorio en todo lo que esté especificado en el mismo y sea aplicable, para toda nueva ampliación que se solicite, licite, o se ejecute en el SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION de acuerdo a los términos que establece el Contrato de Concesión de "TRANSENER S.A.", y deberá ser parte integrante de los documentos licitatorios o concursales, cualquiera sea el título o metodología en que se encuadre la ampliación, a partir de la fecha de publicación del presente acto; 11.- Aclarar que el REGLAMENTO DE DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION constituido mediante el presente acto es de cumplimiento obligatorio, en todo lo que esté especificado en el mismo y sea aplicable, para toda nueva Instalación que se solicite, licite, o se ejecute no perteneciente al ámbito de concesión del SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION, incluyendo las INSTALACIONES DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA DE INTERCONEXION INTERNACIONAL, de acuerdo a los términos establecidos en la Resolución SEyP N° 21/97, y sus modificatorias y complementarias, que involucren partes bajo tensión igual a los QUINIENTOS KILOVOLTS (500 KV), y que se prevean vincular al SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION. Los lineamientos del REGLAMENTO DE DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION son de cumplimiento obligatorio para las instalaciones de tensión igual o superior a DOSCIENTOS VEINTE KILOVOLT (220 KV) e inferior a QUINIENTOS KILOVOLTS (500 KV), no pertenecientes al ámbito de concesión del SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION, pero que se prevean vincular a éste, en caso que se deriven de seccionamientos de líneas pertenecientes al SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION dentro de esas mismas tensiones, y alcanzarán exclusivamente a las instalaciones directamente asociadas a dicho seccionamiento; 12.- Instruir a "TRANSENER S.A." a que observe y haga observar a terceros los preceptos y lineamientos establecidos en el REGLAMENTO DE DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION en el ámbito de su concesión, o en instalaciones que no pertenezcan a dicho ámbito pero que se vinculen al mismo; 13.- El REGLAMENTO DE DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION se someterá a un proceso de revisión y actualización con frecuencia a determinar oportunamente por el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, para lo cual se invita a las Asociaciones de Agentes del Mercado Eléctrico Mayorista a presentar a este organismo sus colaboraciones y puntos de vista para enriquecer, modificar y/o incorporar nuevos aspectos a las Guías que lo constituyen y/o a las que se vayan agregando en el futuro; 14.- Recomendar a la SECRETARIA DE ENERGIA el dictado de los actos administrativos que estime pertinentes en aras de actualizar el texto del REGLAMENTO DE DISEÑO Y CALIDAD DEL SISTEMA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA —acápite 3— DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION; 15.- Notifíquese a la SECRETARIA DE ENERGIA, a "TRANSENER S.A.", a "ATEERA", a "ADEERA", a "AGEERA", a "AGUEERA", a "ADERE", y a CAMMESA, la presente Resolución, y en formato electrónico los anexos de la misma, mediante disco compacto conteniendo copia fiel de tales anexos. ...—Firmado: Ing. JORGE DANIEL BELENDA, Vocal tercero. — JULIO CESAR MOLINA, Vocal segundo. — RICARDO MARTINEZ LEONE, Vicepresidente.

El Anexo citado puede ser consultado por los interesados en la Sede del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, Avda. Madero N° 1020 10° piso de la Capital Federal, en el horario de 9 a 13 y de 14 a 17.30 y en la Sede Central de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.
e. 30/10 N° 430.447 v. 30/10/2003

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