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ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD




ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución ENRE N° 59/2003

ACTA N° 636

Expediente ENRE N° 2811/96

Bs. As., 10/7/2002

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.— Aprobar, para la difusión pública, la "GUIA GENERAL DE DISEÑO Y NORMAS DE ESTACIONES TRANSFORMADO RAS" que como anexo 1 forma parte de la presente Resolución, e incorporarla al REGLAMENTO DE DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION. La guía mencionada sustituye a tales efectos, en todo cuanto sea aplicable, a las normas indicadas en el apéndice A) del REGLAMENTO DE DISEÑO Y CALIDAD DEL SISTEMA DE TRANSPORTE que con carácter provisorio fueran aprobadas por el artículo 2° de la Resolución SE N° 137/92; 2.— Aprobar, para la difusión pública, la "GUIA DE DISEÑO Y NORMAS DE EDIFICIOS DE ESTACIONES TRANSFORMADORAS" que como anexo 2 forma parte de la presente Resolución, e incorporarla al REGLAMENTO DE DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION. La guía mencionada sustituye a tales efectos, en todo cuanto sea aplicable, a las normas indicadas en el apéndice A) del REGLAMENTO DE DISEÑO Y CALIDAD DEL SISTEMA DE TRANSPORTE que con carácter provisorio fueran aprobadas por el artículo 2° de la Resolución SE N° 137/92; 3.— Aprobar, para la difusión pública, la "GUIA DE DISEÑO Y NORMAS DEL SISTEMA DE SERVICIOS AUXILIARES" que como anexo 3 forma parte de la presente Resolución, e incorporarla al REGLAMENTO DE DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION. La guía mencionada sustituye a tales efectos, en todo cuanto sea aplicable, a las normas indicadas en el apéndice A) del REGLAMENTO DE DISEÑO Y CALIDAD DEL SISTEMA DE TRANSPORTE que con carácter provisorio fueran aprobadas por el artículo 2° de la Resolución SE N° 137/92; 4.— Aprobar, para la difusión pública, la "GUIA DE DISEÑO Y NORMAS PARA PUESTA A TIERRA DE ESTACIONES TRANSFORMADORAS" que como anexo 4 forma parte de la presente Resolución, e incorporarla al REGLAMENTO DE DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION. La guía mencionada sustituye a tales efectos, en todo cuanto sea aplicable, a las normas indicadas en el apéndice A) del REGLAMENTO DE DISEÑO Y CALIDAD DEL SISTEMA DE TRANSPORTE que con carácter provisorio fueran aprobadas por el artículo 2° de la Resolución SE N° 137/92; 5.— Aprobar, para la difusión pública, la "GUIA DE DISEÑO Y NORMAS DE PROTECCIONES" que como anexo 5 forma parte de la presente Resolución, e incorporarla al REGLAMENTO DE DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION. La guía mencionada sustituye a tales efectos, en todo cuanto sea aplicable, a las normas indicadas en el apéndice A) del REGLAMENTO DE DISEÑO Y CALIDAD DEL SISTEMA DE TRANSPORTE que con carácter provisorio fueran aprobadas por el artículo 2° de la Resolución SE N° 137/92; 6.— Aprobar, para la difusión pública, la "GUIA DE DISEÑO Y NORMAS DE SISTEMA DE TELEPROTECCION" que como anexo 6 forma parte de la presente Resolución, e incorporarla al REGLAMENTO DE DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION. La guía mencionada sustituye a tales efectos, en todo cuanto sea aplicable, a las normas indicadas en el apéndice A) del REGLAMENTO DE DISEÑO Y CALIDAD DEL SISTEMA DE TRANSPORTE que con carácter provisorio fueran aprobadas por el artículo 2° de la Resolución SE N° 137/92; 7.— Aprobar, para la difusión pública, la "GUIA DE DISEÑO Y NORMAS PAR SISTEMAS DE CONTROL" que como anexo 7 forma parte de la presente Resolución, e incorporarla al REGLAMENTO DE DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION. La guía mencionada sustituye a tales efectos, en todo cuanto sea aplicable, a las normas indicadas en el apéndice A) del REGLAMENTO DE DISEÑO Y CALIDAD DEL SISTEMA DE TRANSPORTE que con carácter provisorio fueran aprobadas por el artículo 2° de la Resolución SE N° 137/92; 8.— Aprobar, para la difusión pública, la "GUIA DE DISEÑO Y NORMAS DEL SISTEMA DE COMUNICACIONES POR ONDA PORTADORA", que como anexo 8 forma parte de la presente Resolución, e incorporarla al REGLAMENTO DE DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION. La guía mencionada sustituye a tales efectos, en todo cuanto sea aplicable, a las normas indicadas en el apéndice A) del REGLAMENTO DE DISEÑO Y CALIDAD DEL SISTEMA DE TRANSPORTE que con carácter provisorio fueran aprobadas por el artículo 2° de la Resolución SE N° 137/92; 9.— Aprobar, para la difusión pública, la "GUIA DE DISEÑO Y NORMAS DEL SISTEMA DE COMUNICACIONES POR FIBRA OPTICA", que como anexo 9 forma parte de la presente Resolución, e incorporarla al REGLAMENTO DE DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION. La guía mencionada sustituye a tales efectos, en todo cuanto sea aplicable, a las normas indicadas en el apéndice A) del REGLAMENTO DE DISEÑO Y CALIDAD DEL SISTEMA DE TRANSPORTE que con carácter provisorio fueran aprobadas por el artículo 2° de la Resolución SE N° 137/92; 10:— Difundir públicamente en la página de Internet del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD las Guías y Normas de Diseño aprobadas para su difusión en los artículos 1 al 9 precedentes. 11.— Publicar por un día en un diario de los de mayor circulación nacional, un edicto en el que constará que las guías y normas de diseño aprobadas para su difusión en los artículos 1 al 9 de la presente Resolución, serán difundidas públicamente en la página de Internet del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD; que durante un plazo de sesenta (60) días corridos a partir de la fecha de publicación del edicto podrán presentarse, por escrito, observaciones al contenido de las mismas, que de no presentarse observaciones, las guías y normas de diseño se considerarán aprobadas. Que en caso de que se presenten observaciones, las mismas serán analizadas por el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD dentro del plazo de diez (10) días hábiles administrativos, evacuando su pertinencia a los fines de volcar las mismas en la redacción revisada del REGLAMENTO DE DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION; 12.— El REGLAMENTO DE DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION será de cumplimiento obligatorio en todo lo que esté especificado en el mismo y sea aplicable, una vez en vigencia luego de concluido el proceso de difusión, para toda nueva ampliación que se solicite, licite, o se ejecute en el SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION de acuerdo a los términos que establece el Contrato de Concesión de "TRANSENER S.A." y deberá ser parte integrante de los documentos licitatorios o concursales, cualquiera sea el título o metodología en que se encuadre la ampliación, a partir de la fecha de publicación del presente acto; 13.— El REGLAMENTO DE DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION constituido mediante el presente acto será de cumplimiento obligatorio, en todo lo que esté especificado en el mismo y sea aplicable, una vez en vigencia luego de concluido el proceso de difusión, para toda nueva instalación que se solicite, licite, o se ejecute no perteneciente al ámbito de concesión del SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION, incluyendo las INSTALACIONES DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA DE INTERCONEXION INTERNACIONAL, de acuerdo a los términos establecidos en la Resolución SEYP N° 21/ 97, y sus modificatorias y complementarias, que involucren partes bajo tensión igual o superior a los DOSCIENTOS VEINTE KILOVOLTS (220 KV), y que se vinculen o se prevean vincular en el futuro al SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION; 14.— Instruir a "TRANSENER S.A." a que, una vez en vigencia luego de concluido el proceso de difusión, observe y haga observar a terceros los preceptos y lineamientos establecidos en el REGLAMENTO DE DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION en el ámbito de su concesión, o en instalaciones que no pertenezcan a dicho ámbito pero que se vinculen al mismo, en correspondencia a los términos definidos en los artículos 10 y 11 de la presente Resolución; 15.— El REGLAMENTO DE DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION se someterá a un proceso de revisión y actualización con frecuencia a determinar oportunamente por el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, para lo cual se invita a las Asociaciones de Agentes del Mercado Eléctrico Mayorista a presentar a este organismo sus colaboraciones y puntos de vista para enriquecer, modificar y/o incorporar nuevos aspectos a las guías que lo constituyen y/o a las que se vayan agregando en el futuro; 16.— Recomendar a la SECRETARIA DE ENERGIA, una vez en vigencia luego de concluido el proceso de difusión, el dictado de los actos administrativos que estime pertinentes en aras de actualizar el texto del REGLAMENTO DE DISEÑO Y CALIDAD DEL SISTEMA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA —acápite 3— DISEÑO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS VINCULADOS AL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSION; 17.— Notifíquese a la SECRETARIA DE ENERGIA, a "TRANSENER S.A.", a "ATEERA", a "ADEERA", a "AGEERA", a "AGUEERA", a "ADERE" y a CAMMESA… Firmado: DANIEL MUGUERZA, Vocal Tercero. — JULIO CESAR MOLINA, Vocal Segundo. — JUAN ANTONIO LEGISA, Presidente.

El Anexo citado puede ser consultado por los interesados en la Sede del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, Avda. Madero N° 1020, 10° piso de la Capital Federal, en el horario de 9 a 13 y de 14 a 17:30 y en la Sede Central de la Dirección Nacional del Registro Oficial.
e. 12/2 N° 406.204 v. 12/2/2003

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