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Dirección Nacional de Comercio Interior




Dirección Nacional de Comercio Interior

LEALTAD COMERCIAL

Disposición 1046/99





[i]Nota: Para visualizar los listados completos de [i]Laboratorios[i], [i]Certificadoras[i] y [i]Organismos de Inspección[i] reconocidos haga un click en cada enlace



Reconócese a Compliance Engineering Services S.A., en materia de aparatos electrodomésticos y de aparatos electrónicos, excluidos los televisores y en materia de juguetes, a los efectos de la realización de ensayos en aplicación de la Resolución Nº 92/98 y 851/98-SICYM.

 
Bs. As., 15/10/99

VISTO la Resolución de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA Nº 431 del 28 de junio de 1999 y su modificatoria Nº 640/99 del 1 de septiembre de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución S.I.C. y M. Nº 92/98 establece la obligatoriedad de la certificación de los requisitos esenciales de seguridad por parte del equipamiento eléctrico de baja tensión que se comercializa en el país.

Que la Resolución S.I.C. y M. Nº 851/98 establece la obligatoriedad de la certificación de los requisitos esenciales de seguridad para los juguetes que se comercializan en el país.

Que para la realización de los ensayos que resulten necesarios para la emisión de tal certificación, la misma norma legal exige la participación de laboratorios reconocidos por esta Secretaría.

Que los antecedentes, idoneidad y equipamiento exhibidos por COMPLIANCE ENGINEERING SERVICES S.A., resultan adecuados para la realización de los ensayos requeridos para la certificación del equipamiento eléctrico de baja tensión que se comercializa en el país.

Que los antecedentes, idoneidad y equipamiento exhibidos por COMPLIANCE ENGINEERING SERVICES S.A. resultan adecuados para la realización de los ensayos requeridos para la certificación de juguetes que se comercializan en el país.

Que por medio del Acta de Recomendación Técnica del 15 de octubre de 1999, dicho comité se ha expresado favorablemente acerca de las solicitudes de reconocimiento presentadas por COMPLIANCE ENGINEERING SERVICES S.A.

Que resulta necesario efectuar el seguimiento del desempeño de las entidades reconocidas, con el objeto de evitar desviaciones que ocasionen perjuicios al sistema en su conjunto.

Que la presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por el artículo 23 de la Resolución S.I.C. y M. Nº 431/99, modificada por el artículo 3º de la Resolución S.I.C. y M. Nº 640/99 del 1º de septiembre de 1999.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR
DISPONE:

Artículo 1º
— Reconócese a COMPLIANCE ENGINEERING SERVICES S.A., a los efectos de la realización de ensayos en aplicación de la Resolución S.I.C. y M. Nº 92/98, en materia de aparatos electrodomésticos y de aparatos electrónicos, excluidos los televisores.

Art. 2º
— Reconócese a COMPLIANCE ENGINEERING SERVICES S.A., a los efectos de la realización de ensayos en aplicación de la Resolución S.I.C. y M. Nº 851/98, en materia de juguetes.

Art. 3º
— La entidad reconocida mediante la presente Disposición quedará alcanzada por el régimen establecido por la Resolución S.I.C. y M. Nº 431/99.

Art. 4º
— Es condición para mantener el presente reconocimiento, la obtención de su acreditación ante el organismo de acreditación perteneciente al SISTEMA NACIONAL DE NORMAS, CALIDAD Y CERTIFICACION, por parte de la entidad alcanzada, dentro del plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de la presente Disposición.

Art. 5º
— La presente Disposición comenzará a regir a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 6º
— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — José A. De Paul.

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