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Decreto 1079/97 del 13/10/97





CONMEMORACIONES

Decreto 1079/97

Declárase el 30 de mayo de cada año como "Día
Nacional de la Donación de Organos".


Bs. As., 13/10/97

B.O: 17/10/97

VISTO la Ley 24.193, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada Ley se aprobó el Régimen de Transplante
de Organos y Material Anatómico.

Que la practica del transplante se traduce en la esperanza de
salvar o mejorar la calidad de vida de las personas que dependen
del mismo.

Que cada vez es mayor el número de pacientes en la lista
de espera con posibilidades de optar por esta práctica
médica por lo que es importante estimular el incremento
de la cantidad de personas decididas a donar sus órganos.

Que la declaración de un día en el calendario nacional
destinado a resaltar la importancia de la donación y transplante
de órganos, resulta una manera eficaz de promover pautas
culturales destinadas a favorecer la concientización respecto
de la donación de órganos.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE
SALUD Y ACCION SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del artículo 99, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-. Declárase el día
30 de mayo de cada año como "DIA NACIONAL DE LA DONACION
DE ORGANOS"

Art. 2º- Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-
Alberto Mazza.

Administracionius UNLP

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