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Dictamen favorable para terminar con las sumas no remunerativas


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La comisión de Legislación de Trabajo de la Cámara de Diputados emitió dictamen favorable y avaló el proyecto que elimina las sumas no remunerativas, que se pactan en los acuerdos salariales, entre sindicatos y empresas.

En una ágil reunión, de menos de media hora, se dispuso pasar a la firma la iniciativa surgida del acuerdo entre el senador radical, Eugenio Artaza y el diputado oficialista, Héctor Recalde, que ya cuenta con media sanción en el Senado.

La agencia FOIA destacó que, aunque existió consenso de los diversos bloques, se repitieron las observaciones realizadas durante la sesión en el Senado en lo referente al artículo 7, dado que el beneficio no incluye a los trabajadores del sector público.

En ese sentido, la diputada de la Coalición Cívica, Alicia Carca, sostuvo que "se está cometiendo una gran injusticia". Los referentes de los partidos Solidaridad e Igualdad (SI) y del radicalismo acompañaron la postura de la diputada y firmaron con disidencia parcial en ese punto.

La iniciativa también deberá ser analizada por la comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara baja, antes ser tratada en el recinto.

Dicha propuesta parlamentaria preocupa a los empresarios ya que establece que desde 2011 "toda suma cuya obligación de pago a favor de los trabajadores que se establezca en convenios colectivos (CCT) o acuerdos de igual naturaleza-+".

No obstante, la propuesta admite la posibilidad de que se pacten el próximo año sumas con carácter no remunerativo en tanto no sean "superiores al 50% del incremento salarial acordado en esa negociación colectiva" y en la medida que mantengan tal condición sólo "por el término de seis meses, convirtiéndose en remunerativas a partir del mes subsiguiente".

Los especialistas cuestionan la propuesta ya que consideran que "no sólo afectará" a la seguridad jurídica sino que, además, viola el principio de la autonomía de la voluntad colectiva al cercernar parte del acuerdo colectivo, firmado por medio de un factor ajeno al momento de la negociación, como lo es una ley sancionada con posterioridad.

Héctor García, titular de García, Perez Boiani & Asociados, sostuvo que este proyecto consensuado "seguramente tendrá muchas más facilidades para ser sancionado" y agregó que "tiene innumerables implicancias para las empresas del sector privado, que no fueron consultadas".

Otros puntos
Además, el segundo artículo de la iniciativa fija un plazo de 90 días a contar desde la fecha de publicación de la ley para que las sumas no remunerativas consignadas en los convenios colectivos, que sean anteriores a la sanción de la norma, se conviertan en remunerativas.

Dicha inclusión deberá efectuarse de manera escalonada y progresiva a razón de un 20% de su valor pecuniario por cada trimestre calendario. Es decir, el traspaso se hará según un cronograma escalonado de cinco cuotas iguales y trimestrales.

Por otra parte, de manera taxativa, se indica la eliminación definitiva de los montos en cuestión a partir de las paritarias de 2012, sin excepción.

El senador Artaza explicó que la medida "sólo será aplicable al sector privado". La intención es, en un futuro, llevarla también al ámbito público, aunque para eso reconoció que "habría que consultar primero a los ministros de Economía de las provincias y a muchas personas más".

Artaza agregó que, de esta forma, se "dará mayor seguridad jurídica y se evitará la litigiosidad" que esas sumas generan en el fuero laboral.

Además, aseguró que el cambio de situación legal permitirá incrementar la recaudación de los organismos de previsión y sostuvo que sólo en el rubro de comercio ingresarán a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) alrededor de $4.100 millones anuales".

El impacto en los costos
Los abogados consultados por iProfesional.com advirtieron que el impacto en las compañías será significativo porque su aprobación pondría punto final a la práctica empresarial de extender el carácter no remunerativo de las sumas acordadas como mecanismo de crisis.

Por otro lado, advirtieron de un aumento cercano al 50% en los costos laborales, compuesto en un 25% por el incremento en cargas sociales y, otro tanto, por el "grossing-up" salarial.

El efecto podría ilustrarse a través de un simple ejemplo: la incorporación de $100 no remunerativos al salario.

En primer lugar, debe tenerse en cuenta que, sobre los montos remunerativos, se aplica un 17% en concepto de:



Un descuento del 11% por aportes jubilatorios.
Un 3% para la obra social.
Un 3% para el PAMI.

Por lo tanto, a fin de que el trabajador reciba el mismo ingreso de bolsillo, el proyecto prevé que los $100 pasen a ser $120,48 (grossing up).

A ese monto extra (de $20,48) se le debe agregar entre $20,48 y $25,30 (en concepto de contribuciones patronales). Asimismo, se le tendrá que sumar $3,61 -en promedio- por el pago incremental a las Aseguradoras de Riesgo de Trabajo (ART).

Por ende, por cada $100 incorporados corresponderá un sobrecosto de unos $20,48, del grossing up mencionado. Más, entre $20,48 y $25,30, por mayores erogaciones en contribuciones patronales y cerca de $3,61 -en promedio-, por incremento en pagos de ART.

En resumen, por cada $100 no remunerativos incorporados al salario, el empleador afrontará hasta casi $50 extra.

Críticas
Marcelo Aquino, socio de Baker & McKenzie, sostuvo que resulta preocupante la forma en que determinados legisladores analizan los temas sobre los que intentan legislar.

Para el abogado, no se ha dado un acabado debate o discusión sobre el origen de las asignaciones no remunerativas y las consecuencias de su transformación.

Así, Aquino indicó que el Poder Ejecutivo tenía, entre las facultades reconocidas por la Ley de Emergencia Económica (25.561), la posibilidad de aplicar las medidas conducentes para mejorar la distribución de la riqueza entre la población.

Por ello, remarcó el abogado, puso en cabeza de los empleadores obligaciones propias de la Seguridad Social, al exigir el pago de asignaciones no remunerativas a sus empleados.

Al respecto, también puntualizó que "si el sector empleador hubiera tenido conocimiento de que una ley posterior obligaría a transformar en salario a las sumas pagadas como no remunerativas, quizá en más de una actividad se hubieran negociado ingresos o recomposiciones por valores menores a los acordados".

"Creo que es hora de que se deje de legislar para la coyuntura y se tenga una visión más acabada de lo que sucedió en 2001 y sus efectos en el tiempo, con un programa de reordenamiento de los institutos que integran el Derecho del Trabajo", indicó el letrado.

En tanto, Héctor García explicó que "el primer impacto es de orden legal y se vincula a la esterilización que esta iniciativa genera sobre el principio de "autonomía de voluntad colectiva" de los actores sociales en la negociación colectiva y que, por expresa autorización del artículo 106 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), pueden fijar "viáticos no remunerativos" sin presentación de comprobantes".

En este sentido, el experto indicó que dichos viáticos "son compensaciones por gastos incurridos -como sucede, por ejemplo, con las tripulaciones de cabina en la actividad aerocomercial y los choferes en el transporte de pasajeros-" y destacó que "se deberían transformar en salario, con el consecuente impacto en el costo laboral".

"Debió ponderarse el factor competitividad, en un contexto donde las variables macroeconómicas exigen ser muy cuidadosas con el costo de producción o de oferta de servicios, ante un tipo de cambio que no flota, que está anclado y donde se suman persistentes iniciativas laborales que impactan sobre dicho costo y, consecuentemente, contra la generación de empleo, que ya da muestras de debilidad", concluyó.

FUENTE: Iprofesional.com

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